{"id":432,"date":"2004-03-31T22:00:00","date_gmt":"2004-03-31T22:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/informaria.info\/?guid=faba7143b8e4bfef8f011dcac688716d"},"modified":"2018-01-09T18:28:27","modified_gmt":"2018-01-09T17:28:27","slug":"la-proteccion-oficial-y-el-incremento-de-impuestos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/432\/la-proteccion-oficial-y-el-incremento-de-impuestos\/","title":{"rendered":"La protecci\u00f3n oficial y \nel incremento de impuestos"},"content":{"rendered":"

Nos encontramos en plena resaca electoral, cambio de gobierno, nuevas iniciativas, ilusiones renovadas para muchos ciudadanos…, promesas pendientes de cumplir por nuestros mandatarios pol\u00edticos en los pr\u00f3ximos cuatro a\u00f1os. <\/p>\n

Uno de los puntos claves de todo el programa electoral de los grandes partidos pol\u00edticos, tanto a nivel nacional como auton\u00f3mico, ha sido ‘La pol\u00edtica de viviendas’, compromiso p\u00fablico incluido del presidente de todos los andaluces a construir en esta legislatura -que acaba de comenzar con mayor\u00eda absoluta -, una vivienda de protecci\u00f3n oficial por cada dos viviendas construidas en nuestro territorio. Curiosamente, se rumorea -puede que cuando usted est\u00e9 leyendo el presente art\u00edculo haya pasado de rumor a hecho real- que se va a crear un Ministerio exclusivo para la Vivienda. <\/p>\n

Independientemente de promesas y rumores, y coincidiendo que el presente n\u00famero de la revista est\u00e1 dedicado a la vivienda, ser\u00eda interesante considerar que La pol\u00edtica de viviendas, ha ido marcada en todo momento por la situaci\u00f3n social de cada \u00e9poca, consider\u00e1ndose en todo momento la vivienda como bien de primera necesidad. <\/p>\n

La primera norma reguladora de viviendas protegidas en Espa\u00f1a, fue la Ley de Casas Baratas en 1911, dirigida fundamentalmente a salubridad e higiene de las viviendas. Han transcurrido muchos acontecimientos sociales e hist\u00f3ricos en nuestro pa\u00eds, desde la guerra civil hasta nuestros d\u00edas. Actualmente nos encontramos en una fase del Plan Nacional de Viviendas promulgado por Real Decreto 1\/2002, de 11 de enero, sobre medidas de financiaci\u00f3n de actuaciones protegidas 2002-2005, modificado por el Real Decreto 1042\/2003 de 1 de agosto. <\/p>\n

Las Comunidades Aut\u00f3nomas han elaborado sus propias normas en materia de vivienda y ordenaci\u00f3n del territorio, definiendo y desarrollando su propia pol\u00edtica de viviendas. Concretamente en Andaluc\u00eda, se encuentra en vigor el Decreto 8\/2003, de 21 de enero, por el que se acuerda la formulaci\u00f3n del IV Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2007, implicando a los Ayuntamientos en su iniciativa de fomentar la vivienda protegida a trav\u00e9s de:
\n*\tAcuerdos municipales de cesi\u00f3n de suelo.
\n*\tCl\u00e1usulas de eficacia.
\n*\tAcuerdos con entidades financieras.<\/p>\n

Entre las caracter\u00edsticas b\u00e1sicas de las Viviendas Protegidas, deben reunir las siguientes condiciones:
\n*\tDomicilio habitual y permanente. No segunda residencia.
\n*\tSuperficie \u00fatil m\u00e1xima de 70, 90 \u00f3 120 metros cuadrados, dependiendo si es familia numerosa o no.
\n*\tCumplimiento de las normas de dise\u00f1o y calidad.
\n*\tObtenci\u00f3n de Calificaci\u00f3n por el \u00f3rgano competente.<\/p>\n

Adem\u00e1s deben darse una serie de condiciones personales, tales como ingresos familiares, entre otras.<\/p>\n

Dentro de las actuaciones protegidas, tambi\u00e9n nos encontramos con las de R\u00e9gimen de Promoci\u00f3n Privada y Promoci\u00f3n P\u00fablica, siendo en ambos casos aplicable las caracter\u00edsticas b\u00e1sicas antes mencionadas. <\/p>\n

En cuanto a la financiaci\u00f3n de este tipo de viviendas protegidas, existe la posibilidad de obtener financiaci\u00f3n cualificada:
\n*\tPr\u00e9stamos cualificados concedidos por entidades Financieras \t\tacogidas a convenios especiales.
\n*\tAyudas econ\u00f3micas directas, tales como: subsidiaci\u00f3n de los \t\tprestamos cualificados, subvenciones al capital y otras ayudas \t\tecon\u00f3micas directas destinadas a facilitar el pago de la entrada para el primer acceso a la vivienda en propiedad.<\/p>\n

Todas estas ayudas estar\u00e1n sometidas al cumplimiento de los requisitos, condiciones, plazos y l\u00edmites establecidos por el Ministerio de Fomento y la comunidad aut\u00f3noma correspondiente, en este caso, corresponde a la comunidad andaluza, resolver los diferentes expedientes de solicitud de ayudas planteados, as\u00ed como gestionar el pago de las subvenciones concedidas.<\/p>\n

En informe recibido del Registro de Economistas fiscales, en el cual se desglosan los costes fiscales asociados a la adquisici\u00f3n de viviendas, se concluye que el 18,30% del proceso productivo de la vivienda est\u00e1 gravado con una cantidad importante de tributos. Tributos locales, auton\u00f3micos y estatales.<\/p>\n

Curiosamente los impuestos cedidos a comunidades aut\u00f3nomas -entre ellas Andaluc\u00eda-, han sido los que m\u00e1s han subido. En Actos Jur\u00eddicos se ha incrementado un 100%, pasando del 0,5% al 1%, y en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales el incremento es del 16%, pasando el tipo del 6% al 7%. Las comunidades aut\u00f3nomas est\u00e1n sacando partido fiscalmente del ‘boom’ de la vivienda.<\/p>\n

Lejos de promesas de campa\u00f1a, si de verdad se quiere, es una buena oportunidad de abaratar la vivienda, bajando -o por lo menos sin subir a\u00fan m\u00e1s- los impuestos. <\/p>\n

josevalero@economistas.org<\/a> <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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