CONTRATOS ALIMENTARIOS<\/strong><\/p>\nEn relaci\u00f3n con los contratos alimentarios que se suscriban entre los operadores de la cadena alimentaria, y para garantizar la seguridad jur\u00eddica y la equidad en las relaciones comerciales, la novedad m\u00e1s significativa es la obligaci\u00f3n de formalizarlos por escrito en determinadas casos, dependiendo del importe y de la situaci\u00f3n de desequilibrio.<\/p>\n
Esta obligaci\u00f3n afectaa las relacionescomerciales delos operadoresque realicen transacciones comerciales, continuadas o peri\u00f3dicas, cuyo precio sea superior a 2.500 euros.No obstante, cuando el pago se realice al contado, no ser\u00e1 necesario suscribir un contrato, teniendo las partes la obligaci\u00f3n de identificarse como operadores y documentar dichas relaciones comerciales mediante la correspondiente factura.<\/p>\n
Por \u00faltimo, se regulan las subastas electr\u00f3nicas y la obligaci\u00f3n de conservaci\u00f3n de documentos que los operadores deben mantener durante un per\u00edodo de dos a\u00f1os.<\/p>\n
PR\u00c1CTICAS COMERCIALES<\/strong><\/p>\nEl Proyecto de Leyproh\u00edbe las modificaciones de las condiciones contractuales establecidas en el contrato, salvo que se realicen por mutuo acuerdo de las partes. Respecto a los pagos comerciales, se proh\u00edben todos los pagos adicionales m\u00e1s all\u00e1 del precio pactado, salvo en dos supuestos espec\u00edficos y bajo condiciones restrictivas.<\/p>\n
En relaci\u00f3n con la informaci\u00f3n comercial sensible, no se podr\u00e1 exigir a otro operador informaci\u00f3n sobre sus productos m\u00e1s all\u00e1 de la que resulte justificada en el contexto de su relaci\u00f3n comercial. Adem\u00e1s, la informaci\u00f3n obtenida s\u00f3lo podr\u00e1 destinarse a los fines para los que fue facilitada, respet\u00e1ndose la confidencialidad de la informaci\u00f3n.<\/p>\n
Sobre gesti\u00f3n de marcas, se establece la obligaci\u00f3n de los operadores de gestionar las marcas de productos alimentarios que ofrezcan al consumidor, tanto las propias como de otros operadores, evitando pr\u00e1cticas contrarias a la libre competencia o que constituyan actos de competencia desleal.<\/p>\n
Finalmente,se proh\u00edbe el aprovechamiento indebido por parte de un operador y en beneficio propio de la iniciativa empresarial ajena, as\u00ed como las que constituyan publicidad il\u00edcita o desleal mediante la utilizaci\u00f3n, ya sea en los envases, en la presentaci\u00f3n o en la publicidad del producto o servicio de cualesquiera elementos distintivos que provoquen riesgo de asociaci\u00f3n o confusi\u00f3n con los de otro operador o con marcas o nombres comerciales de otro operador.<\/p>\n
AUTORREGULACI\u00d3N. CODIGO DE BUENAS PR\u00c1CTICAS<\/strong><\/p>\nLa autorregulaci\u00f3n de las relaciones comerciales se centra en el establecimiento de un C\u00f3digo de Buenas Pr\u00e1cticas Mercantiles en la contrataci\u00f3n alimentaria, que impulsar\u00edan el Ministerio y las organizaciones y asociaciones representativas de la producci\u00f3n, la industria o la distribuci\u00f3n, cuya adhesi\u00f3n es voluntaria por parte de los operadores de la cadena.<\/p>\n
El Ministerio de Econom\u00eda y Competitividad y las Comunidades Aut\u00f3nomas, participar\u00e1n, tambi\u00e9n, en el acuerdo con el fin de promover un c\u00f3digo de aplicaci\u00f3n uniforme en todo el territorio espa\u00f1ol.<\/p>\n
A estos efectos, se ha previsto crear un Registro Estatal, como instrumento p\u00fablico que agrupar\u00eda a todos aquellos operadores de la cadena alimentaria que se adscriban al C\u00f3digo citado anteriormente. Los operadores adheridos tendr\u00e1n la obligaci\u00f3n de someter la resoluci\u00f3n de sus conflictos al sistema de resoluci\u00f3n de conflictos que se designe en el C\u00f3digo de Buenas Pr\u00e1cticas.<\/p>\n
No obstante, el Proyecto de Ley prev\u00e9 la posibilidad de que existan otros c\u00f3digos de buenas pr\u00e1cticas mercantiles, impulsados por los propios operadores de la cadena,con mayor nivel de exigencia para los operadores que lo suscriban, que el C\u00f3digo promovido por las administraciones y el sector.<\/p>\n
OBSERVATORIO DE LA CADENA ALIMENTARIA<\/strong><\/p>\nEl Proyecto de Ley crea el Observatorio de la Cadena Alimentaria, que adem\u00e1s de realizar las funciones que ya ten\u00eda el Observatorio de Precios, asume otras nuevas como informar de la propuesta de C\u00f3digo de Buenas Pr\u00e1cticas Mercantiles en la Contrataci\u00f3n Alimentaria regulado en el Anteproyecto, as\u00ed como de las de otros c\u00f3digos de buenas pr\u00e1cticas mercantiles.<\/p>\n
