{"id":420,"date":"2005-12-31T23:00:00","date_gmt":"2005-12-31T23:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/informaria.info\/?guid=09695b50ea946b68d9277a19341a0207"},"modified":"2018-01-09T18:28:07","modified_gmt":"2018-01-09T17:28:07","slug":"2006-buen-ano-para-el-trabajador-autonomo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/420\/2006-buen-ano-para-el-trabajador-autonomo\/","title":{"rendered":"2006, buen a\u00f1o para el trabajador aut\u00f3nomo"},"content":{"rendered":"<\/p>\n

Podr\u00edamos decir que este a\u00f1o 2006 va a ser un buen a\u00f1o para todos aquellos trabajadores incluidos en el RETA (R\u00e9gimen Especial Trabajadores Aut\u00f3nomos) de la Seguridad Social.<\/p>\n

Suele existir cierta confusi\u00f3n entre que tipo de personas est\u00e1n incluidas en dicho r\u00e9gimen, siendo la t\u00edpica imagen del aut\u00f3nomo aquella empresa regentada por una persona y como m\u00e1ximo uno o dos trabajadores contratados por cuenta ajena (tiendas de comestibles, kioscos, bares…). Dicha confusi\u00f3n es s\u00f3lo a nivel de calle, pues quien ha sufrido el \u201cr\u00e9gimen\u201d bien enterado que est\u00e1.<\/p>\n

El trabajador por cuenta propia o aut\u00f3nomo, va desde la Persona F\u00edsica que realiza por s\u00ed misma y directamente una actividad empresarial, hasta el administrador y\/o administradores de una Persona Jur\u00eddica (Sociedad Limitada, Sociedad An\u00f3nima, Cooperativa,…etc), estos \u00faltimos encuadrados en dicha modalidad desde el a\u00f1o 1995, hasta esa fecha los administradores pod\u00edan estar dados de alta en la Seguridad Social en el R\u00e9gimen General.<\/p>\n

Las cotizaciones que estos trabajadores realizan mensualmente, var\u00edan desde una base m\u00ednima de 785,81 \u20ac hasta una base m\u00e1xima de cotizaci\u00f3n de 2869,67 \u20ac. Dichas bases pueden variar seg\u00fan sean trabajadores con 50 a\u00f1os o m\u00e1s de edad, trabajadores con 30 a\u00f1os o menos de edad y mujeres de 45 a\u00f1os o m\u00e1s a\u00f1os de edad. <\/p>\n

En este a\u00f1o 2005 que acabamos de abandonar, el trabajador aut\u00f3nomo ha avanzado dir\u00edamos que bastante en cuanto a sus reivindicaciones hist\u00f3ricas.<\/p>\n

Uno se los derechos m\u00e1s importantes reconocidos ha sido entre otros el cobro por baja laboral a partir del cuarto d\u00eda de convalecencia. <\/p>\n

A veces he o\u00eddo a trabajadores por cuenta propia decir: \u201cNo tenemos derecho ni a ponernos malo\u201d. No les falta raz\u00f3n, pues aquel o aquella cuya base de cotizaci\u00f3n es m\u00ednima lo que le corresponde cobrar por la baja laboral, menos el pago mensual del seguro aut\u00f3nomo le queda una cantidad insignificante para poder vivir y mantener una carga familiar.
Este a\u00f1o 2006 se prev\u00e9 que sea un buen a\u00f1o para el colectivo a que hacemos referencia, entre otras cosas porque cada vez suena con mayor fuerza que existe la intenci\u00f3n del Ministerio de Trabajo de elaborar \u2018El Estatuto del Trabajador Aut\u00f3nomo\u2019, incluyendo entre otros los siguientes beneficios:<\/p>\n

* Se pretende crear lo que se denomina \u2018El Fondo de Garant\u00eda por Cese de Actividad\u2019, el cual ser\u00e1 financiado por los propios aut\u00f3nomos, asegur\u00e1ndose con ello una percepci\u00f3n econ\u00f3mica, pudiendo cobrar prestaci\u00f3n por cese de actividad, asease cobrar \u2018El Paro\u2019.<\/p>\n

* Se estudia la posibilidad de que pueda regularse el trabajo aut\u00f3nomo a tiempo parcial, jubilaci\u00f3n anticipada y protecci\u00f3n en caso de maternidad.<\/p>\n

* Se pretende beneficiar a los nuevos emprendedores durante los dos primeros a\u00f1os de actividad, no teniendo obligaci\u00f3n de cotizar durante ese periodo.<\/p>\n

* Otra figura que se estudia proteger es \u2018El Aut\u00f3nomo Dependiente estableciendo unas reglas que limiten su jornada laboral y un m\u00ednimo de vacaciones. <\/p>\n

