{"id":111844,"date":"2020-05-12T09:06:36","date_gmt":"2020-05-12T07:06:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=111844"},"modified":"2020-05-12T13:11:20","modified_gmt":"2020-05-12T11:11:20","slug":"andalucia-podra-anticipar-hasta-100-ayudas-pequeno-comercio-acelerar-reactivacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/111844\/andalucia-podra-anticipar-hasta-100-ayudas-pequeno-comercio-acelerar-reactivacion\/","title":{"rendered":"Andaluc\u00eda podr\u00e1 anticipar hasta el 100% de ayudas al peque\u00f1o comercio para acelerar reactivaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"

Nueva orden reguladora de este programa de incentivos dotado con 11 millones<\/h2>\n

Las ayudas de once millones de euros dirigidas al peque\u00f1o comercio y a la artesan\u00eda para financiar, entre otras, las actuaciones requeridas para la desescalada del COVID-19 se anticipar\u00e1n a las empresas solicitantes antes de que justifiquen las actuaciones que acometan.<\/p>\n

La Consejer\u00eda de Econom\u00eda, Conocimiento, Empresas y Universidad ha adoptado esta medida con el fin de favorecer la reactivaci\u00f3n de ambos sectores, acelerar su adaptaci\u00f3n a la nueva etapa tras el control de la crisis sanitaria y asegurar la prestaci\u00f3n de servicios con todas las garant\u00edas sanitarias. El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la nueva orden de bases reguladora de dicho programa para atender las actuales necesidades de ese tejido empresarial generadas tras la irrupci\u00f3n de la pandemia.<\/p>\n

La Consejer\u00eda de Econom\u00eda prev\u00e9 publicar la nueva orden en BOJA en los pr\u00f3ximos d\u00edas para lanzar la convocatoria inmediatamente despu\u00e9s. De acuerdo con ella, se establece, con car\u00e1cter general, que el pago de las subvenciones se adelantar\u00e1 \u00edntegramente cuando el importe concedido sea igual o inferior a 6.000 euros. Para las ayudas que superen esa cantidad, con un m\u00e1ximo de 42.000 euros, el abono anticipado ser\u00e1 del 50%, liquid\u00e1ndose el otro 50% una vez que el destinatario haya justificado la realizaci\u00f3n del proyecto subvencionado y el gasto realizado.<\/p>\n

El programa, cofinanciado con Fondos FEDER, est\u00e1 dirigido a favorecer la transformaci\u00f3n digital del peque\u00f1o comercio y la artesan\u00eda, la modernizaci\u00f3n y expansi\u00f3n del negocio y el relevo generacional. Con el fin de minimizar las consecuencias negativas de la paralizaci\u00f3n de la actividad y de apoyar la recuperaci\u00f3n de ambos sectores durante la desescalada y en una fase posterior, la Consejer\u00eda ha ampliado los conceptos para acceder a los incentivos, de forma que ahora puedan ser subvencionables las inversiones relacionadas con el COVID-19.<\/p>\n

En ese paquete de actuaciones se sufragar\u00e1 la implantaci\u00f3n de todo tipo de soluciones digitales, entre las que destacan las Terminales de Punto de Venta (TPV), los sistemas de contadores de personas, la carteler\u00eda digital o cualquier otra que permita a estas pymes ordenar el proceso de compra en el espacio f\u00edsico del establecimiento.<\/p>\n

A estas medidas se suman otras como la incorporaci\u00f3n del comercio electr\u00f3nico en sus actividades y la financiaci\u00f3n del equipamiento de protecci\u00f3n necesario en el establecimiento f\u00edsico destinado a las personas trabajadoras y consumidoras. Entre esa dotaci\u00f3n de seguridad para evitar la propagaci\u00f3n del COVID 19 se incluyen mamparas protectoras, dispositivos de turnos o sistemas de conteos de personas, barreras port\u00e1tiles o dispensadores de productos antis\u00e9pticos.<\/p>\n

