{"id":120079,"date":"2021-01-12T15:47:27","date_gmt":"2021-01-12T14:47:27","guid":{"rendered":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=120079"},"modified":"2021-01-13T10:10:15","modified_gmt":"2021-01-13T09:10:15","slug":"junta-lanza-ayudas-1-000-euros-pymes-comercio-artesania-hosteleria-y-agencias-viajes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/120079\/junta-lanza-ayudas-1-000-euros-pymes-comercio-artesania-hosteleria-y-agencias-viajes\/","title":{"rendered":"Junta lanza ayudas de 1.000 euros a pymes del comercio, artesan\u00eda, hosteler\u00eda y agencias de viajes"},"content":{"rendered":"
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La medida cuenta con 46,1 millones y un sistema \u00e1gil de tramitaci\u00f3n para resolver en solo dos meses las solicitudes<\/h2>\n

El\u00a0Consejo de Gobierno\u00a0ha aprobado un\u00a0decreto ley<\/strong>\u00a0que contempla la concesi\u00f3n de\u00a0ayudas directas de 1.000 euros<\/strong>\u00a0y de tramitaci\u00f3n inmediata dirigidas a mantener la actividad de las pymes pertenecientes a los sectores del\u00a0comercio, artesan\u00eda, hosteler\u00eda y agencias de viajes<\/strong>, muy castigados por la crisis sanitaria del\u00a0COVID-19<\/strong>.<\/p>\n

La medida, que se incluye en el Plan de apoyo a la pyme y a los aut\u00f3nomos suscrito el pasado noviembre entre la Junta y la Confederaci\u00f3n de Empresarios de Andaluc\u00eda (CEA), la Asociaci\u00f3n de Aut\u00f3nomos (ATA) y las C\u00e1maras de Comercio, cuenta con una dotaci\u00f3n de\u00a046,1 millones de euros<\/strong>\u00a0y prev\u00e9 beneficiar a m\u00e1s de 46.000 peque\u00f1as y medianas empresas andaluzas de estos segmentos econ\u00f3micos.<\/p>\n

De acuerdo con la norma aprobada, estos incentivos, que ser\u00e1n gestionados por la\u00a0Consejer\u00eda de Transformaci\u00f3n Econ\u00f3mica, Industria, Conocimiento y Universidades<\/a>, tienen por objeto contribuir a la\u00a0continuidad de los negocios<\/strong>\u00a0que desarrollan estas pymes, evitando su cese definitivo y, por tanto, la destrucci\u00f3n de empleo. Los establecimientos comerciales y artesanos, de hosteler\u00eda y de intermediaci\u00f3n tur\u00edstica se han visto severamente perjudicados por las medidas tanto nacionales como auton\u00f3micas de prevenci\u00f3n y contenci\u00f3n de la pandemia, ya que incluyen\u00a0limitaciones de aforo, de hora de cierre e incluso restricciones de apertura o de desempe\u00f1o de su actividad<\/strong>.<\/p>\n

A esto hay que sumar, adem\u00e1s, los\u00a0gastos\u00a0<\/strong>que los propietarios de estos negocios se han visto obligados a soportar para la adopci\u00f3n de\u00a0medidas preventivas de seguridad e higiene<\/strong>. Todo ello ha derivado en una situaci\u00f3n grave en la que la facturaci\u00f3n se ha visto reducida de forma dr\u00e1stica, no solo por las limitaciones impuestas, sino tambi\u00e9n por la contracci\u00f3n de la demanda, poniendo en peligro la propia supervivencia de estas peque\u00f1as y medianas empresas.<\/p>\n

Este decreto ley regula la concesi\u00f3n de\u00a0dos l\u00edneas de subvenciones diferenciadas<\/strong>, financiadas ambas con Fondos FEDER. La primera de ellas est\u00e1 destinada al\u00a0comercio minorista y al sector de la artesan\u00eda<\/strong>\u00a0con un presupuesto de 26,4 millones, y la segunda, dotada con un importe de 19,7 millones, beneficiar\u00e1 a la\u00a0hosteler\u00eda andaluza<\/strong>, que incluye los establecimientos de alojamientos tur\u00edsticos, las agencias de viajes y los negocios de restauraci\u00f3n. En las dos modalidades se conceder\u00e1n 1.000 euros por subvenci\u00f3n en r\u00e9gimen de concurrencia no competitiva, es decir, por orden de presentaci\u00f3n de la solicitud hasta el agotamiento del cr\u00e9dito asignado.<\/p>\n

Para acogerse a las ayudas, se establecen como requisitos tener la condici\u00f3n de\u00a0pyme\u00a0<\/strong>(una plantilla inferior a 250 trabajadores y un volumen de negocio anual no superior a 50 millones), mantener el\u00a0domicilio fiscal en Andaluc\u00eda<\/strong>, desarrollar la actividad con anterioridad al 14 de marzo y mantenerla vigente hasta el d\u00eda de inicio del plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes de las ayudas. Asimismo, las pymes que opten a los incentivos deber\u00e1n\u00a0acreditar una ca\u00edda de ventas o ingresos motivada por el Covid-19<\/strong>\u00a0de, al menos, un 20% en el ejercicio 2020 respecto a 2019 y demostrar que no se encontraban en situaci\u00f3n de crisis a 31 de diciembre de 2019.<\/p>\n