Todo ello aunque pueda parecer ut\u00f3pico, puede ser realidad este a\u00f1o 2006. El colectivo de los trabajadores aut\u00f3nomos, es hoy d\u00eda important\u00edsimo dentro del mercado laboral y social donde nos desenvolvemos actualmente, merecen ser legislados con m\u00e1s seriedad por nuestros gobernantes, teniendo en cuenta que la gran mayor\u00eda al darse de alta en el RETA, est\u00e1n creando su propio puesto de trabajo. <\/p>\n

mailto:josevalero@economistas.org<\/a> >josevalero@economistas.org<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<\/p>\n

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Suele existir cierta confusi\u00f3n entre que tipo de personas est\u00e1n incluidas en dicho r\u00e9gimen, siendo la t\u00edpica imagen del aut\u00f3nomo aquella empresa regentada por una persona y como m\u00e1ximo uno o dos trabajadores contratados por cuenta ajena (tiendas de comestibles, kioscos, bares…). Dicha confusi\u00f3n es s\u00f3lo a nivel de calle, pues quien ha sufrido el \u201cr\u00e9gimen\u201d bien enterado que est\u00e1.<\/p>\n

El trabajador por cuenta propia o aut\u00f3nomo, va desde la Persona F\u00edsica que realiza por s\u00ed misma y directamente una actividad empresarial, hasta el administrador y\/o administradores de una Persona Jur\u00eddica (Sociedad Limitada, Sociedad An\u00f3nima, Cooperativa,…etc), estos \u00faltimos encuadrados en dicha modalidad desde el a\u00f1o 1995, hasta esa fecha los administradores pod\u00edan estar dados de alta en la Seguridad Social en el R\u00e9gimen General.<\/p>\n

Las cotizaciones que estos trabajadores realizan mensualmente, var\u00edan desde una base m\u00ednima de 785,81 \u20ac hasta una base m\u00e1xima de cotizaci\u00f3n de 2869,67 \u20ac. Dichas bases pueden variar seg\u00fan sean trabajadores con 50 a\u00f1os o m\u00e1s de edad, trabajadores con 30 a\u00f1os o menos de edad y mujeres de 45 a\u00f1os o m\u00e1s a\u00f1os de edad. <\/p>\n

En este a\u00f1o 2005 que acabamos de abandonar, el trabajador aut\u00f3nomo ha avanzado dir\u00edamos que bastante en cuanto a sus reivindicaciones hist\u00f3ricas.<\/p>\n

Uno se los derechos m\u00e1s importantes reconocidos ha sido entre otros el cobro por baja laboral a partir del cuarto d\u00eda de convalecencia. <\/p>\n

A veces he o\u00eddo a trabajadores por cuenta propia decir: \u201cNo tenemos derecho ni a ponernos malo\u201d. No les falta raz\u00f3n, pues aquel o aquella cuya base de cotizaci\u00f3n es m\u00ednima lo que le corresponde cobrar por la baja laboral, menos el pago mensual del seguro aut\u00f3nomo le queda una cantidad insignificante para poder vivir y mantener una carga familiar.
Este a\u00f1o 2006 se prev\u00e9 que sea un buen a\u00f1o para el colectivo a que hacemos referencia, entre otras cosas porque cada vez suena con mayor fuerza que existe la intenci\u00f3n del Ministerio de Trabajo de elaborar \u2018El Estatuto del Trabajador Aut\u00f3nomo\u2019, incluyendo entre otros los siguientes beneficios:<\/p>\n

* Se pretende crear lo que se denomina \u2018El Fondo de Garant\u00eda por Cese de Actividad\u2019, el cual ser\u00e1 financiado por los propios aut\u00f3nomos, asegur\u00e1ndose con ello una percepci\u00f3n econ\u00f3mica, pudiendo cobrar prestaci\u00f3n por cese de actividad, asease cobrar \u2018El Paro\u2019.<\/p>\n

* Se estudia la posibilidad de que pueda regularse el trabajo aut\u00f3nomo a tiempo parcial, jubilaci\u00f3n anticipada y protecci\u00f3n en caso de maternidad.<\/p>\n

* Se pretende beneficiar a los nuevos emprendedores durante los dos primeros a\u00f1os de actividad, no teniendo obligaci\u00f3n de cotizar durante ese periodo.<\/p>\n

* Otra figura que se estudia proteger es \u2018El Aut\u00f3nomo Dependiente estableciendo unas reglas que limiten su jornada laboral y un m\u00ednimo de vacaciones. <\/p>\n

Todo ello aunque pueda parecer ut\u00f3pico, puede ser realidad este a\u00f1o 2006. El colectivo de los trabajadores aut\u00f3nomos, es hoy d\u00eda important\u00edsimo dentro del mercado laboral y social donde nos desenvolvemos actualmente, merecen ser legislados con m\u00e1s seriedad por nuestros gobernantes, teniendo en cuenta que la gran mayor\u00eda al darse de alta en el RETA, est\u00e1n creando su propio puesto de trabajo. <\/p>\n

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