Modalidades de las ayudas<\/h3>\n

La norma que regula el programa fija cuatro modalidades de ayudas. La primera est\u00e1 dirigida a financiar proyectos de modernizaci\u00f3n digital, con los que se persigue impulsar la transformaci\u00f3n de las peque\u00f1as empresas mejorando su productividad y competitividad a trav\u00e9s de las TIC y el comercio electr\u00f3nico. En este \u00e1mbito, se dar\u00e1 cobertura a la implantaci\u00f3n de soluciones digitales en todos los procesos de negocio de la empresa, ya sean relacionadas con la gesti\u00f3n empresarial o directamente con el proceso de comercializaci\u00f3n (TPV, etiquetas electr\u00f3nicas, programas de gesti\u00f3n, automatizaci\u00f3n de ventas, sistemas de contadores de personas, carteler\u00eda digital, etc). Tambi\u00e9n se subvencionar\u00e1 la implantaci\u00f3n de una estrategia de comercializaci\u00f3n online (creaci\u00f3n y dise\u00f1o de aplicaciones para m\u00f3viles, dise\u00f1o e implantaci\u00f3n de una tienda online, actuaciones de comunicaci\u00f3n, publicidad y marketing en internet, etc.).<\/p>\n

El segundo bloque fomentar\u00e1 iniciativas de modernizaci\u00f3n de establecimientos comerciales y talleres artesanos, de tal modo que posibilite a las pymes competir en mejores condiciones para atraer a nuevos clientes en la nueva coyuntura. En este caso, se podr\u00e1n costear las obras de reforma y acondicionamiento tanto de la fachada como del interior del local o taller, as\u00ed como la adquisici\u00f3n de equipamiento o mobiliario. En esa compra de equipamiento se incluyen los elementos de protecci\u00f3n frente al COVID-19.<\/p>\n

El tercer grupo se centra en la expansi\u00f3n de los negocios, subvencionando proyectos\u00a0que tengan por objeto la apertura de un nuevo punto de venta comercial o un nuevo establecimiento artesano. La futura instalaci\u00f3n puede desarrollar la misma actividad o introducir alg\u00fan tipo de variantes con el fin de dar respuesta a la necesidad de diversificar la oferta, ofrecer nuevos servicios o implantar nuevas tendencias. En este apartado tambi\u00e9n se financiar\u00e1n los costes de reformas y mejoras y la adquisici\u00f3n de equipamiento y mobiliario.<\/p>\n

La cuarta modalidad pretende favorecer aquellas acciones tendentes a asegurar el relevo generacional y a dar continuidad a peque\u00f1as empresas comerciales o artesanas que, de otro modo, se ver\u00edan abocadas al cierre debido a la jubilaci\u00f3n, la incapacidad permanente, el fallecimiento del titular u otra causa sobrevenida. La continuidad de la empresa puede llevarse a cabo dentro del entorno familiar de los titulares, por los trabajadores de la empresa o, incluso, por terceras personas interesadas en continuar con la actividad. En esta categor\u00eda se conceder\u00e1n fondos para sufragar el desarrollo del protocolo familiar o del plan de relevo que contemple las condiciones del traspaso dentro del n\u00facleo familiar o para las personas trabajadoras de la firma o terceras personas. Adem\u00e1s de estos instrumentos, la empresa podr\u00e1 acometer la capacitaci\u00f3n de las personas relevistas.<\/p>\n

Importe de las ayudas<\/h3>\n

Las empresas podr\u00e1n recibir subvenciones con un importe m\u00e1ximo que oscila, seg\u00fan la modalidad, entre los 6.000 y los 42.000 euros, dependiendo de las modalidades. Adem\u00e1s, la orden permite que una misma empresa pueda concurrir a las cuatro tipolog\u00edas de incentivos existentes.<\/p>\n

