{"id":54065,"date":"2014-07-09T05:07:09","date_gmt":"2014-07-09T05:07:09","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=54065"},"modified":"2014-07-09T11:08:07","modified_gmt":"2014-07-09T11:08:07","slug":"nuevo-tipo-de-retencion-para-autonomos-con-rendimientos-inferiores-15-000-euros","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/54065\/nuevo-tipo-de-retencion-para-autonomos-con-rendimientos-inferiores-15-000-euros\/","title":{"rendered":"Nuevo tipo de retenci\u00f3n para aut\u00f3nomos con rendimientos inferiores a 15.000 euros"},"content":{"rendered":"

El Real Decreto-ley 8\/2014, de 4 de julio, de aprobaci\u00f3n de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, publicado en el BOE del 5 de julio, recoge una amplia serie de\u00a0medidas en materia fiscal y tributaria<\/a>, entre las que destaca las\u00a0reducci\u00f3n de la retenciones para aut\u00f3nomos y profesionales con rendimientos inferiores a 15.000 \u20ac al 15%<\/b>, frente al 21% que se ven\u00eda aplicando hasta ahora. Esta norma ha entrado en vigor desde el mismo d\u00eda de su publicaci\u00f3n, por lo que, el sistema de retenciones queda, de la siguiente forma:<\/p>\n

\n\n\n\n\n\n
RETENCIONES IRPF para rendimientos de actividades profesionales<\/b><\/td>\n\n

IRPF 2014 HASTA JULIO<\/b><\/p>\n<\/td>\n

\n

IRPF 2014 A PARTIR DE JULIO<\/b><\/p>\n<\/td>\n

\n

IRPF 2015<\/b><\/p>\n<\/td>\n

\n

IRPF 2016<\/b><\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n

Con car\u00e1cter general<\/td>\n\n

21%<\/p>\n<\/td>\n

\n

21%<\/p>\n<\/td>\n

\n

20%<\/p>\n<\/td>\n

\n

19%<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n

Con volumen de rendimientos \u00edntegros inferior a15.000\u00a0euros al a\u00f1o<\/td>\n\n

21%<\/p>\n<\/td>\n

\n

15%<\/b><\/b><\/p>\n<\/td>\n

\n

15%<\/b><\/b><\/p>\n<\/td>\n

\n

15%<\/b><\/b><\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n

 <\/p>\n

Con esta decisi\u00f3n el Gobierno eleva de 12.000 \u20ac, cantidad que figuraba en el borrador de reforma fiscal, a 15.000 \u20ac los rendimientos anuales de los aut\u00f3nomos que podr\u00e1n aplicar la retenci\u00f3n del 15 % desde el s\u00e1bado 5 de julio.<\/p>\n

\"\"<\/a>La Secretaria General de UPTA Andaluc\u00eda, In\u00e9s Mazuela, ha valorado positivamente la medida, se\u00f1alando, que \u201cfavorecer\u00e1 a unos 280.000 aut\u00f3nomos, ya que al pasar de 12000 a 15000 \u20ac, setenta mil aut\u00f3nomos m\u00e1s de los previstos podr\u00e1n beneficiarse de esta reducci\u00f3n\u201d<\/p>\n

No obstante, para Mazuela \u201cesta medida debe acompa\u00f1arse de la reducci\u00f3n de los tipos generales por debajo de las previsiones, pasando en 2015 del 20 previsto al 18% y en 2016 del 19 al 17% y as\u00ed lo hemos solicitado al Gobierno en el plazo de alegaciones de la anunciada Reforma Fiscal. Esta retenci\u00f3n se aplica sobre el monto bruto de la factura, sin tener en cuenta los gastos deducibles, por lo que su efecto en la renta de cada aut\u00f3nomo es al menos de un 20% m\u00e1s, raz\u00f3n por la que los tipos muy altos pueden resultar pr\u00e1cticamente\u00a0confiscatorios\u201d<\/p>\n

Junto con \u00e9sta petici\u00f3n, UPTA ha solicitado tambi\u00e9n que no se establezcan l\u00edmites de porcentaje de emisi\u00f3n de facturas a los Trabajadores Aut\u00f3nomos Econ\u00f3micamente Dependientes que por su propia naturaleza jur\u00eddica deben emitir facturas necesariamente a su empresa cliente principal, aunque muchos de los servicios sean finalmente a los consumidores. Por lo que se refiere al R\u00e9gimen de M\u00f3dulos, UPTA considera que los l\u00edmites m\u00e1ximos propuestos por el Anteproyecto de 150.000 euros de facturaci\u00f3n y 75.000 en facturas a otros empresarios para poder acceder al sistema deben modificarse al alza en el caso del transporte de mercanc\u00edas. Este sector, por el alto coste de los consumos, especialmente del combustible, debe facturar en algunos casos por encima de estas cantidades para poder acceder a una renta neta suficiente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

El Real Decreto-ley 8\/2014, de 4 de julio, de aprobaci\u00f3n de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, publicado en el BOE del 5 de julio, recoge una amplia serie de\u00a0medidas en materia fiscal y tributaria, entre las que destaca las\u00a0reducci\u00f3n de la retenciones para aut\u00f3nomos y profesionales con rendimientos inferiores a […]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[27451],"tags":[],"wps_subtitle":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/54065"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=54065"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/54065\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=54065"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=54065"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=54065"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}