Adem\u00e1s, las personas beneficiarias estar\u00e1n obligadas a mantener su\u00a0situaci\u00f3n de alta en el Impuesto de Actividades Econ\u00f3micas<\/strong>\u00a0y, en su caso, el alta en el R\u00e9gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Aut\u00f3nomos, as\u00ed como la inscripci\u00f3n en el Registro de Artesanos de Andaluc\u00eda o en el Registro de Turismo de Andaluc\u00eda durante al menos cuatro meses a contar desde el d\u00eda siguiente a aquel en que se inicie el plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes.<\/p>\n

Sectores beneficiados<\/h3>\n

Las pymes que pueden solicitar la ayuda son las encuadradas en los c\u00f3digos de la Clasificaci\u00f3n Nacional de Actividades Econ\u00f3micas (CNAE) o en los ep\u00edgrafes del Impuesto sobre Actividades Econ\u00f3micas (IAE) correspondientes a servicios de\u00a0comercio, alojamientos tur\u00edsticos, restauraci\u00f3n y agencias de viajes<\/strong>.<\/p>\n

En el caso de las peque\u00f1as y medianas empresas artesanas, deber\u00e1n estar inscritas en el\u00a0Registro de Artesanos de Andaluc\u00eda<\/strong>, y para los establecimientos de alojamiento tur\u00edstico y agencias de viajes tambi\u00e9n se establece la obligaci\u00f3n de figurar en el\u00a0Registro de Turismo de Andaluc\u00eda<\/strong>.<\/p>\n

Una vez aprobada esta normativa, la\u00a0Consejer\u00eda de Transformaci\u00f3n Econ\u00f3mica<\/a>\u00a0ser\u00e1 la encargada de publicar, a continuaci\u00f3n, la correspondiente\u00a0convocatoria de ayudas y su posterior tramitaci\u00f3n y concesi\u00f3n<\/strong>. Las subvenciones se tramitar\u00e1n con un sistema administrativo \u00e1gil que permitir\u00e1\u00a0resolver en dos meses<\/strong>\u00a0las solicitudes que presenten los beneficiarios, lo que facilitar\u00e1 que los primeros pagos se realicen en los primeros meses del a\u00f1o.<\/p>\n

Para ello, el decreto ley establece que\u00a0la solicitud solo se podr\u00e1 realizar de forma telem\u00e1tica<\/strong>\u00a0y, para el procedimiento de comprobaci\u00f3n de requisitos, se utilizar\u00e1 la tecnolog\u00eda RPA, que permite la consulta automatizada de informaci\u00f3n o lectura documental a trav\u00e9s de procesos robotizados. Este sistema, que agilizar\u00e1 notablemente los procedimientos de revisi\u00f3n y tramitaci\u00f3n, es la primera vez que se usar\u00e1 en la Administraci\u00f3n andaluza para la tramitaci\u00f3n de\u00a0Fondos Europeos<\/strong>.<\/p>\n

Asimismo, se fija el pago del 100% de la ayuda al beneficiario a trav\u00e9s de\u00a0transferencia a su cuenta bancaria<\/strong>\u00a0y el plazo para presentar las solicitudes ser\u00e1 de 30 d\u00edas naturales a contar desde la publicaci\u00f3n en el\u00a0Bolet\u00edn Oficial de la Junta de Andaluc\u00eda (BOJA)<\/strong>\u00a0del extracto de la convocatoria de las ayudas. Estas subvenciones ser\u00e1n compatibles con el resto de incentivos que concedan administraciones o entes p\u00fablicos y privados para la misma finalidad a estos sectores, salvo en los casos de subvenciones concedidas por el decreto ley 29\/2020, de 17 de noviembre, de prestaciones extraordinarias de cese de actividad contenidas en el Real decreto ley 30\/2020, de 29 de septiembre. Tambi\u00e9n se incluye en esa excepci\u00f3n la prestaci\u00f3n de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia o la pr\u00f3rroga de prestaciones ya causadas recogidas en el Real decreto ley 24\/2020, de 26 de junio.<\/p>\n

Selecci\u00f3n de personal interino y laboral temporal<\/h3>\n

Por otro lado, el decreto ley aprobado contempla tambi\u00e9n una modificaci\u00f3n del apartado 6 del art\u00edculo 13 del Decreto ley 3\/2020, de 16 de marzo, de\u00a0medidas de apoyo financiero y tributario al sector econ\u00f3mico<\/strong>, de agilizaci\u00f3n de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evoluci\u00f3n del coronavirus (Covid-19).<\/p>\n

En concreto, se establece que en el caso de que no se pudiera seleccionar a trav\u00e9s de las bolsas vigentes a personal funcionario interino o laboral temporal, se proceder\u00e1 a remitir oferta al\u00a0Servicio Andaluz de Empleo<\/strong>, en solicitud de candidaturas, permitiendo, durante el plazo m\u00e1ximo que se determine en cada oferta, la presentaci\u00f3n de solicitudes de personas que cumplan los requisitos que se definan.<\/p>\n

En el caso de\u00a0entidades instrumentales<\/strong>, se publicar\u00e1 la correspondiente oferta en el Portal de la Junta de Andaluc\u00eda, a trav\u00e9s del siguiente\u00a0enlace<\/a><\/strong>\u00a0y en la web de la entidad que pretenda la contrataci\u00f3n. Finalizado el plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes, se seleccionar\u00e1 a las personas m\u00e1s id\u00f3neas para el desempe\u00f1o de los puestos convocados.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n

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