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    Michel Eyquem de Montaigne

La Cámara de Córdoba facilita la presentación de las declaraciones obligatorias de la agencia tributaria

A través de sus certificados digitales gratuitos. El próximo 1 de enero se inicia el plazo de presentación del Resumen Anual de Retenciones e ingresos a Cuenta del IRPF (Modelo 190), correspondiente a 2005

sevilla redaccion ~ 27/12/2005
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Ya en la campaña pasada, el Ministerio de Economía y Hacienda aprobó el modelo 190 resumen anual de retenciones y establecía como principal novedad la obligatoriedad de presentar por Internet (www.agenciatributaria.es) aquellos resúmenes anuales que contuvieran entre 26 y 49.999 registros de percepciones, así como los que debían presentar los obligados tributarios adscritos a las Unidades de Gestión de Grandes Empresas o a la Unidad Central de Grandes Empresas, con independencia del número de preceptores incluidos en los mismos. Como principal novedad para este año, la Orden de 3 de octubre del Ministerio de Economía y Hacienda establece también la obligatoriedad de presentar por Internet los resúmenes anuales de los modelos 180, 193, 345, 347 y 349 en los mismos supuestos indicados anteriormente (entre 26 y 49.999 registros).

Certificado digital
Para efectuar tal presentación es necesario disponer de un certificado digital admitido la Agencia Tributaria, como es el que está repartiendo gratuitamente la Cámara de Comercio.

El plazo de presentación para los modelos 180, 190, 193 en impreso cumplimentado de forma convencional es del 1 al 20 de enero de 2006 mientras que en impreso generado informáticamente por el programa de ayuda o mediante módulo de impresión desarrollado por la Agencia Tributaria, así como por Internet es del 1 al 31 de enero de 2006.

Asimismo la Cámara facilitará a las empresas, a través de sus certificados digitales, tramitar vía Internet la declaración mensual del IVA, denominada modelo 330.

La Agencia Tributaria ha establecido que los sujetos pasivos del IVA que se encuentran inscritos en el Registro de exportadores y otros operadores económicos deberán presentar sus declaraciones-liquidaciones periódicas del IVA de forma obligatoria a través de internet por lo que, desde el 1 de octubre pasado, el modelo 330 “Declaración mensual del IVA-Exportadores y otros operadores económicos” no podrá presentarse en papel impreso.

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