Renfe tiene previsto aplicar la prohibición total de fumar en todos los trenes con recorrido inferior a cinco horas a partir del próximo 1 de febrero, incluyendo zonas como cafeterías o plataformas. Esta medida permitirá a la compañía cumplir con la legislación vigente (R.D. 192/88 sobre “Limitación en la venta y uso del tabaco” y modificaciones del R.D. 1293/99) y con las recomendaciones comunitarias al respecto, así como adaptarse al proyecto de Real Decreto sobre consumo de tabaco, en fase de estudio en estos momentos.

La medida fue anunciada por la Ministra de Fomento durante un pleno del Senado el pasado 6 de octubre, y desde el anuncio oficial Renfe ha preparado un paquete de medidas encaminadas a hacer realidad este compromiso reclamado por la sociedad, que entiende la necesidad de mantener entornos limpios de humos. Sin embargo, la compañía es consciente de los efectos que la medida puede tener entre sus clientes fumadores. Por este motivo, Renfe ha puesto en marcha un plan de formación y atención especial para este colectivo así como diversas acciones informativas en estaciones, venta de billetes y a bordo de los trenes, a través de señalizaciones especiales y megafonía. Todas estas medidas están encaminadas a facilitar al máximo a los clientes de renfe este proceso.

Programa formativo
Renfe – a través de las Direcciones de Recursos Humanos de Grandes Líneas y de AVE – ha desarrollado un programa formativo dirigido a los trabajadores de la compañía, para poder actuar y solventar posibles situaciones de ansiedad a bordo, derivadas de la nueva situación a bordo.

Como primer paso, la compañía preparó durante noviembre y diciembre de 2004 unas jornadas informativas internas para dar a conocer las futuras modificaciones y cambios. Posteriormente, se han desarrollado acciones de información a empresas prestadoras de servicios a bordo.

Además, y como elemento principal, se han impartido acciones formativas presenciales al personal de intervención en ruta y supervisores de servicio a bordo. Este programa revisa la nueva normativa y analiza posibles situaciones que puedan surgir en el viaje, así como el tratamiento y la forma de actuar ante situaciones de ansiedad, irritabilidad o nerviosismo por parte de clientes afectados por esta norma.

Antes de la entrada en vigor de la nueva norma sobre consumo de tabaco en los trenes, el 1 de febrero, la compañía habrá formado a todo el colectivo de servicio a bordo, tanto interventores en ruta como supervisores de servicio a bordo.

Mensajes y señalización a bordo
A partir del 1 de febrero, los mensajes por megafonía de bienvenida a bordo de los trenes especificarán si en el tren no está permitido fumar o si existen plazas específicas de fumadores. Además, en el interior de cada tren, se indicarán y señalizarán claramente los espacios en los que no se permita fumar.

Por otra parte, y desde principios de enero, el sistema de venta de títulos de transporte SIRE ya indica en cada billete y reserva impreso para viajes a partir del 1 de febrero si la plaza es de fumador o no fumador o si el tren únicamente dispondrá de plazas de no fumadores.

Trenes y servicios implicados a partir del 1 de febrero
A partir del martes 1 de febrero de 2005, la prohibición de consumo de tabaco será completa a bordo de todos los trenes con un recorrido inferior a las cinco horas. Esta delimitación afecta al 98% del total de trenes actualmente operados por Renfe.

Concretamente, la prohibición implica al 100% de los trayectos de Cercanías, Regionales y AVE, donde la prohibición es en todos los coches, incluyendo cafeterías y plataformas. En cuanto a Grandes Líneas afectará al 68% de sus circulaciones.

El 2% restante del total de trenes de Renfe en servicio, realizan un recorrido de más de 5 horas de duración, por lo que se permitirá fumar en zonas acotadas para ello. Ese 2% del total de trenes de Renfe donde habrá plazas de fumadores representa el 32% de los viajes ofertados en Grandes Líneas, exactamente 66 trenes. En esos trenes se permitirá el consumo de tabaco únicamente en coches completos habilitados como zona de fumadores, siempre que el total de las plazas habilitadas no supere el 36% del total ofertado para ese recorrido. Fuera de esos coches regirá la prohibición total de consumo de tabaco, incluyendo cafeterías, servicios y plataformas.