{"id":110598,"date":"2020-04-06T11:19:27","date_gmt":"2020-04-06T09:19:27","guid":{"rendered":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=110598"},"modified":"2020-04-06T11:19:27","modified_gmt":"2020-04-06T09:19:27","slug":"delimitacion-terminos-municipales-andalucia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/110598\/delimitacion-terminos-municipales-andalucia\/","title":{"rendered":"Delimitaci\u00f3n de los t\u00e9rminos municipales de Andaluc\u00eda"},"content":{"rendered":"

\u00a0La Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local se ha marcado como objetivo impulsar los procedimientos de concreci\u00f3n de los datos identificativos de l\u00edneas divisorias entre municipios<\/h2>\n

\u00a0<\/strong>La importancia de la delimitaci\u00f3n del territorio es sobradamente conocida. Se consolida como un elemento estructural del municipio al constituir el espacio f\u00edsico en el que ejerce v\u00e1lidamente las potestades y competencias que le atribuye el ordenamiento jur\u00eddico (con mayor justificaci\u00f3n en el de aquellas en las que el territorio es consustancial a su materializaci\u00f3n, como las de naturaleza urban\u00edstica o medioambiental). Adem\u00e1s, el deslinde o las lindes oficiales constituyen la base para toda la cartograf\u00eda oficial as\u00ed como para todas las actuaciones p\u00fablicas o privadas que requieren de la delimitaci\u00f3n del t\u00e9rmino municipal.\u00a0<\/strong><\/p>\n

El deslinde o las lindes oficiales constituyen la base para todas las actuaciones p\u00fablicas o privadas que requieren de la delimitaci\u00f3n del t\u00e9rmino municipal\u00a0<\/strong><\/p>\n

Por ello, la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local se ha marcado como objetivo impulsar desde la Consejer\u00eda de Turismo, Regeneraci\u00f3n, Justicia y Administraci\u00f3n Local -que incluye competencias sobre r\u00e9gimen local- los procedimientos de concreci\u00f3n de los datos identificativos de l\u00edneas divisorias entre municipios que tienen la consideraci\u00f3n de definitivas por haber sido acordadas de mutuo acuerdo entre los representantes de los ayuntamientos afectados o por acto administrativo o resoluci\u00f3n judicial.<\/p>\n

Como consecuencia del impulso que se le est\u00e1 dando a esta materia por parte de la Consejer\u00eda de Administraci\u00f3n Local y, m\u00e1s concretamente, por el Centro Directivo competente, la mayor\u00eda de las actuaciones de replanteo se han iniciado por propia iniciativa de la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local. En algunos casos tambi\u00e9n a petici\u00f3n de los ayuntamientos interesados, como consecuencia en la mayor\u00eda de los supuestos de la necesidad de acometer la planificaci\u00f3n urban\u00edstica; o a petici\u00f3n de otros \u00f3rganos de la Junta de Andaluc\u00eda, en la mayor\u00eda de los casos de los competentes en materia de urbanismo, al requerir su ejercicio la aprobaci\u00f3n de la planificaci\u00f3n general urban\u00edstica de los municipios andaluces.<\/p>\n

De las 2.329 l\u00edneas de competencia auton\u00f3mica se han resuelto hasta el a\u00f1o 2019 un total de 351 l\u00edneas, el 15,07%<\/strong><\/p>\n

De este modo, es necesario el impulso que el nuevo Gobierno de la Junta de Andaluc\u00eda le est\u00e1 dando a esta competencia, ya que, computando las l\u00edneas delimitadoras de los t\u00e9rminos municipales que han sido georreferenciadas -como consecuencia de las alteraciones o segregaciones de t\u00e9rminos municipales-, de las 2.329 l\u00edneas de competencia auton\u00f3mica -lo que supone alrededor de 20.000 kil\u00f3metros-, se han resuelto hasta el a\u00f1o 2019 un total de 351 l\u00edneas (15,07%). Por tanto, las restantes que quedan pendientes de estudio en a\u00f1os sucesivos son 1.978 l\u00edneas.<\/p>\n

