{"id":19137,"date":"2012-10-16T10:10:06","date_gmt":"2012-10-16T10:10:06","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=19137"},"modified":"2018-01-10T00:54:07","modified_gmt":"2018-01-09T23:54:07","slug":"reforma-laboral-ofrece-alternativas-explotadas-rentables","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/19137\/reforma-laboral-ofrece-alternativas-explotadas-rentables\/","title":{"rendered":"La Reforma Laboral ofrece alternativas poco explotadas y m\u00e1s rentables"},"content":{"rendered":"

Una de las consecuencias de la Reforma Laboral es que ha aumentado un 72% el n\u00famero de expedientes de regulaci\u00f3n de empleo (ERE\u2019s) entre febrero y mayo de 2012 y el mismo periodo del mes anterior, seg\u00fan datos del Bolet\u00edn de Estad\u00edsticas Laborales del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.<\/p>\n

\u201cSin embargo, existen f\u00f3rmulas alternativas de ahorro de costes para las empresas distintas al despido, que sirven para retener el talento y mantener a los trabajadores cuando se recupere la actividad\u201d, explica Miguel \u00c1ngel Ferrer Garcer\u00e1n<\/strong>, socio director general de Arrabe Asesores.<\/p>\n

\u201cMuchas empresas, por la coyuntura actual, recurren a dr\u00e1sticas reducciones de plantilla, pero olvidan otras opciones que les permitir\u00edan mantener al m\u00e1ximo posible de trabajadores. No se dan cuenta de que si prescinden de sus mejores empleados por una situaci\u00f3n de crisis, cuando recuperen actividad tendr\u00e1n que volver a contratar nuevas personas e invertir mucho m\u00e1s dinero en su formaci\u00f3n. La Reforma Laboral facilita herramientas para optar por otras posibilidades mejores para las empresas y los trabajadores\u201d, a\u00f1ade Ferrer.<\/p>\n

De hecho la experiencia en el \u00e1mbito laboral de Arrabe Asesores, con m\u00e1s de 1.200 clientes, confirma que \u201cel 95% de las compa\u00f1\u00edas que asesoramos est\u00e1n adoptando con \u00e9xito este tipo de decisiones, que les benefician a ellos y a sus trabajadores. Muchas empresas est\u00e1n acogi\u00e9ndose a medidas m\u00e1s radicales porque desconocen las alternativas, lo que est\u00e1 aumentando sin necesidad el nivel de paro\u201d.<\/p>\n

Arrabe Asesores ha especializado a su Departamento Laboral en ofrecer este tipo de soluciones. La experiencia acumulada desde que se aprob\u00f3 la \u00faltima Reforma Laboral les ha llevado a aplicar opciones distintas a los despidos masivos, como el ERE temporal de reducci\u00f3n de jornada. \u201cEsta medida combina los intereses de la compa\u00f1\u00eda, que reduce costes, y los del trabajador, que no sufre merma en sus bases de cotizaci\u00f3n de cara a prestaciones futuras. Adem\u00e1s, la reducci\u00f3n en la cantidad neta a cobrar se compensa con la parte que aporta el SEPE (Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal) a trav\u00e9s de la prestaci\u00f3n por desempleo parcial\u201d, contin\u00faa explicando Miguel \u00c1ngel Ferrer Garcer\u00e1n.<\/p>\n

La actual legislaci\u00f3n prev\u00e9 la posibilidad de tramitar\u00a0un ERE temporal de reducci\u00f3n de jornada, que se puede aplicar con independencia del n\u00famero de trabajadores afectados, donde se permite acortar el horario laboral entre un m\u00ednimo del 10% y un m\u00e1ximo del 70%, con la consiguiente disminuci\u00f3n de salario, aunque no le afecta al trabajador en la misma proporci\u00f3n.<\/p>\n

El ERE se tramita ante la autoridad laboral (la Direcci\u00f3n General de Empleo de cada comunidad aut\u00f3noma), \u00a0donde hay que presentar diversa documentaci\u00f3n que acredite las causas de la reducci\u00f3n de jornada, que puede ser de orden t\u00e9cnico, organizativo o econ\u00f3mico.<\/p>\n

Ferrer tambi\u00e9n indica que con la nueva normativa \u201cno es necesario el acuerdo con el trabajador. Pero es mucho mejor que exista ese pacto, ya que se agiliza mucho el procedimiento y se evita que la empresa pueda encontrarse con una sentencia que considere improcedente la medida si el empleado presenta una demanda judicial. Nosotros estamos ofreciendo estas alternativas a nuestros clientes, gracias al acuerdo con sindicatos y empleados, que entienden que es la mejor opci\u00f3n posible\u201d.<\/p>\n

El ERE temporal de reducci\u00f3n de jornada se puede solicitar, con car\u00e1cter general, para un periodo entre 12 y 18 meses. Durante todo ese tiempo, el trabajador mantiene sus bases de cotizaci\u00f3n a efectos de la pensi\u00f3n de jubilaci\u00f3n, invalidez e incapacidad temporal, porque la empresa sigue obligada a cotizar en ese periodo por el 100% de su base de cotizaci\u00f3n. Sin embargo, durante los ocho primeros meses de duraci\u00f3n del ERE se establece una bonificaci\u00f3n del 11,8% sobre la parte de la base de cotizaci\u00f3n de la jornada que no se trabaja.<\/p>\n

