{"id":298,"date":"2005-02-28T23:00:00","date_gmt":"2005-02-28T23:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/informaria.info\/?guid=da126f1fa0e80123ed58f04aae583786"},"modified":"2018-01-09T18:28:44","modified_gmt":"2018-01-09T17:28:44","slug":"el-xxv-aniversario-de-las-corporaciones-locales-ii","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/298\/el-xxv-aniversario-de-las-corporaciones-locales-ii\/","title":{"rendered":"El XXV Aniversario de las Corporaciones Locales (II)"},"content":{"rendered":"<\/p>\n

El espacio local, a pesar de sus luces y sus sombras, ha sido, es y ser\u00e1, el espacio por antonomasia de la gesti\u00f3n pol\u00edtica, el principal laboratorio de experiencias democr\u00e1ticas, la dimensi\u00f3n p\u00fablica m\u00e1s cercana a los ciudadanos, y por ello, el \u00e1mbito en el que el ciudadano puede participar en la configuraci\u00f3n de los asuntos p\u00fablicos. Adem\u00e1s, el tan glosado principio de subsidiariedad proclamado por la Carta Europea de la Autonom\u00eda Local recomienda que las tareas p\u00fablicas que se puedan acometer desde los gobiernos locales no se ubiquen en otros niveles de gobierno. En este sentido, la vuelta a lo local no es s\u00f3lo una cuesti\u00f3n t\u00e9cnica o administrativa. Sobre todo, lo relevante reside en potenciar los espacios pol\u00edticos m\u00e1s pr\u00f3ximos a los ciudadanos para facilitar la emergencia del repertorio de iniciativas sociales que nacen del dinamismo vital de la realidad.<\/p>\n

Los ayuntamientos en estos \u00faltimos 25 a\u00f1os han pasado de ser instituciones reguladoras y ordenadoras de convivencia ciudadana, a trav\u00e9s del ejercicio del poder y de la tutela, a ser b\u00e1sica y principalmente organizaciones proveedoras de servicios. Como consecuencia de este fen\u00f3meno, los ayuntamientos irrumpen en pr\u00e1cticamente todos los \u00e1mbitos de la sociedad: educaci\u00f3n, cultura, ocio, deporte, sanidad, servicios sociales y asistenciales, promoci\u00f3n econ\u00f3mica, formaci\u00f3n, etc. Estas nuevas \u00e1reas de actividades provocan a su vez la necesidad de ampliaci\u00f3n de los servicios tradicionales: recogida de basuras, limpieza y alumbrado p\u00fablico, abastecimiento de agua potable, alcantarillado y saneamiento, transporte p\u00fablico, gesti\u00f3n urban\u00edstica, seguridad ciudadana, etc.<\/p>\n

Dado que mucho de los servicios fundamentales para el bienestar de los ciudadanos lo recibe de sus ayuntamientos, la constituci\u00f3n de los ayuntamientos democr\u00e1ticos en 1.979 trajo consigo una creciente demanda de mejoras en los servicios municipales. La insuficiencia de recursos financieros de las Haciendas Locales motiv\u00f3 sendas operaciones de asunci\u00f3n de la deuda local por parte de la Administraci\u00f3n Central en el a\u00f1o 1979 y 1983.<\/p>\n

Incrementar significativamente el peso presupuestario y competencial de los municipios es hoy su principal prioridad. Hay que establecer un objetivo claro y preciso de descentralizaci\u00f3n del gasto p\u00fablico, en l\u00ednea del 40% para el Estado, el 30% para las Comunidades Aut\u00f3nomas (CC.AA). y 30% para Ayuntamientos y Diputaciones. Ello exige ampliar su marco de responsabilidades competenciales y revisar su sistema de financiaci\u00f3n. En este sentido habr\u00eda que avanzar en una triple direcci\u00f3n. En primer lugar, los ayuntamientos deber\u00edan ser los responsables directos de la gesti\u00f3n de ciertas competencias como educaci\u00f3n b\u00e1sica, la vivienda, el fomento del empleo y las pol\u00edticas de familia que a muchos pa\u00edses son t\u00edpicamente municipales; en segundo lugar, los municipios deber\u00eda recibir la financiaci\u00f3n adecuada para un conjunto de gastos no obligatorios, que llegan a representar actualmente el 30% del presupuesto y en tercer lugar, existen materias como la inmigraci\u00f3n y la seguridad que exigen pol\u00edticas de Estado, porque a la vez que tienen una dimensi\u00f3n global produce implicaciones locales y s\u00f3lo pueden ser tratadas convenientemente con una acci\u00f3n concretada.<\/p>\n

