{"id":431,"date":"2004-04-30T22:00:00","date_gmt":"2004-04-30T22:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/informaria.info\/?guid=26586437d9a319bc4c6c973bc6247860"},"modified":"2018-01-09T18:28:26","modified_gmt":"2018-01-09T17:28:26","slug":"politicas-activas-de-empleo-por-buen-camino","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/431\/politicas-activas-de-empleo-por-buen-camino\/","title":{"rendered":"Pol\u00edticas activas de empleo, por buen camino"},"content":{"rendered":"

Una vez realizadas las transferencias de las Pol\u00edticas Activas de Empleo, en virtud de lo cual y seg\u00fan Real Decreto 467\/2003 de 25 de abril se traspasa del Estado a la Junta de Andaluc\u00eda -v\u00eda Servicio Andaluz de Empleo-, la competencia en materia de Programas de Formaci\u00f3n y Empleo, tales como Escuelas Taller, Casas de Oficio, Talleres de Empleo y Unidades de Promoci\u00f3n y Desarrollo.<\/p>\n

Curiosamente, hace s\u00f3lo unos d\u00edas, concretamente el 15 de abril de 2004, se publica en el Bolet\u00edn Oficial de la Junta de Andaluc\u00eda n\u00famero 73, la Orden de 8 de marzo, por la que se regulan dichos Programas de Formaci\u00f3n en alternancia con el empleo.<\/p>\n

Creo que, todos o casi todos los Ayuntamientos de los pueblos y ciudades, consorcios, asociaciones, fundaciones y otras entidades sin \u00e1nimo de lucro de nuestra querida Andaluc\u00eda, esperaban como agua de mayo, que dicha normativa reguladora fuese publicada lo antes posible.<\/p>\n

D\u00e1ndole un repaso a la Orden, compruebo muy gratamente, que la filosof\u00eda con que nacieron los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo, no ha cambiado para nada; yendo un poco m\u00e1s lejos, no se ha modificado ni la denominaci\u00f3n de estos programas, cosa que algunos dud\u00e1bamos hace unos meses. En definitiva, no ha cambiado pr\u00e1cticamente casi nada, cosa l\u00f3gica, dado que cambiar un producto que ha funcionado bien durante a\u00f1os no es lo m\u00e1s recomendable, aunque siempre se podr\u00e1 mejorar.<\/p>\n

La filosofia sigue siendo la misma, formaci\u00f3n a determinados colectivos desfavorecidos en el mercado laboral, alternando el aprendizaje y la cualificaci\u00f3n con un trabajo productivo en actividades relacionadas con el mantenimiento de entornos urbanos, rurales y del medio ambiente, recuperaci\u00f3n y promoci\u00f3n del patrimonio art\u00edstico, hist\u00f3rico, cultural o natural, actividades de inter\u00e9s p\u00fablico, social o artesanal, sobre todo aquellas actividades que permitan la inserci\u00f3n, a trav\u00e9s de la profesionalizaci\u00f3n y adquisici\u00f3n de experiencia, de los alumnos trabajadores participantes, como as\u00ed expone la propia Orden en su publicaci\u00f3n.<\/p>\n

Existen una serie de m\u00f3dulos complementarios obligatorios, cuyo contenido lo determinar\u00e1 el Servicio Andaluz de Empleo, completando los ya existentes antes de las transferencias del Estado a la Junta de Andaluc\u00eda. Estos m\u00f3dulos complementarios son:
\n*M\u00f3dulo de Alfabetizaci\u00f3n Inform\u00e1tica.
\n*M\u00f3dulo de Prevenci\u00f3n de Riesgos Laborales.
\n*M\u00f3dulo de Sensibilizaci\u00f3n Medioambiental.
\n*M\u00f3dulo de Fomento de la Actividad Emprendedora.
\n*M\u00f3dulo de Igualdad de G\u00e9nero.
\n*M\u00f3dulo de Igualdad de Colectivos Desfavorecidos.<\/p>\n

En realidad, la mayor\u00eda de estos m\u00f3dulos ya se estaban realizando en estos Programas de Formaci\u00f3n y Empleo antes de estar regulados en normativa alguna.<\/p>\n

Tendr\u00e1n preferencia para formar parte de dichos programas los siguientes colectivos:<\/p>\n

*Usuarios de Andaluc\u00eda Orienta.
\n*Mujeres.
\n*Demandantes de empleo de larga duraci\u00f3n.
\n*Demandantes de empleo en riesgo de exclusi\u00f3n. Tales como discapacitados, minor\u00edas \u00e9tnicas, inmigrantes legalmente documentados, etc.<\/p>\n

Excepcionalmente, y seg\u00fan la disposici\u00f3n transitoria primera de la Orden, las solicitudes para acogerse al programa de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo se presentar\u00e1n en el plazo de un mes a partir de la publicaci\u00f3n de esta en el BOJA, es decir hasta el 15 de mayo de 2004.<\/p>\n

Un problema general que tienen la mayor\u00eda de Ayuntamientos no es otro que la l\u00edquidez necesaria para poner en marcha y mantener durante su periodo legal este tipo de programas. Hasta ahora era solventado dicho problema recibiendo transferencias puntualmente en el momento de comienzo de cada fase del proyecto, siendo \u00e9sta una de las asignaturas pendientes de la Junta de Andaluc\u00eda, ya que algunos programas tardan un a\u00f1o en cobrarse desde que se emite la resoluci\u00f3n. Aqu\u00ed habr\u00e1 que adelantar el dinero correspondiente a cada fase, para que el proyecto funcione y no tengamos que ver im\u00e1genes de monitores y alumnos-trabajadores, a las puertas de los ayuntamientos para poder cobrar.<\/p>\n

Esperemos que los proyectos sean aprobados o denegados atendiendo fundamentalmente a razones t\u00e9cnicas, as\u00ed como a la calidad de los proyectos, dejando a un lado el color pol\u00edtico de cada ayuntamiento. Ello se cree un tanto dif\u00edcil, dados los precedentes de estos programas en a\u00f1os anteriores, cuando abundaban en unos pueblos y escaseaban en otros. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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