{"id":62077,"date":"2015-03-19T11:15:03","date_gmt":"2015-03-19T09:15:03","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=62077"},"modified":"2015-03-19T11:15:03","modified_gmt":"2015-03-19T09:15:03","slug":"la-comision-presenta-el-paquete-sobre-transparencia-fiscal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/62077\/la-comision-presenta-el-paquete-sobre-transparencia-fiscal\/","title":{"rendered":"La Comisi\u00f3n presenta el Paquete sobre Transparencia Fiscal"},"content":{"rendered":"

La Comisi\u00f3n Europea ha presentado un paquete de medidas sobre transparencia fiscal integrado en su ambicioso programa<\/a> de lucha contra la elusi\u00f3n del impuesto de sociedades y la competencia fiscal perniciosa en la UE. Uno de los elementos fundamentales de este paquete es la propuesta destinada a introducir el intercambio autom\u00e1tico de informaci\u00f3n entre los Estados miembros en relaci\u00f3n con sus resoluciones fiscales.<\/p>\n

Se considera que la elusi\u00f3n del impuesto de sociedades supone una merma de los presupuestos de los Estados miembros de la UE cifrada en varios miles de millones de euros anuales. La elusi\u00f3n socava asimismo el principio de reparto equitativo de la carga tributaria entre los contribuyentes y afecta a la competencia leal entre empresas. Estas \u00faltimas se amparan en la complejidad de las normas en materia fiscal y la falta de cooperaci\u00f3n entre los Estados miembros para trasladar sus beneficios y reducir al m\u00ednimo sus impuestos. Por tanto, el refuerzo de la transparencia y la cooperaci\u00f3n es vital en la lucha contra la planificaci\u00f3n fiscal agresiva y las pr\u00e1cticas fiscales abusivas.<\/p>\n

El paquete sobre transparencia fiscal tiene por objeto garantizar que los Estados miembros dispongan de la informaci\u00f3n necesaria para proteger sus bases imponibles e identificar con eficacia a las empresas que intentan eludir el pago de la parte de impuestos que les corresponde.<\/p>\n

Transparencia de las resoluciones fiscales<\/strong><\/p>\n

El elemento central del paquete de transparencia que se presenta hoy es una propuesta legislativa destinada a lograr una mayor cooperaci\u00f3n entre los Estados miembros en lo que respecta a sus resoluciones fiscales transfronterizas. Esta propuesta pretende inaugurar una nueva era de transparencia.<\/p>\n

En la actualidad, los Estados miembros intercambian muy poca informaci\u00f3n sobre sus resoluciones en materia fiscal. Cada Estado miembro decide de forma discrecional si una determinada resoluci\u00f3n fiscal puede ser relevante para otro pa\u00eds de la UE. Como consecuencia de ello, los Estados miembros desconocen a menudo las resoluciones fiscales transfronterizas adoptadas en otro Estado miembro de la UE que pueden afectar a sus propias bases imponibles. La falta de transparencia en materia de resoluciones fiscales est\u00e1 siendo aprovechada por determinadas empresas para reducir artificialmente su cuota tributaria.<\/p>\n

Para remediar esta situaci\u00f3n, la Comisi\u00f3n propone la supresi\u00f3n de ese margen de discreci\u00f3n e interpretaci\u00f3n. A partir de ahora, los Estados miembros estar\u00e1n obligados al intercambio autom\u00e1tico de informaci\u00f3n sobre sus resoluciones fiscales. La Comisi\u00f3n propone fijar un calendario preciso: cada tres meses, las autoridades tributarias nacionales deber\u00e1n enviar a los dem\u00e1s Estados miembros un breve informe sobre todas las resoluciones fiscales transfronterizas que hayan adoptado. A continuaci\u00f3n, los Estados miembros podr\u00e1n solicitar informaci\u00f3n m\u00e1s detallada en relaci\u00f3n con una determinada resoluci\u00f3n.<\/p>\n

El intercambio autom\u00e1tico de informaci\u00f3n en materia de resoluciones fiscales permitir\u00e1 a los Estados miembros detectar determinadas pr\u00e1cticas fiscales abusivas por parte de las empresas y reaccionar ante ellas adoptando las medidas oportunas. Por otra parte, este intercambio deber\u00eda fomentar asimismo una competencia fiscal m\u00e1s leal, ya que las autoridades tributarias ser\u00e1n menos proclives a ofrecer a las empresas un trato fiscal selectivo una vez que sus pr\u00e1cticas puedan ser controladas por sus hom\u00f3logos.<\/p>\n

Otras iniciativas en favor de la transparencia fiscal<\/strong><\/p>\n

El paquete incluye tambi\u00e9n una Comunicaci\u00f3n en la que se esbozan otras iniciativas para hacer avanzar el programa de transparencia fiscal en la UE. Dichas iniciativas son las siguientes:<\/p>\n

