{"id":41608,"date":"2013-10-17T07:25:13","date_gmt":"2013-10-17T07:25:13","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=41608"},"modified":"2018-01-09T20:28:35","modified_gmt":"2018-01-09T19:28:35","slug":"upta-a-satisfecha-con-la-publicacion-de-la-ley-de-medidas-para-asegurar-el-cumplimiento-de-la-funcion-social-de-la-vivienda-en-andalucia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/41608\/upta-a-satisfecha-con-la-publicacion-de-la-ley-de-medidas-para-asegurar-el-cumplimiento-de-la-funcion-social-de-la-vivienda-en-andalucia\/","title":{"rendered":"UPTA-A satisfecha con la publicaci\u00f3n de la Ley de medidas para asegurar el cumplimiento de la funci\u00f3n social de la vivienda en Andaluc\u00eda"},"content":{"rendered":"

Desde el 9 de octubre de 2013 est\u00e1 en vigor la nueva Ley de medidas para garantizar la funci\u00f3n social de la vivienda tras ser publicada en el BOJA.<\/p>\n

Tal y como ya informamos, gracias a esta norma, se declara de inter\u00e9s social la cobertura de necesidad de vivienda de las personas dadas de alta en la Seguridad Social como aut\u00f3nomas o trabajadoras por cuenta propia que se encuentren en especiales circunstancias de emergencia social y cuya vivienda habitual constituya garant\u00eda de un pr\u00e9stamo bancario concedido para hacer frente al desempe\u00f1o de su actividad profesional y se encuentren incursas en un procedimiento de ejecuci\u00f3n o apremio instado por la entidad financiera concedente del cr\u00e9dito.<\/p>\n

No obstante, para que el aut\u00f3nomo pueda ser beneficiario de esta medida, se han de cumplir los siguientes requisitos:<\/p>\n

El procedimiento de desahucio o apremio tiene que haber sido instado por entidades financieras o sus filiales inmobiliarias o entidades de gesti\u00f3n de activos.<\/p>\n

El adjudicatario del remate de tal procedimiento ha de ser igualmente una entidad financiera o sus filiales inmobiliarias o entidades de gesti\u00f3n de activos<\/p>\n

La vivienda objeto de ejecuci\u00f3n hipotecaria o de apremio ha de ser la residencia habitual y permanente del afectado y ser su \u00fanica vivienda en propiedad. As\u00ed como, que ning\u00fan miembro de la unidad familiar que conviva en la vivienda objeto de ejecuci\u00f3n posea la titularidad de ninguna otra vivienda (salvo que se trate de la titularidad de una vivienda que est\u00e9 afecta al mismo pr\u00e9stamo hipotecario y pueda ser igualmente ejecutada junto con la otra).<\/p>\n

Que el desahucio provoque una situaci\u00f3n de emergencia o exclusi\u00f3n social.<\/p>\n

Que el procedimiento de ejecuci\u00f3n hipotecaria o de apremio sea consecuencia del impago de un pr\u00e9stamo concedido para poder hacer efectivo el derecho a la vivienda por la persona.<\/p>\n

Que las condiciones econ\u00f3micas del aut\u00f3nomo hayan sufrido un importante menoscabo, provocando una situaci\u00f3n de endeudamiento sobrevenido respecto a las condiciones y circunstancias existentes cuando se concedi\u00f3 la hipoteca.<\/p>\n

El conjunto de ingresos de la unidad familiar no supere el 3 del IPREM. (Literal BOJA).<\/p>\n

Alcance de la expropiaci\u00f3n temporal de uso. La entidad adjudicataria de la vivienda en el procedimiento de desahucio o apremio, se ver\u00e1 temporalmente expropiada del uso de la misma, a favor del beneficiario por un plazo m\u00e1ximo de 3 a\u00f1os. En el acta de ocupaci\u00f3n, se establecer\u00e1 la forma en que podr\u00e1 recuperar el uso de la vivienda, una vez transcurrido el plazo.<\/p>\n

No obstante, la entidad adjudicataria podr\u00e1 hacer uso del derecho de reversi\u00f3n en caso de que las circunstancias del beneficiario se modificaran antes de transcurrir los tres a\u00f1os, de manera que pueda ejercer el derecho a una vivienda digna y adecuada en t\u00e9rminos similares a los de la vivienda embargada o bien cuando el aut\u00f3nomos pierda la condici\u00f3n de beneficiario.<\/p>\n

El beneficiario quedar\u00e1 obligada al pago a la Administraci\u00f3n expropiante de una cantidad en concepto de contribuci\u00f3n al pago de justiprecio. Esta cuant\u00eda no podr\u00e1 ser \u00a0superior al 25% de los ingresos de la unidad familiar que convivan con el aut\u00f3nomo beneficiario.<\/p>\n

Procedimiento. Las solicitudes se tramitar\u00e1n seg\u00fan el orden riguroso de incoaci\u00f3n, salvo que, en supuestos de especial vulnerabilidad o en el caso de que el desahucio sea inminente y se dicte resoluci\u00f3n motivada, estableciendo lo contrario.<\/p>\n

Se entender\u00e1 que existe un supuesto de especial vulnerabilidad cuando el desahucio afecte a familias con menores de edad, mayores dependientes, personas con discapacidad, v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero o personas desempleadas sin derecho a prestaci\u00f3n.<\/p>\n

Todo esto ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n tambi\u00e9n a los procesos judiciales o extrajudiciales de ejecuci\u00f3n hipotecaria o apremio que se hubieran iniciado antes de la entrada en vigor de esta ley, en los que no se hubiese producido el desahucio o se hubiese producido despu\u00e9s de la entrada en vigor del mismo pero la vivienda est\u00e9 desocupada.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

Desde el 9 de octubre de 2013 est\u00e1 en vigor la nueva Ley de medidas para garantizar la funci\u00f3n social de la vivienda tras ser publicada en el BOJA. Tal y como ya informamos, gracias a esta norma, se declara de inter\u00e9s social la cobertura de necesidad de vivienda de las personas dadas de alta […]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[27449],"tags":[252,16603,334,14920,2840,24060,2236,554,12892,19202,16841,2225],"wps_subtitle":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/41608"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=41608"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/41608\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=41608"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=41608"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=41608"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}