{"id":109249,"date":"2020-02-27T17:03:27","date_gmt":"2020-02-27T16:03:27","guid":{"rendered":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=109249"},"modified":"2020-02-27T17:03:27","modified_gmt":"2020-02-27T16:03:27","slug":"economia-declara-como-zona-gran-afluencia-turistica-municipios-manilva-y-ayamonte","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/109249\/economia-declara-como-zona-gran-afluencia-turistica-municipios-manilva-y-ayamonte\/","title":{"rendered":"Econom\u00eda declara como Zona de Gran Afluencia Tur\u00edstica los municipios de Manilva y Ayamonte"},"content":{"rendered":"

Tendr\u00e1 una vigencia de cuatro a\u00f1os aunque se revisar\u00e1 anualmente<\/h2>\n

La Consejer\u00eda de Econom\u00eda, Conocimiento, Empresas y Universidad ha declarado como Zona de Gran Afluencia Tur\u00edstica (ZGAT) los municipios de Manilva (M\u00e1laga) y Ayamonte (Huelva), una catalogaci\u00f3n que permite a los establecimientos comerciales de ambas localidades tener plena libertad para la designaci\u00f3n de los d\u00edas y los horarios de apertura en las \u00e1reas y durante los periodos reconocidos en esta figura.<\/p>\n

La declaraci\u00f3n de ZGAT tendr\u00e1 una vigencia de cuatro a\u00f1os aunque se revisar\u00e1 anualmente a fin de comprobar que las exigencias se siguen manteniendo. Ambas localidades ya dispon\u00edan de esta figura con anterioridad, en el periodo 2016-2019, y tras la finalizaci\u00f3n de su vigencia han iniciado otro procedimiento para solicitarlo, tal y como marca la normativa.<\/p>\n

Dicha resoluci\u00f3n, que se publicar\u00e1 en los pr\u00f3ximos d\u00edas en el Bolet\u00edn Oficial de la Junta de Andaluc\u00eda (BOJA), se adopta tras el informe favorable del Pleno del Consejo Andaluz de Comercio, \u00f3rgano colegiado consultivo y de participaci\u00f3n social conformado por todos los agentes del sector y reunido en el d\u00eda de hoy.<\/p>\n

En el caso de Manilva, esta figura se ha adoptado para parte del municipio, concretamente para el frontal costero que incluye el n\u00facleo urbano de San Luis de Sabinillas (a ambos lados de la autov\u00eda A7), el del Puerto de la Duquesa, el del Castillo de la Duquesa y la urbanizaci\u00f3n Los Hidalgo. Y se aplicar\u00e1 para dos periodos determinados: Semana Santa (desde el Domingo de Ramos hasta el S\u00e1bado Santo) y \u00e9poca estival (del 1 de junio al 15 de septiembre). Esta declaraci\u00f3n comenzar\u00e1 a aplicarse ya este ejercicio y se prolongar\u00e1 hasta 2023.<\/p>\n

En cuanto a Ayamonte, la ZGAT se extiende al t\u00e9rmino municipal completo y para los dos periodos reconocidos anteriormente. No obstante, en el caso de la Semana Santa, esta flexibilidad de horarios comerciales entrar\u00e1 en vigor a partir de 2021, ya que la solicitud del Ayuntamiento se present\u00f3 con posterioridad al plazo fijado por la normativa para que surtiera efecto en el ejercicio actual; y finalizar\u00e1 en 2024.<\/p>\n

Esta consideraci\u00f3n se concede atendiendo a los requisitos recogidos en el Decreto 2\/2014 por el que se regulan los criterios que rigen las ZGAT a efectos de horarios comerciales. De acuerdo con dicha normativa, es exigible para establecer una Zona de Gran Afluencia Tur\u00edstica en un municipio que \u00e9ste posea m\u00e1s de 100.000 habitantes, que haya registrado m\u00e1s de 600.000 pernoctaciones al a\u00f1o inmediatamente anterior, o que cuente con puertos en los que operen cruceros tur\u00edsticos que hayan recibido en ese ejercicio precedente m\u00e1s de 400.000 pasajeros.\u00a0<\/strong><\/p>\n

Ordenanzas de comercio ambulante de Baeza y Peligros<\/h3>\n

Otro de los puntos tratados en esta reuni\u00f3n del Pleno del Consejo Andaluz de Comercio ha sido el informe favorable aprobado por la Consejer\u00eda de Econom\u00eda a las nuevas Ordenanzas Municipales Reguladoras del Comercio Ambulante de los municipios de Baeza (Ja\u00e9n) y Peligros (Granada). Estas ordenanzas tienen por objeto regular con car\u00e1cter general este segmento dentro del t\u00e9rmino municipal de conformidad con lo previsto en la Ley de 2012 del Comercio Ambulante. El Consejo Andaluz de Comercio es el \u00f3rgano competente para tomar conocimiento de estas regulaciones municipales.<\/p>\n

Por otro lado, tambi\u00e9n se ha informado al Pleno del Consejo sobre los resultados derivados del Informe de Evaluaci\u00f3n del Plan de Activaci\u00f3n del Comercio Ambulante en Andaluc\u00eda (2015-2019). Las actuaciones contempladas en el documento han supuesto una inversi\u00f3n total de 5,05 millones de euros, incrementando en un 1,62% el presupuesto inicial.<\/p>\n

Adem\u00e1s de estas localidades, m\u00e1s de una treintena de municipios cuentan con la calificaci\u00f3n de Zonas de Gran Afluencia Tur\u00edstica, bien para todo el municipio o bien circunscrita a una \u00fanica \u00e1rea. Actualmente, junto con las dos que cuentan con una nueva declaraci\u00f3n las siguientes ZGATs declaradas son: Almer\u00eda capital, Carboneras, El Ejido (cuenta con dos declaraciones de ZGTS en su municipio), Garrucha, Moj\u00e1car, Roquetas de Mar, Vera, C\u00e1diz capital, Chiclana de la Frontera, Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa Mar\u00eda, Rota, C\u00f3rdoba capital, Granada capital, Monachil, Ayamonte, Cartaya, Isla Cristina, Lepe, Moguer, Punta Umbr\u00eda, Benalm\u00e1dena, Estepona, Fuengirola, M\u00e1laga capital, Manilva, Marbella, Mijas, Nerja, El Rinc\u00f3n de la Victoria, Torremolinos y Sevilla capital.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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