Para los proyectos de digitalizaci\u00f3n, la cuant\u00eda m\u00e1xima subvencionable por cada establecimiento ser\u00e1 de 6.000 euros, pudi\u00e9ndose llegar a un m\u00e1ximo de 12.000 euros por empresa cuando \u00e9sta lleve a cabo las actuaciones en varios locales. Para las iniciativas de modernizaci\u00f3n de infraestructuras, se contempla un incentivo m\u00e1ximo de 15.000 euros por establecimiento y de 26.250 euros por empresa, cuando la acci\u00f3n se realice en varios locales.<\/p>\n

En el caso de los trabajos que tengan por objeto la expansi\u00f3n del negocio, se prev\u00e9 una ayuda tope de 21.000 euros por cada nuevo establecimiento que se abra, con un m\u00e1ximo de dos locales. Por \u00faltimo, para las acciones dirigidas a favorecer el relevo generacional, se ha decidido graduar la ayuda en funci\u00f3n del tama\u00f1o de la empresa. As\u00ed, las firmas con menos de diez personas trabajadoras podr\u00e1n recibir \u00a06.000 euros de subvenci\u00f3n, las que cuenten con una plantilla de entre diez y\u00a0 49 personas, 8.000 euros, y las que tengan 50 o m\u00e1s trabajadores, 10.000 euros.<\/p>\n

En todos los casos, la inversi\u00f3n m\u00ednima exigida al solicitante ser\u00e1 de 1.500 euros, salvo en las iniciativas de expansi\u00f3n de la actividad, que se requiere de un desembolso m\u00ednimo de 3.000 euros. En la \u00faltima modalidad, la relativa al relevo generacional, no se establecen m\u00ednimos de inversi\u00f3n.<\/p>\n

Podr\u00e1n ser beneficiarias de las subvenciones las pymes y aut\u00f3nomos que desarrollen su actividad comercial o artesana en Andaluc\u00eda, y en el caso de que su servicio sea online, tendr\u00e1n que demostrar que generan actividad econ\u00f3mica en la comunidad. \u00a0as ayudas se convocar\u00e1n en r\u00e9gimen de concurrencia competitiva, salvo en la categor\u00eda de relevo generacional, que ser\u00e1 convocatoria abierta no competitiva.<\/p>\n

En lo que respecta a la evaluaci\u00f3n de las solicitudes presentadas, la Consejer\u00eda de Econom\u00eda las valorar\u00e1 teniendo en cuenta aspectos relacionados tanto con la empresa como con el proyecto. En el primer caso, se puntuar\u00e1 atendiendo a la gesti\u00f3n empresarial, el tama\u00f1o de la empresa, su pertenencia a una asociaci\u00f3n o entidad representativa de los intereses del comercio o la artesan\u00eda o los reconocimientos p\u00fablicos, premios o distinciones recibidas. Tambi\u00e9n influir\u00e1 en la puntuaci\u00f3n si la empresa fomenta la igualdad de oportunidades o la creaci\u00f3n de empleo estable. En cuanto a las caracter\u00edsticas de las iniciativas, se baremar\u00e1n, adem\u00e1s de los criterios espec\u00edficos marcados para cada categor\u00eda, la inclusi\u00f3n de medidas de sostenibilidad y de accesibilidad, la ubicaci\u00f3n del establecimiento, el esfuerzo inversor que implican los proyectos y la participaci\u00f3n en convocatorias anteriores.<\/p>\n

Agilizaci\u00f3n del procedimiento administrativo<\/h3>\n

Esta orden de bases agiliza el procedimiento administrativo, en consonancia con la prioridad marcada por el Ejecutivo andaluz en esta legislatura de llevar a cabo una simplificaci\u00f3n de la regulaci\u00f3n econ\u00f3mica para favorecer la actividad.<\/p>\n

Entre las novedades introducidas con esa finalidad, destacan la obligaci\u00f3n del solicitante de relacionarse electr\u00f3nicamente con la Administraci\u00f3n durante el procedimiento, la simplificaci\u00f3n de los requisitos para acogerse a las ayudas y de los criterios de valoraci\u00f3n. Tambi\u00e9n se ha clarificado la documentaci\u00f3n a aportar por las entidades beneficiarias.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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