{"id":110908,"date":"2020-04-15T16:12:45","date_gmt":"2020-04-15T14:12:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=110908"},"modified":"2020-04-15T17:16:23","modified_gmt":"2020-04-15T15:16:23","slug":"andalucia-pone-marcha-ayuda-excepcional-300-euros-autonomos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/110908\/andalucia-pone-marcha-ayuda-excepcional-300-euros-autonomos\/","title":{"rendered":"Andaluc\u00eda pone en marcha la ayuda excepcional de 300 euros para los aut\u00f3nomos"},"content":{"rendered":"
El\u00a0Consejo de Gobierno\u00a0ha aprobado el\u00a0decreto ley de medidas urgentes<\/strong>\u00a0complementarias en el \u00e1mbito econ\u00f3mico y social como consecuencia de la situaci\u00f3n ocasionada por el\u00a0coronavirus<\/strong>, que incluye entre sus iniciativas la puesta en marcha de una\u00a0ayuda de 300 euros para trabajadores por cuenta propia, aut\u00f3nomos o mutualistas<\/strong>.<\/p>\n Estas subvenciones, que cuentan con un\u00a0presupuesto de 50 millones de euros<\/strong>, tienen el objetivo cubrir los gastos a los que el colectivo sigue haciendo frente, como las cuotas de la Seguridad Social, a pesar de la merma patente de sus ingresos.<\/p>\n Igualmente, la medida pretende\u00a0complementar las que ya se han adoptado a nivel nacional<\/strong>\u00a0y llegar a parte del colectivo que no se est\u00e1 beneficiando de algunas de ellas, como la prestaci\u00f3n extraordinaria por cese de actividad.<\/p>\n Debido al\u00a0car\u00e1cter urgente de la medida<\/strong>, el decreto ley establece que la tramitaci\u00f3n, que s\u00f3lo podr\u00e1 realizarse de forma telem\u00e1tica, se llevar\u00e1 a cabo con un procedimiento simplificado y \u00e1gil, de forma que, en una primera fase, el aut\u00f3nomo \u00fanicamente tenga que presentar una solicitud online y pueda cobrar la ayuda en el m\u00e1s breve plazo posible, para hacer frente a los gastos m\u00e1s inmediatos.<\/p>\n Con respecto a los plazos, los potenciales beneficiarios podr\u00e1n tramitar su solicitud desde el d\u00eda siguiente a la publicaci\u00f3n del decreto ley en el\u00a0Bolet\u00edn Oficial de la Junta de Andaluc\u00eda (BOJA)<\/strong>\u00a0y hasta quince d\u00edas despu\u00e9s de declararse finalizado el estado de alarma o hasta que se haya agotado el presupuesto.<\/p>\n Para cumplimentar la solicitud, basta rellenar el\u00a0formulario telem\u00e1tico<\/strong>, que incluye una declaraci\u00f3n de responsabilidad de cumplimiento de los requisitos; el DNI-NIF; domicilio fiscal; empadronamiento en Andaluc\u00eda; alta en el r\u00e9gimen especial de la Seguridad Social o en su mutualidad alternativa; no ser beneficiario de la prestaci\u00f3n extraordinaria por cese de actividad; n\u00famero de cuenta bancaria para que pueda ser percibida la ayuda y declaraci\u00f3n del IRPF para aquellos solicitantes que estaban dados de alta en ese ejercicio fiscal.<\/p>\n Para ser beneficiario de la ayuda, el decreto ley establece como\u00a0requisito ser trabajador por cuenta propia o aut\u00f3nomo con domicilio fiscal en Andaluc\u00eda<\/strong>, y estar afiliado al R\u00e9gimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Aut\u00f3nomos, o en la mutualidad correspondiente, en la fecha de la entrada en vigor del estado de alarma.<\/p>\n Se excluyen de la ayuda a aquellos aut\u00f3nomos que se han acogido a la prestaci\u00f3n extraordinaria por cese de actividad que aprob\u00f3 el Gobierno en el\u00a0Real Decreto Ley de 29 de marzo<\/strong>, a aquellos trabajadores por cuenta propia o mutualistas cuya actividad est\u00e1 considerada como servicio esencial, y aquellos aut\u00f3nomos que tengan en su declaraci\u00f3n de la renta una base liquidable general y del ahorro que supere tres veces el Salario M\u00ednimo Interprofesional (unos 39.900 euros anuales).<\/p>\n No obstante, dentro de los servicios esenciales, s\u00ed se ha incluido como potenciales beneficiarios a trabajadores por cuenta propia que desarrollan distintas actividades. En concreto, se han fijado hasta\u00a099 tipos de profesiones<\/strong>\u00a0de muy diversa \u00edndole y sector, entre las que se encuentran sanitarios (como odont\u00f3logos, fisioterapeutas, logopedas); artesanos (fabricaci\u00f3n de papel, productos de madera, vidrio, hierro, instrumentos musicales); aut\u00f3nomos de centros o cl\u00ednicas veterinarias; \u00f3pticas y productos ortop\u00e9dicos; prensa y papeler\u00eda; tintorer\u00edas; fotograf\u00eda; textil y confecci\u00f3n; componentes electr\u00f3nicos; servicios de transporte de personas; abogados; procuradores; int\u00e9rpretes; psic\u00f3logos; profesionales del sector de la flor cortada; actividades relacionadas con las telecomunicaciones; fabricantes de quesos o servicios sociales sin alojamiento para personas mayores y con discapacidad, entre otros.<\/p>\nPlazos<\/h3>\n
Beneficiarios<\/h3>\n
Di\u00e1logo social<\/h3>\n