Adem\u00e1s, hay que tener en cuenta que de las 2.329 l\u00edneas de competencia auton\u00f3mica mencionadas, solo el 60% son l\u00edneas definitivas, correspondiendo su georreferenciaci\u00f3n a la Administraci\u00f3n auton\u00f3mica. La georreferenciaci\u00f3n del 40% restante, que son l\u00edneas provisionales, corresponde a los municipios afectados mediante el procedimiento de\u00a0 deslinde que, como antes se indic\u00f3, es un procedimiento municipal, en el que la Administraci\u00f3n auton\u00f3mica solo interviene en caso de falta de acuerdo o supuestos asimilados.<\/p>\n

Desde la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local destacan la trascendencia, para la propia Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda y para la territorializaci\u00f3n de sus competencias, de una debida delimitaci\u00f3n del municipio como entidad territorial b\u00e1sica. En esta l\u00ednea, el Estatuto de Autonom\u00eda de Andaluc\u00eda define el Territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma en el art\u00edculo 2 de su T\u00edtulo Preliminar: \u201cEl territorio de Andaluc\u00eda comprende el de los municipios de Almer\u00eda, C\u00e1diz, C\u00f3rdoba, Granada, Huelva, Ja\u00e9n, M\u00e1laga y Sevilla\u201d.\u00a0<\/strong><\/p>\n

La delimitaci\u00f3n precisa del territorio municipal se realiza tanto mediante las actuaciones de deslinde como con las de replanteo\u00a0<\/strong><\/p>\n

La delimitaci\u00f3n precisa del territorio municipal, que constituye el espacio f\u00edsico en el que el municipio ejerce v\u00e1lidamente sus competencias, se realiza tanto mediante las actuaciones de deslinde como con las de replanteo. Y ello, porque mediante ambas actuaciones se establecen los datos identificados de las l\u00edneas delimitadoras de los t\u00e9rminos municipales con la determinaci\u00f3n de sus coordenadas geogr\u00e1ficas conforme al sistema de representaci\u00f3n y georreferenciaci\u00f3n previsto en el apartado 2 del art\u00edculo 4 del Decreto 157\/2016, de 4 de octubre, por el que se regula el deslinde de los t\u00e9rminos municipales de\u00a0 Andaluc\u00eda y se establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcaci\u00f3n municipal y al Registro Andaluz de Entidades Locales (Sistema Geod\u00e9sico de Referencia ETRS89, expresando sus coordenadas en grados sexagesimales con precisi\u00f3n m\u00ednima de cinco decimales y en proyecci\u00f3n UTM huso 30 para las representaciones cartogr\u00e1ficas).<\/p>\n

De este modo, la normativa aplicable es este Decreto 157\/2016, de 4 de octubre, publicado en el BOJA de 10 de octubre de 2016, dando cumplimiento al mandato contenido en la Disposici\u00f3n Final Sexta de la Ley 5\/2010, de 11 de junio, de Autonom\u00eda Local de Andaluc\u00eda (LAULA).<\/p>\n

En el BOJA de 17 de abril de 2017, de conformidad con la Disposici\u00f3n Adicional Segunda de la citada norma reglamentaria, se recogen las instrucciones t\u00e9cnicas conjuntas de la Consejer\u00eda competente en r\u00e9gimen local y del Instituto de Estad\u00edstica y Cartograf\u00eda de Andaluc\u00eda (IECA) a las que han de ajustarse los informes que se emitan en relaci\u00f3n con los procedimientos anteriormente referidos.<\/p>\n

El IECA dispone de modernos equipos y t\u00e9cnicas cartogr\u00e1ficas que brindan un elevado grado de objetividad en la concreci\u00f3n territorial<\/strong><\/p>\n

