{"id":107620,"date":"2020-01-17T13:56:04","date_gmt":"2020-01-17T12:56:04","guid":{"rendered":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=107620"},"modified":"2020-01-17T13:56:04","modified_gmt":"2020-01-17T12:56:04","slug":"baleares-aprueba-primera-norma-europea-frenar-excesos-turismo-borrachera","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/107620\/baleares-aprueba-primera-norma-europea-frenar-excesos-turismo-borrachera\/","title":{"rendered":"Baleares aprueba la primera norma europea para frenar los excesos del ‘turismo de borrachera’"},"content":{"rendered":"

El \u00e1mbito de la norma se ci\u00f1e a tres zonas (Arenal, Magaluf y West End de Sant Antoni)<\/h2>\n

El Consell de Govern del gobierno balear ha aprobado un Decreto Ley para combatir los excesos en determinadas zonas tur\u00edsticas, “con el objetivo de forzar un cambio real en el modelo tur\u00edstico de estos destinos, fomentar el civismo, adoptar medidas de protecci\u00f3n del destino y evitar los excesos derivados de un consumo excesivo de alcohol en determinados lugares de las Islas Baleares”. Se trata de la primera norma que se adopta en toda Europa, que restringe la promoci\u00f3n y venta de alcohol en determinadas zonas tur\u00edsticas.<\/p>\n

Baleares se convierte as\u00ed en un destino pionero en combatir el turismo de excesos con una norma que cumple con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda Balear 2030 en busca de un turismo m\u00e1s sostenible y respetuoso, tanto con el entorno como con la calidad de vida de turistas y residentes. La redacci\u00f3n de esta norma se ha producido despu\u00e9s de un amplio di\u00e1logo y se justifica por el inter\u00e9s general en evitar este tipo de comportamientos en determinadas zonas tur\u00edsticas de Baleares.<\/p>\n

“Los esfuerzos por promocionar el destino, dotarlo de una mayor calidad -v\u00eda inversiones tanto p\u00fablicas como privadas- y posicionarlo en un mercado cada vez m\u00e1s competitivo y global se hab\u00edan visto afectados en los \u00faltimos tiempos por determinados comportamientos inc\u00edvicos, la mayor\u00eda directamente relacionados con el abuso de alcohol, en determinadas zonas tur\u00edsticas de Mallorca e Ibiza” recuerdan desde el Gobierno.<\/p>\n

Con esta norma, defendida y solicitada por instituciones, agentes sociales, empresariales y patronales, el Govern proporciona las “herramientas necesarias” para combatir esta situaci\u00f3n y revertirla.<\/p>\n

Con el objetivo de efectuar un mejor seguimiento y coordinaci\u00f3n de las medidas contempladas en este decreto, se crear\u00e1 una comisi\u00f3n y una subcomisi\u00f3n para el Fomento del Civismo en Zonas Tur\u00edsticas. La comisi\u00f3n estar\u00e1 formada por el Govern y representantes de Delegaci\u00f3n del Gobierno y la subcomisi\u00f3n por patronales y asociaciones empresariales y vecinales.<\/p>\n

El decreto ley aprobado este viernes tendr\u00e1 una vigencia de cinco a\u00f1os<\/strong>, su \u00e1mbito territorial quedar\u00e1 circunscrito a zonas concretas de la Playa de Palma, el Arenal, Magaluf y el West End de Sant Antoni de Portmany, y abarcar\u00e1 cinco ejes principales de actuaci\u00f3n con el objetivo de evitar la degradaci\u00f3n de determinadas zonas tur\u00edsticas de las Islas Baleares. La norma respetar\u00e1 los contratos ya firmados entre turoperadores y hoteleros evitando as\u00ed inseguridad jur\u00eddica.<\/p>\n

Alcohol<\/h3>\n

A partir de ahora estar\u00e1 prohibida la publicidad que tenga como objetivo incentivar el consumo en establecimientos tur\u00edsticos, as\u00ed como las barras libres, happy hours<\/em> o similares. Tambi\u00e9n se proh\u00edbe su exhibici\u00f3n, los autodispensadores, adem\u00e1s de que los establecimientos que vendan alcohol deber\u00e1n permanecer cerrados entre las 21.30 y las 08.00 horas.<\/p>\n

Pr\u00e1cticas peligrosas para la salud como saltar de balcones<\/h3>\n

Queda prohibida las pr\u00e1cticas peligrosas para la vida o la integridad f\u00edsica de las personas en todo el territorio de las Islas Baleares, no solo en el \u00e1mbito territorial de la norma.<\/p>\n

Las personas que, pese a la norma, realicen estas pr\u00e1cticas, ser\u00e1n expulsadas inmediatamente del establecimiento y ser\u00e1 considerado como falta grave, tanto para quien lo practique como para quien lo permita.<\/p>\n

Excursiones et\u00edlicas<\/h3>\n

Tambi\u00e9n conocidas como pubcrawling<\/em>, se proh\u00edbe su publicidad, su organizaci\u00f3n y su venta para evitar recorridos alcoh\u00f3licos en las zonas afectadas por el decreto.<\/p>\n

Party Boats<\/em><\/h3>\n

En relaci\u00f3n a las fiestas que se realizan en embarcaciones, las denominadas party boats<\/em>, se proh\u00edbe publicitarlas en las zonas afectadas por este decreto. Por otra parte, este tipo de barcos no podr\u00e1 recoger o retornar clientes en estas zonas. Adem\u00e1s, se suspende la concesi\u00f3n de nuevas licencias y se abre un plazo de 24 meses para regular la actividad.<\/p>\n

R\u00e9gimen sancionador<\/h3>\n

Por \u00faltimo, la ley establece un r\u00e9gimen sancionador que pone un acento especial en las faltas graves y muy graves. En el primer caso, se consideran faltas graves las pr\u00e1cticas peligrosas para la vida, la integridad o la salud de los clientes (para el turista que lo practica); la falta de informaci\u00f3n de manera expresa a los clientes sobre dichas pr\u00e1cticas peligrosas (para el establecimiento); la no expulsi\u00f3n de clientes que realicen dichas pr\u00e1cticas peligrosas (para el establecimiento); ofrecer habitaciones por horas y publicitar bebidas alcoh\u00f3licas o tener expuesto alcohol en los establecimientos, entre otros aspectos.<\/p>\n

Las faltas graves se sancionan con multas de 6.001 a 60.000 euros.<\/p>\n

Las faltas muy graves contemplan la venta de bebidas alcoh\u00f3licas fuera de horario permitido; ofertar bebidas alcoh\u00f3licas bajo modalidades del tipo barra libre, happy hours<\/em> o 2×1 y 3×1; mantener los autodispensadores de alcohol; la venta de bebidas a menores y a embarazadas; la publicidad o realizaci\u00f3n de excursiones et\u00edlicas (pubcrawling<\/em>) o cometer dos faltas graves en seis meses, entre otras circunstancias.\u00a0Las faltas muy graves se sancionan con multas de 60.001 a 600.000 euros, y adicionalmente pueden llevar aparejado el cierre del establecimiento por un per\u00edodo m\u00e1ximo de 3 a\u00f1os, seg\u00fan las circunstancias que se presenten.<\/p>\n

Se considerar\u00e1n faltas leves cualquier otra infracci\u00f3n considerada en el decreto, con multas entre 1.000 y 6.000 euros.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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