{"id":122532,"date":"2021-03-12T10:53:54","date_gmt":"2021-03-12T09:53:54","guid":{"rendered":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=122532"},"modified":"2021-03-12T10:55:16","modified_gmt":"2021-03-12T09:55:16","slug":"gobierno-lanza-mecanismo-compensar-ee-ll-caida-ingresos-transporte-publico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/122532\/gobierno-lanza-mecanismo-compensar-ee-ll-caida-ingresos-transporte-publico\/","title":{"rendered":"Gobierno lanza mecanismo para compensar EE. LL. por ca\u00edda de ingresos en transporte p\u00fablico"},"content":{"rendered":"

Le permitir\u00e1 recabar datos de los entes locales para establecer la cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n<\/h2>\n

El Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana trabajan en una medida para compensar la ca\u00edda de ingresos en 2020 por los operadores del servicio de transporte p\u00fablico urbano como consecuencia de la pandemia y de las medidas adoptadas para contener la expansi\u00f3n del virus.<\/p>\n

Con la intenci\u00f3n de que pueda estar aprobada lo antes posible, la Secretar\u00eda de Estado de Hacienda ha aprobado una resoluci\u00f3n, publicada hoy en el Bolet\u00edn Oficial del Estado (BOE), que dicta instrucciones relativas al suministro de informaci\u00f3n por las Entidades Locales en relaci\u00f3n con la prestaci\u00f3n del servicio de transporte p\u00fablico urbano o interurbano. Esta informaci\u00f3n servir\u00e1 de fundamento para determinar una concesi\u00f3n directa de subvenciones a favor de aquellas entidades que prestan el servicio regular de transportes p\u00fablico o interurbano.<\/p>\n

El pasado mes de diciembre, la ministra de Hacienda, Mar\u00eda Jes\u00fas Montero, y el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Jos\u00e9 Luis \u00c1balos, remitieron a los alcaldes una carta en la que se comprometieron a implementar una medida que permita compensar el d\u00e9ficit extraordinario sufrido en 2020 por los operadores del servicio de transporte p\u00fablico urbano.<\/p>\n

La informaci\u00f3n que habr\u00e1n de suministrar los municipios se referir\u00e1 al a\u00f1o 2019, el ejercicio inmediatamente anterior a la pandemia y servir\u00e1 de base para determinar la compensaci\u00f3n. Las entidades locales incluidas en la resoluci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Estado de Hacienda son los ayuntamientos, las diputaciones provinciales, los consejos y cabildos insulares, las mancomunidades y comarcas, as\u00ed como las diputaciones forales de los Territorios Hist\u00f3ricos del Pa\u00eds Vasco, que prestan habitualmente el servicio regular de transporte p\u00fablico urbano o interurbano, con independencia de la modalidad de gesti\u00f3n del mismo.<\/p>\n

En el caso de los servicios de transporte prestados por el Consorcio Regional de Transportes de Madrid, la Autoridad del Transporte Metropolitano de Barcelona-Autoritat del Transport Metropolit\u00e0, o la Autoridad del Transporte Metropolitano de Valencia-Autoritat de Transport Metropolit\u00e0 de Val\u00e8ncia, la informaci\u00f3n se podr\u00e1 remitir por los ayuntamientos integrantes de los mismos.<\/p>\n

La resoluci\u00f3n establece tambi\u00e9n el plazo que tendr\u00e1n ayuntamientos para suministrar la informaci\u00f3n: ser\u00e1 de 15 d\u00edas naturales a contar desde el de apertura de la aplicaci\u00f3n telem\u00e1tica correspondiente que se habilite en la Oficina Virtual para la Coordinaci\u00f3n Financiera con las entidades locales, accesible desde la p\u00e1gina web del Ministerio de Hacienda.<\/p>\n

Datos que han de proporcionar las entidades locales<\/h3>\n

La informaci\u00f3n que los organismos habr\u00e1n de hacer constar en un formulario que deber\u00e1n remitir a Hacienda incluir\u00e1:<\/p>\n