Con la aprobaci\u00f3n de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (LRHL) de 1988 se trat\u00f3 de abrir una nueva etapa en la que la suficiencia de recursos, la estabilidad de un sistema pactado de transferencias y una amplia autonom\u00eda tributaria fuesen la base de la reforma de las Haciendas Municipales. Transcurridos casi m\u00e1s de tres lustros de aquella reforma no se ha resuelto el problema de la financiaci\u00f3n de los ayuntamientos. En el a\u00f1o 2002 se ha modificado parcialmente la LRHL (Ley 51\/2002, de 27 de diciembre ) y se han introducido cambios significativos en la financiaci\u00f3n de los ayuntamientos mayores de 75.000 habitantes: eliminaci\u00f3n del Impuesto de Actividades Econ\u00f3micas (IAE) y participaci\u00f3n en una serie de impuestos estatales como el IRPF (1,6875%), el IVA (1,7898%) y de los Impuestos Especiales armonizados (2,0454%). Habr\u00e1 que esperar un tiempo prudencial para valorar y cuantificar \u00e9sta \u00faltima reforma y comprobar si se ha aumentado los recursos econ\u00f3micos a los ayuntamientos.<\/p>\n

Ligada a la financiaci\u00f3n de los ayuntamientos est\u00e1 la materializaci\u00f3n de un Pacto Local, que contemple una mayor asunci\u00f3n de competencias por parte de los municipios y profundice la descentralizaci\u00f3n hacia el nivel de Gobierno m\u00e1s pr\u00f3ximo a los ciudadanos. En suma, se trata de aplicar entre las distintas Administraciones de nuestro pa\u00eds el principio de subsidiariedad proclamado en la Uni\u00f3n Europea. En Espa\u00f1a, dicho criterio se ha aplicado en los dos primeros escalones (estatal y auton\u00f3mico) pero no en el tercero, es decir, el municipal y el provincial.<\/p>\n

Es evidente que este pacto debe situarse necesariamente a dos niveles. Por una parte, la financiaci\u00f3n de los municipios es fundamentalmente responsabilidad de la Administraci\u00f3n Central, y es \u00e9sta la que debe dar los pasos necesarios. Por otra parte, lo concerniente a la descentralizaci\u00f3n de competencias, es sobre todo, responsabilidad de las CC.AA., y deben ser \u00e9stas las que decidan los contenidos, modalidades y ritmo de la descentralizaci\u00f3n hacia los Ayuntamientos.<\/p>\n

Por eso, el reforzamiento de los espacios locales, lejos de propiciar escenarios de confrontaci\u00f3n con las Autonom\u00edas nos conduce a inteligentes repartos de poderes y competencias, de manera que los ciudadanos puedan recibir mejores servicios p\u00fablicos. Mientras que el Estado debe comprometerse, sobre todo, en las llamadas tareas de definici\u00f3n y an\u00e1lisis de las pol\u00edticas p\u00fablicas b\u00e1sicas de solidaridad y equidad; compete a las autoridades auton\u00f3micas y locales buscar la mejor forma de gestionar los servicios p\u00fablicos.<\/p>\n