El Instituto de Estad\u00edstica y Cartograf\u00eda de Andaluc\u00eda dispone de modernos equipos y t\u00e9cnicas cartogr\u00e1ficas, que brindan un elevado grado de objetividad en la concreci\u00f3n territorial, con la consiguiente agilidad en la tramitaci\u00f3n y resoluci\u00f3n de los procedimientos de replanteo.<\/p>\n

Deslinde y Replanteo<\/h3>\n

Merece hacer menci\u00f3n a las definiciones contenidas en el Decreto 157\/2016, de 4 de octubre<\/strong>, por el que se regula el deslinde de los t\u00e9rminos municipales de Andaluc\u00eda y se establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcaci\u00f3n municipal y al Registro Andaluz de Entidades Locales.<\/p>\n

Seg\u00fan esta norma, el deslinde<\/strong> constituye \u201cla actuaci\u00f3n de comprobaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la demarcaci\u00f3n municipal, que en ning\u00fan caso podr\u00e1 implicar modificaci\u00f3n de t\u00e9rminos municipales. En este sentido, el deslinde es la actuaci\u00f3n por la que se determina de una forma clara y precisa el t\u00e9rmino municipal, \u00e1mbito espacial donde se ejercen las competencias municipales, se\u00f1alando y distinguiendo las l\u00edneas l\u00edmites de cada municipio y fij\u00e1ndolas definitivamente mediante la descripci\u00f3n contenida en el acta de deslinde o en el correspondiente acto administrativo o judicial\u201d.<\/p>\n

Mientras que el replanteo <\/strong>se refiere a las \u201cactuaciones de ejecuci\u00f3n y materializaci\u00f3n, respectivamente, del acto de deslinde, consistente en la proyecci\u00f3n de una l\u00ednea definitiva sobre la realidad f\u00edsica, a partir de la descripci\u00f3n contenida en el acta de deslinde o en el acto administrativo o judicial que, en su caso, la se\u00f1al\u00f3\u201d.<\/p>\n

Por tanto, el procedimiento de deslinde es un procedimiento municipal, en el que los representantes de los municipios afectados por una l\u00ednea l\u00edmite que no est\u00e9 determinada de forma definitiva constituyen la Comisi\u00f3n de Deslinde, que adopta sus acuerdos por consenso de las representaciones municipales previo acuerdo interno en cada una de ellas, adoptado por mayor\u00eda de votos, reflej\u00e1ndose en el acta las posturas discrepantes en el caso de falta de acuerdo. Por su parte, el replanteo tiene por objeto establecer los datos identificativos en las l\u00edneas definitivas, es decir, de las l\u00edneas ya deslindadas pero no determinadas con las coordenadas referidas al huso 30 de la proyecci\u00f3n UTM, en un procedimiento auton\u00f3mico que se inicia por la persona titular del \u00d3rgano Directivo competente sobre r\u00e9gimen local, que requiere el informe de la entidad u \u00f3rgano competente en materia de cartograf\u00eda y la audiencia de los municipios afectados para que formulen las alegaciones pertinentes, y que se resuelve mediante Orden de la persona titular de la Consejer\u00eda competente sobre el r\u00e9gimen local, que se publicar\u00e1 en el Bolet\u00edn Oficial de la Junta de Andaluc\u00eda (BOJA).<\/p>\n

 <\/p>\n

Art\u00edculo incluido en la revista de\u00a0abril<\/a>\u00a0de\u00a0Agenda de la Empresa<\/a><\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

\u00a0La Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local se ha marcado como objetivo impulsar los procedimientos de concreci\u00f3n de los datos identificativos de l\u00edneas divisorias entre municipios \u00a0La importancia de la delimitaci\u00f3n del territorio es sobradamente conocida. Se consolida como un elemento estructural del municipio al constituir el espacio f\u00edsico en el que ejerce v\u00e1lidamente las potestades […]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":110599,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[1061],"tags":[42805,252,58003,58002,277,2274,58005,51672,58004,38536],"wps_subtitle":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/110598"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=110598"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/110598\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/media\/110599"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=110598"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=110598"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=110598"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}