{"id":111791,"date":"2020-05-11T17:08:13","date_gmt":"2020-05-11T15:08:13","guid":{"rendered":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=111791"},"modified":"2020-05-11T17:08:13","modified_gmt":"2020-05-11T15:08:13","slug":"gobierno-y-agentes-sociales-firman-acuerdo-que-prorroga-erte-hasta-30-junio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/111791\/gobierno-y-agentes-sociales-firman-acuerdo-que-prorroga-erte-hasta-30-junio\/","title":{"rendered":"Gobierno y agentes sociales firman el acuerdo que prorroga los ERTE hasta el 30 de junio"},"content":{"rendered":"

Ser\u00e1 ratificado ma\u00f1ana en el Consejo de Ministros<\/h2>\n

El presidente del Gobierno, Pedro S\u00e1nchez, ha presidido la firma del Acuerdo Social en Defensa del Empleo, que incluye un conjunto de medidas de protecci\u00f3n del empleo y de la actividad productiva en la crisis del COVID-19.<\/p>\n

Al acto tambi\u00e9n han asistido, por parte del Gobierno, el vicepresidente y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias; la vicepresidenta y ministra de Asuntos Econ\u00f3micos y Transformaci\u00f3n Digital, Nadia Calvi\u00f1o; la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, Mar\u00eda Jes\u00fas Montero; la ministra de Trabajo y Econom\u00eda Social, Yolanda D\u00edaz, y el ministro de Inclusi\u00f3n, Seguridad Social y Migraciones, Jos\u00e9 Luis Escriv\u00e1. Por parte de los agentes sociales lo han hecho los secretarios generales de UGT y CCOO, Pepe \u00c1lvarez y Unai Sordo, respectivamente; el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, y el presidente de CEPYME, Gerardo Cuerva.<\/p>\n

Este nuevo Acuerdo Social, que ser\u00e1 ratificado ma\u00f1ana en el Consejo de Ministros, prorroga los ERTE por fuerza mayor hasta el 30 de junio de 2020 para aquellas empresas que no puedan reanudar su actividad por causas de fuerza mayor.<\/p>\n

Las empresas que puedan recuperar parcialmente su actividad podr\u00e1n proceder a la incorporaci\u00f3n de personas trabajadoras, afectadas por ERTE, primando los ajustes en t\u00e9rminos de reducci\u00f3n de jornada. Las empresas deber\u00e1n comunicar a la autoridad laboral la renuncia total, en su caso, al ERTE en un plazo de quince d\u00edas y al SEPE las variaciones en los datos de personas trabajadoras incluidas en esos expedientes.<\/p>\n

El Acuerdo incluye adem\u00e1s la modificaci\u00f3n de la Disposici\u00f3n adicional sexta del Real Decreto-ley 8\/2020, de 17 de marzo, que garantiza el compromiso del mantenimiento del empleo, por parte de las empresas, en un plazo de seis meses desde la fecha de reanudaci\u00f3n de su actividad, entendiendo por tal la reincorporaci\u00f3n al trabajo efectivo de personas afectadas por el expediente, aun cuando esta sea parcial o s\u00f3lo afecte a parte de la plantilla.<\/p>\n

Nueva categor\u00eda de ERTE y exoneraci\u00f3n de cuotas<\/h3>\n

El Acuerdo Social en Defensa del Empleo mantiene la exoneraci\u00f3n de las cuotas a la Seguridad Social para las empresas que contin\u00faen en ERTE de fuerza mayor total, exoneraci\u00f3n que ser\u00e1 del 75% para empresas de 50 o m\u00e1s trabajadores.<\/p>\n

Adem\u00e1s en el acuerdo se introduce una nueva categor\u00eda de ERTE para las empresas que puedan reiniciar su actividad, denominado “de fuerza mayor parcial”, que durar\u00e1 hasta el pr\u00f3ximo 30 de junio. Durante este periodo, las empresas pueden combinar trabajadores en actividad y suspendidos y por todos ellos habr\u00e1 exoneraciones en las cuotas que se pagan a la Seguridad Social.<\/p>\n

Para incentivar la reincorporaci\u00f3n a los puestos de trabajo del mayor n\u00famero de trabajadores en ERTE, las exenciones ser\u00e1n mayores para los empleados que regresen a la actividad que para quienes contin\u00faen suspendidos. En concreto, las empresas de menos de 50 empleados tendr\u00e1n una exenci\u00f3n de cotizaciones del 85% en las cotizaciones devengadas en el mes de mayo y del 70% en las devengadas en junio para los trabajadores que retomen la actividad. Para los que contin\u00faen suspendidos, tambi\u00e9n habr\u00e1 exoneraci\u00f3n, pero ser\u00e1 menor: del 60% para las cotizaciones devengadas en mayo y del 45% para las de junio.<\/p>\n

En el caso de las empresas de 50 o m\u00e1s trabajadores, la exenci\u00f3n para los empleados que se reincorporen ser\u00e1 del 60% y del 45% para las cotizaciones devengadas en mayo y junio, respectivamente. Para los trabajadores que no se reincorporen, la rebaja ser\u00e1 del 45% en mayo y del 30% en junio.<\/p>\n

Las exenciones en la cotizaci\u00f3n se aplicar\u00e1n por la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social, a instancia de la empresa, previa comunicaci\u00f3n sobre la situaci\u00f3n de fuerza mayor total o parcial, as\u00ed como de la identificaci\u00f3n de los trabajadores afectados y el periodo de suspensi\u00f3n o reducci\u00f3n de la jornada<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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