{"id":121371,"date":"2021-02-09T17:08:35","date_gmt":"2021-02-09T16:08:35","guid":{"rendered":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=121371"},"modified":"2021-02-09T17:09:46","modified_gmt":"2021-02-09T16:09:46","slug":"gobierno-avanza-lucha-contra-morosidad-transporte-mercancias-carretera","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/121371\/gobierno-avanza-lucha-contra-morosidad-transporte-mercancias-carretera\/","title":{"rendered":"El Gobierno avanza en la lucha contra la morosidad en transporte de mercanc\u00edas por carretera"},"content":{"rendered":"

Establece un nuevo tipo infractor por el incumplimiento del plazo m\u00e1ximo legal de pago de 60 d\u00edas previsto en la Ley 3\/2004, de 29 de diciembre<\/h2>\n

El Consejo de Ministros ha aprobado, a iniciativa del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), el proyecto de ley de modificaci\u00f3n de la Ley de Ordenaci\u00f3n del Transporte Terrestre (LOTT) para establecer un r\u00e9gimen sancionador para los casos de morosidad en el sector del transporte de mercanc\u00edas por carretera.<\/p>\n

El tejido empresarial del sector del transporte de mercanc\u00edas por carretera en Espa\u00f1a est\u00e1 constituido principalmente por empresas de reducido tama\u00f1o, sobre las que impactan duramente las consecuencias del incumplimiento del plazo m\u00e1ximo legal de pago de los servicios de transporte, afectando gravemente a su liquidez y a su competitividad y rentabilidad.<\/p>\n

El riesgo de esta influencia negativa aumenta dr\u00e1sticamente en per\u00edodos de mayor riesgo econ\u00f3mico, como el motivado por la pandemia ocasionada por el COVID-19, al hacerse m\u00e1s dif\u00edcil la financiaci\u00f3n, y afecta especialmente a las empresas de mediano y peque\u00f1o tama\u00f1o (pymes), puesto que comporta una grave desestabilizaci\u00f3n de su estructura financiera, que puede condicionar incluso su viabilidad en un sector que desempe\u00f1a una actividad esencial.<\/p>\n

El proyecto de ley establece un nuevo tipo infractor por el incumplimiento del plazo m\u00e1ximo legal de pago de sesenta d\u00edas previsto en la Ley 3\/2004, de 29 de diciembre, en los contratos de transporte de mercanc\u00edas por carretera, en l\u00ednea con otros precedentes existentes en nuestro ordenamiento jur\u00eddico para sectores econ\u00f3micos con tipolog\u00edas empresariales similares.<\/p>\n

Asimismo, se prev\u00e9 la publicidad de las resoluciones sancionadoras impuestas por estos incumplimientos, como sucede en otros sectores y en el Derecho comparado, con fines disuasorios, puesto que la reputaci\u00f3n empresarial tambi\u00e9n debe jugar un papel importante para combatir las pr\u00e1cticas de competencia desleal en el mercado.<\/p>\n

El proyecto de ley es fruto del compromiso adquirido con el Departamento de Mercanc\u00edas del Comit\u00e9 Nacional de Transporte por Carretera, \u00f3rgano de representaci\u00f3n del sector y de interlocuci\u00f3n con el Ministerio, para abordar los retos que afronta el transporte de mercanc\u00edas por carretera.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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