Tambi\u00e9n llevar\u00e1 a cabo el seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pr\u00e1cticas comerciales de los operadores de la cadena y dar\u00e1 traslado a la autoridad competente, si detectase incumplimientos de lo establecido en la ley. Tambi\u00e9n, entre sus funciones, est\u00e1 la de fomentar sistemas \u00e1giles en la resoluci\u00f3n de conflictos en la negociaci\u00f3n de los contratos relacionados con la primera compra de productos perecederos.<\/p>\n
R\u00c9GIMEN DE CONTROL<\/strong><\/p>\nEl texto establece un control administrativo tipificando las infracciones y sanciones. Corresponde a la Administraci\u00f3n General del Estado ejercer la potestad sancionadora cuando las partes contratantes tengan sus respectivas sedes sociales principales en diferentes Comunidades Aut\u00f3nomas, o el contrato afecte a un \u00e1mbito superior al de una Comunidad Aut\u00f3noma. Corresponder\u00e1 a las Comunidades Aut\u00f3nomas ejercer la potestad sancionadora en los restantes supuestos.<\/p>\n
Agencia de Informaci\u00f3n y Control Alimentarios<\/strong><\/p>\nAsimismo se crea la Agencia de Informaci\u00f3n y Control Alimentarios, como modificaci\u00f3n del organismo aut\u00f3nomo Agencia para el Aceite de Oliva, asumiendo adem\u00e1s de las funciones que ven\u00eda ejerciendo, otras nuevas relacionadas con el control del cumplimiento de lo establecido en el Anteproyecto de Ley.<\/p>\n
Entre las nuevas funciones, cabe destacar que, la Agencia establecer\u00e1 y desarrollar\u00e1 el r\u00e9gimen de control para comprobar el cumplimiento de lo dispuesto en la ley; comprobar\u00e1 las denuncias que les sean presentadas por incumplimiento de lo dispuesto en la ley e instruir\u00e1 el procedimiento sancionador para formular la propuesta de resoluci\u00f3n que proceda a la autoridad competente del MAGRAMA, o trasladarlas a la CNC.<\/p>\n
RESUMEN DE MEJORAS DEL PROYECTO<\/strong><\/p>\n\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Creaci\u00f3n de la Agencia de Informaci\u00f3n y control alimentarios.<\/p>\n
\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Ampliaci\u00f3n del \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n: se extiende a animales vivos, piensos y materias primas para alimentaci\u00f3n animal; y, por otra parte, a los tres supuestos de aplicaci\u00f3n del cap\u00edtulo de contratos alimentarios. Para las operaciones al contado no es necesario contrato escrito.<\/p>\n
\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Infracciones en materia de contrataci\u00f3n alimentaria: en las infracciones por no formalizar por escrito los contratos, se presume, salvo prueba en contrario, que los autores de las infracciones es la parte m\u00e1s fuerte.<\/p>\n
\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Se introduce como infracci\u00f3n grave el incumplimiento de los plazos de pago de\u00a0 alimentos.<\/p>\n
\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Colaboraci\u00f3n entre Administraciones P\u00fablicas: se introducen mecanismos de coordinaci\u00f3n entre las Administraciones P\u00fablicas para garantizar la Unidad de Mercado.<\/p>\n
\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Otras materias que se regulan: modificaciones a las siguientes leyes, Ley 38\/1994, de 30 de diciembre, Reguladora de las Organizaciones interprofesionales agroalimentaria y Ley 2\/2000, de 7 de enero, Reguladora de los contratos-tipo de productos agroalimentarios.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, cuyo objetivo es aumentar la eficacia y competitividad del sector agroalimentario espa\u00f1ol y reducir el desequilibrio en las relaciones comerciales entre los diferentes operadores de la cadena de valor. Todo ello, en el marco […]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[27449],"tags":[17766,3664,17767],"wps_subtitle":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27633"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=27633"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27633\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=27633"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=27633"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=27633"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}