Municipalismo y autonomismo deben ir juntos y no parecer como proyectos enfrentados. M\u00e1s autogobierno y capacidad de decisi\u00f3n para las CC.AA. y m\u00e1s responsabilidad, capacidad de gesti\u00f3n y presupuestos para los municipios. Creemos que la realidad administrativa de Espa\u00f1a es plural y compleja y no se entiende desde el pensamiento \u00fanico y desde la unilateralidad, por lo que es necesario una permanente atenci\u00f3n a todos los aspectos de la realidad social. <\/p>\n

mailto:juan.rodriguez@uca.es<\/a> >juan.rodriguez@uca.es<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<\/p>\n

El espacio local, a pesar de sus luces y sus sombras, ha sido, es y ser\u00e1, el espacio por antonomasia de la gesti\u00f3n pol\u00edtica, el principal laboratorio de experiencias democr\u00e1ticas, la dimensi\u00f3n p\u00fablica m\u00e1s cercana a los ciudadanos, y por ello, el \u00e1mbito en el que el ciudadano puede participar en la configuraci\u00f3n de los asuntos p\u00fablicos. Adem\u00e1s, el tan glosado principio de subsidiariedad proclamado por la Carta Europea de la Autonom\u00eda Local recomienda que las tareas p\u00fablicas que se puedan acometer desde los gobiernos locales no se ubiquen en otros niveles de gobierno. En este sentido, la vuelta a lo local no es s\u00f3lo una cuesti\u00f3n t\u00e9cnica o administrativa. Sobre todo, lo relevante reside en potenciar los espacios pol\u00edticos m\u00e1s pr\u00f3ximos a los ciudadanos para facilitar la emergencia del repertorio de iniciativas sociales que nacen del dinamismo vital de la realidad.<\/p>\n

Los ayuntamientos en estos \u00faltimos 25 a\u00f1os han pasado de ser instituciones reguladoras y ordenadoras de convivencia ciudadana, a trav\u00e9s del ejercicio del poder y de la tutela, a ser b\u00e1sica y principalmente organizaciones proveedoras de servicios. Como consecuencia de este fen\u00f3meno, los ayuntamientos irrumpen en pr\u00e1cticamente todos los \u00e1mbitos de la sociedad: educaci\u00f3n, cultura, ocio, deporte, sanidad, servicios sociales y asistenciales, promoci\u00f3n econ\u00f3mica, formaci\u00f3n, etc. Estas nuevas \u00e1reas de actividades provocan a su vez la necesidad de ampliaci\u00f3n de los servicios tradicionales: recogida de basuras, limpieza y alumbrado p\u00fablico, abastecimiento de agua potable, alcantarillado y saneamiento, transporte p\u00fablico, gesti\u00f3n urban\u00edstica, seguridad ciudadana, etc.<\/p>\n

Dado que mucho de los servicios fundamentales para el bienestar de los ciudadanos lo recibe de sus ayuntamientos, la constituci\u00f3n de los ayuntamientos democr\u00e1ticos en 1.979 trajo consigo una creciente demanda de mejoras en los servicios municipales. La insuficiencia de recursos financieros de las Haciendas Locales motiv\u00f3 sendas operaciones de asunci\u00f3n de la deuda local por parte de la Administraci\u00f3n Central en el a\u00f1o 1979 y 1983.<\/p>\n

Incrementar significativamente el peso presupuestario y competencial de los municipios es hoy su principal prioridad. Hay que establecer un objetivo claro y preciso de descentralizaci\u00f3n del gasto p\u00fablico, en l\u00ednea del 40% para el Estado, el 30% para las Comunidades Aut\u00f3nomas (CC.AA). y 30% para Ayuntamientos y Diputaciones. Ello exige ampliar su marco de responsabilidades competenciales y revisar su sistema de financiaci\u00f3n. En este sentido habr\u00eda que avanzar en una triple direcci\u00f3n. En primer lugar, los ayuntamientos deber\u00edan ser los responsables directos de la gesti\u00f3n de ciertas competencias como educaci\u00f3n b\u00e1sica, la vivienda, el fomento del empleo y las pol\u00edticas de familia que a muchos pa\u00edses son t\u00edpicamente municipales; en segundo lugar, los municipios deber\u00eda recibir la financiaci\u00f3n adecuada para un conjunto de gastos no obligatorios, que llegan a representar actualmente el 30% del presupuesto y en tercer lugar, existen materias como la inmigraci\u00f3n y la seguridad que exigen pol\u00edticas de Estado, porque a la vez que tienen una dimensi\u00f3n global produce implicaciones locales y s\u00f3lo pueden ser tratadas convenientemente con una acci\u00f3n concretada.<\/p>\n