– Evaluaci\u00f3n de la posible introducci\u00f3n de nuevos requisitos de transparencia destinados a las multinacionales.\u00a0La Comisi\u00f3n examinar\u00e1 la viabilidad de introducir nuevos requisitos de transparencia destinados a las empresas, como, por ejemplo, la divulgaci\u00f3n p\u00fablica de determinada informaci\u00f3n fiscal por parte de las multinacionales. Es preciso sopesar cuidadosamente los objetivos, ventajas y riesgos de una iniciativa de este tipo. As\u00ed pues, la Comisi\u00f3n evaluar\u00e1 el impacto de los eventuales requisitos de transparencia adicionales para contribuir a la adopci\u00f3n de una decisi\u00f3n fundada al respecto en una fase ulterior.<\/p>\n

– Revisi\u00f3n del C\u00f3digo de Conducta sobre la fiscalidad de las empresas.\u00a0El C\u00f3digo de Conducta sobre la fiscalidad de las empresas es uno de los principales instrumentos de que dispone la UE para garantizar una competencia leal en materia de impuesto de sociedades. Dicho C\u00f3digo establece los criterios que determinan si un r\u00e9gimen fiscal es pernicioso o no, y exige a los Estados miembros la supresi\u00f3n de las medidas fiscales perniciosas incompatibles con sus disposiciones. Los Estados miembros se re\u00fanen peri\u00f3dicamente para evaluar su conformidad con el C\u00f3digo. Pero en los \u00faltimos a\u00f1os, el C\u00f3digo ha perdido cierta eficacia a la hora de combatir los sistemas fiscales perniciosos, dado que los criterios que se recogen en \u00e9l no tienen en cuenta los mecanismos m\u00e1s sofisticados de elusi\u00f3n del impuesto de sociedades. As\u00ed pues, la Comisi\u00f3n colaborar\u00e1 con los Estados miembros en la revisi\u00f3n del C\u00f3digo de conducta, y del mandato del Grupo \u00abC\u00f3digo de conducta\u00bb con el fin de dotarlo de mayor eficacia para garantizar una competencia fiscal leal y transparente dentro de la UE.<\/p>\n

– Cuantificaci\u00f3n de la magnitud de la evasi\u00f3n y la elusi\u00f3n fiscales.\u00a0La Comisi\u00f3n, junto con Eurostat, colaborar\u00e1 con los Estados miembros para analizar la manera de conseguir una estimaci\u00f3n fiable del nivel de evasi\u00f3n y elusi\u00f3n fiscales existente. Cada vez est\u00e1 m\u00e1s demostrado que la evasi\u00f3n y la elusi\u00f3n fiscales est\u00e1n generalizadas y provocan importantes p\u00e9rdidas de ingresos. Sin embargo, hasta le fecha, no se ha logrado cuantificar exactamente la magnitud y el impacto de estos problemas. Contar con estad\u00edsticas fiables al respecto contribuir\u00eda a determinar con mayor precisi\u00f3n las medidas estrat\u00e9gicas necesarias para combatirlos.<\/p>\n

– Derogaci\u00f3n de la Directiva sobre la fiscalidad del ahorro.\u00a0La Comisi\u00f3n propone derogar la Directiva sobre la fiscalidad del ahorro, ya que dicho texto ha quedado obsoleto debido a la adopci\u00f3n de legislaci\u00f3n de la UE m\u00e1s ambiciosa, en virtud de la cual se ampl\u00eda al m\u00e1ximo el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del intercambio autom\u00e1tico de informaci\u00f3n sobre cuentas financieras, incluidos los rendimientos del ahorro (IP\/13\/530)<\/a>. La derogaci\u00f3n de la Directiva sobre fiscalidad de ahorro crear\u00e1 un marco simplificado para el intercambio autom\u00e1tico de informaci\u00f3n financiera y evitar\u00e1 toda inseguridad jur\u00eddica o carga administrativa adicional que afecte a las empresas y las autoridades tributarias.<\/p>\n

Pr\u00f3ximas etapas<\/strong><\/p>\n

Las dos propuestas legislativas de este paquete se presentar\u00e1n ante el Parlamento Europeo a efectos de consulta y ante el Consejo para que proceda a su adopci\u00f3n. Los Estados miembros deber\u00edan ponerse de acuerdo sobre la propuesta relativa a las resoluciones fiscales antes de finales de 2015, de modo que esta pueda entrar en vigor el 1 de enero de 2016.<\/p>\n

Habida cuenta de que el Consejo Europeo de diciembre de 2014 inst\u00f3 a la Comisi\u00f3n a que elaborara esta propuesta, cabe esperar un compromiso pol\u00edtico pleno sobre el logro de un acuerdo en los plazos oportunos.<\/p>\n

El pr\u00f3ximo hito ser\u00e1 un plan de acci\u00f3n en relaci\u00f3n con el impuesto de sociedades que se presentar\u00e1 antes del verano. Este segundo plan de acci\u00f3n se centrar\u00e1 en las medidas para conseguir un impuesto de sociedades m\u00e1s equitativo y eficaz dentro del mercado \u00fanico, y en su marco se volver\u00e1 a proponer la base imponible consolidada com\u00fan del impuesto de sociedades (BICCIS) y se aportaran ideas para la integraci\u00f3n de las nuevas acciones de la OCDE y el G20 destinadas a combatir la erosi\u00f3n de la base imponible y el traslado de beneficios (BEPS) a escala de la UE.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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