El empleado cobra la prestaci\u00f3n por la parte de la jornada que deja de trabajar y si, por circunstancias, se produjera su despido objetivo en la empresa al ser insuficiente la reducci\u00f3n de jornada, le reponen 180 d\u00edas de prestaci\u00f3n por desempleo.<\/p>\n

As\u00ed, un trabajador con contrato indefinido, con un salario neto mensual de 1.700 euros (360 euros corresponden a dietas que no cotizan y el resto del salario son conceptos cotizables), con 12 pagas y dos hijos a su cargo, reduci\u00e9ndose la jornada por ERE en el 50% no pierde la mitad de su sueldo:<\/p>\n

\n\n\n\n\n
Neto sin ERE<\/td>\nNeto 50% Ere<\/td>\nImporte INEM durante los seis primeros meses<\/td>\nNeto<\/p>\n

Real por suma de ambos<\/td>\n

Diferencia<\/td>\nImporte INEM durante el resto del tiempo<\/td>\nNeto real por suma de ambos conceptos<\/td>\nDiferencia<\/td>\n<\/tr>\n
1.700,00<\/td>\n850,00<\/td>\n505,83<\/td>\n1.355,83<\/td>\n-344,17<\/td>\n361,30<\/td>\n1.211,30<\/td>\n-488,70<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n

Ahorro para la empresa durante el primer a\u00f1o del ERE:<\/strong><\/p>\n

Coste mensual sin ERE: 2.252,80\u20ac<\/p>\n

Coste mensual con ERE del 50% de la jornada: 1.207,07\u20ac<\/p>\n

Ahorro: 1.045,73 euros cada mes x 8 meses = 8.365,84 euros<\/p>\n

En los cuatro meses restantes ya no se tendr\u00eda la bonificaci\u00f3n del ERE, que asciende a 127,14 euros, con lo que el coste para la empresa pasar\u00eda a ser de 1.334,21 euros\/mes.<\/p>\n

La diferencia a partir del noveno mes ser\u00eda de 918,59 euros x cuatro meses restantes = 3.674,36 euros.<\/p>\n

\u201cPor lo tanto -contin\u00faa el representante de Arrabe Asesores-, el ahorro para la empresa en el primer a\u00f1o del ERE ser\u00eda de 12.040,20 euros y podr\u00eda mantener en plantilla al trabajador que le puede seguir interesando en el futuro, evitando los costes de adaptaci\u00f3n y formaci\u00f3n que le supondr\u00eda tener que buscar otra persona en el mercado cuando fuese necesario\u201d.<\/p>\n

Otras medidas<\/strong><\/p>\n

Ferrer tambi\u00e9n recuerda otras medidas distintas al ERE contempladas en la Reforma Laboral como las modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, siempre que se den las mismas causas econ\u00f3micas, organizativas o de producci\u00f3n:<\/p>\n

    \n
  • Reducci\u00f3n de jornada.<\/li>\n<\/ul>\n

    La diferencia con la reducci\u00f3n de jornada del ERE en el caso anterior es que, adem\u00e1s de no tener que tramitar ning\u00fan expediente ante la autoridad laboral, las bases de cotizaci\u00f3n s\u00ed se reducen en el mismo porcentaje de la reducci\u00f3n de jornada, con lo que el coste se recorta justo en ese porcentaje.<\/p>\n

    Como consecuencia, los trabajadores no tienen derecho a acogerse al desempleo parcial y pueden, si no est\u00e1n conformes con la medida y deciden no demandar a la empresa para que le repongan en su jornada anterior, extinguir su contrato de trabajo con una indemnizaci\u00f3n de 20 d\u00edas por a\u00f1o.<\/p>\n

    Adem\u00e1s, los empleados pasan a cotizar por las bases reducidas, con lo que si se les despide posteriormente, su prestaci\u00f3n por desempleo ser\u00e1 menor al ir en relaci\u00f3n con las nuevas bases reducidas y porcentaje de jornada sobre el que se aplicar\u00edan los m\u00e1ximos a cobrar.<\/p>\n

      \n
    • Cuant\u00eda salarial.<\/li>\n<\/ul>\n

      Se podr\u00edan reducir los salarios en aquellos importes que excedan los m\u00ednimos del convenio.<\/p>\n

        \n
      • Descuelgue del convenio<\/li>\n<\/ul>\n

        Es otra alternativa al ERE. En esencia, significa que se puede establecer un acuerdo o convenio colectivo de empresa con tablas salariales y dem\u00e1s conceptos distintos de los del convenio de referencia del sector.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

        Una de las consecuencias de la Reforma Laboral es que ha aumentado un 72% el n\u00famero de expedientes de regulaci\u00f3n de empleo (ERE\u2019s) entre febrero y mayo de 2012 y el mismo periodo del mes anterior, seg\u00fan datos del Bolet\u00edn de Estad\u00edsticas Laborales del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. \u201cSin embargo, existen f\u00f3rmulas alternativas […]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[27449],"tags":[2820,13468,8593,397,13467,13464,8209,13466,539,12702,6183,268,527,13465,10290,635],"wps_subtitle":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19137"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=19137"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19137\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=19137"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=19137"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=19137"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}