Con la aprobaci\u00f3n de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (LRHL) de 1988 se trat\u00f3 de abrir una nueva etapa en la que la suficiencia de recursos, la estabilidad de un sistema pactado de transferencias y una amplia autonom\u00eda tributaria fuesen la base de la reforma de las Haciendas Municipales. Transcurridos casi m\u00e1s de tres lustros de aquella reforma no se ha resuelto el problema de la financiaci\u00f3n de los ayuntamientos. En el a\u00f1o 2002 se ha modificado parcialmente la LRHL (Ley 51\/2002, de 27 de diciembre ) y se han introducido cambios significativos en la financiaci\u00f3n de los ayuntamientos mayores de 75.000 habitantes: eliminaci\u00f3n del Impuesto de Actividades Econ\u00f3micas (IAE) y participaci\u00f3n en una serie de impuestos estatales como el IRPF (1,6875%), el IVA (1,7898%) y de los Impuestos Especiales armonizados (2,0454%). Habr\u00e1 que esperar un tiempo prudencial para valorar y cuantificar \u00e9sta \u00faltima reforma y comprobar si se ha aumentado los recursos econ\u00f3micos a los ayuntamientos.<\/p>\n

Ligada a la financiaci\u00f3n de los ayuntamientos est\u00e1 la materializaci\u00f3n de un Pacto Local, que contemple una mayor asunci\u00f3n de competencias por parte de los municipios y profundice la descentralizaci\u00f3n hacia el nivel de Gobierno m\u00e1s pr\u00f3ximo a los ciudadanos. En suma, se trata de aplicar entre las distintas Administraciones de nuestro pa\u00eds el principio de subsidiariedad proclamado en la Uni\u00f3n Europea. En Espa\u00f1a, dicho criterio se ha aplicado en los dos primeros escalones (estatal y auton\u00f3mico) pero no en el tercero, es decir, el municipal y el provincial.<\/p>\n

Es evidente que este pacto debe situarse necesariamente a dos niveles. Por una parte, la financiaci\u00f3n de los municipios es fundamentalmente responsabilidad de la Administraci\u00f3n Central, y es \u00e9sta la que debe dar los pasos necesarios. Por otra parte, lo concerniente a la descentralizaci\u00f3n de competencias, es sobre todo, responsabilidad de las CC.AA., y deben ser \u00e9stas las que decidan los contenidos, modalidades y ritmo de la descentralizaci\u00f3n hacia los Ayuntamientos.<\/p>\n

Por eso, el reforzamiento de los espacios locales, lejos de propiciar escenarios de confrontaci\u00f3n con las Autonom\u00edas nos conduce a inteligentes repartos de poderes y competencias, de manera que los ciudadanos puedan recibir mejores servicios p\u00fablicos. Mientras que el Estado debe comprometerse, sobre todo, en las llamadas tareas de definici\u00f3n y an\u00e1lisis de las pol\u00edticas p\u00fablicas b\u00e1sicas de solidaridad y equidad; compete a las autoridades auton\u00f3micas y locales buscar la mejor forma de gestionar los servicios p\u00fablicos.<\/p>\n

Municipalismo y autonomismo deben ir juntos y no parecer como proyectos enfrentados. M\u00e1s autogobierno y capacidad de decisi\u00f3n para las CC.AA. y m\u00e1s responsabilidad, capacidad de gesti\u00f3n y presupuestos para los municipios. Creemos que la realidad administrativa de Espa\u00f1a es plural y compleja y no se entiende desde el pensamiento \u00fanico y desde la unilateralidad, por lo que es necesario una permanente atenci\u00f3n a todos los aspectos de la realidad social. <\/p>\n

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