{"id":65411,"date":"2015-08-03T11:27:09","date_gmt":"2015-08-03T09:27:09","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=65411"},"modified":"2018-01-09T17:21:51","modified_gmt":"2018-01-09T16:21:51","slug":"aprobada-por-el-ministerio-de-agricultura-la-nueva-dop-jabugo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/65411\/aprobada-por-el-ministerio-de-agricultura-la-nueva-dop-jabugo\/","title":{"rendered":"Aprobada por el Ministerio de Agricultura la nueva DOP \u2018Jabugo\u2019"},"content":{"rendered":"

Con la publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial del Estado, de hoy s\u00e1bado, de la Resoluci\u00f3n firmada por la Directora de Industria Agroalimentaria, se ha autorizado el cambio de nombre a \u2018Jabugo\u2019 de la actual Denominaci\u00f3n de Origen Protegida. Guillermo Garc\u00eda-Palacios \u00c1lvarez, como presidente del Consejo Regulador de la DOP, ha calificado de \u201chito hist\u00f3rico esta aprobaci\u00f3n por parte del Ministerio de Agricultura, pues era algo que el sector ven\u00edan reclamando desde 40 a\u00f1os\u201d.<\/p>\n

El presidente de la nueva DOP \u2018Jabugo\u2019 no pod\u00eda ocultar su \u201cenorme satisfacci\u00f3n por el paso dado ya que \u201ces la marca agroalimentaria espa\u00f1ola de mayor reconocimiento a nivel internacional, y con ello se abren unas excelentes perspectivas para toda la Sierra de Huelva\u201d. Record\u00f3 el acuerdo alcanzado y firmado, en el mismo Ayuntamiento de Jabugo, el pasado 12 de marzo, con S\u00e1nchez Romero Carvajal Jabugo, SA, tras a\u00f1os de conversaciones, lo que ha permitido que se pueda dar v\u00eda libre ahora a esta resoluci\u00f3n ministerial.<\/p>\n

\u00a0<\/strong>De esta forma la marca \u2018Jabugo\u2019 ser\u00e1 referente de los jamones de m\u00e1xima calidad, representada por bellota 100% ib\u00e9rico. Una vez aprobada la Norma del Ib\u00e9rico el a\u00f1o pasado, el siguiente paso era el cambio de nombre de la Denominaci\u00f3n de Origen para dar una mayor proyecci\u00f3n al producto m\u00e1s internacional de la gastronom\u00eda espa\u00f1ola. Actualmente, \u2018Jabugo\u2019 es un t\u00e9rmino reconocido internacionalmente y vinculado como marca con el lugar geogr\u00e1fico donde se dan las condiciones micro clim\u00e1ticas excepcionales para elaborar los jamones m\u00e1s exclusivos a nivel mundial. Con esta resoluci\u00f3n publicada este s\u00e1bado en el BOE, seg\u00fan Guillermo Garc\u00eda-Palacios \u00c1lvarez, \u201ctoda la Sierra de Huelva sale beneficiada y para los productores se activar\u00e1n las cifras de venta en el mercado nacional e internacional; as\u00ed como, se lograr\u00e1 la protecci\u00f3n del nombre \u2018Jabugo\u2019 por las administraciones p\u00fablicas tanto nacionales como europeas\u201d.<\/p>\n

En sus declaraciones, el presidente de la DOP, Guillermo Garc\u00eda-Palacios \u00c1lvarez, recordaba que existe un \u201cacta de marzo del 76, casi 40 a\u00f1os ya, en la que ganaderos e industriales del sector quisieron hacer lo que ahora se ha conseguido\u201d ya que \u201ccon la resoluci\u00f3n publicada salen beneficiados, sin duda, los diversos escalones productivos\u201d puesto que \u201ctodos ellos estar\u00e1n a partir de la publicaci\u00f3n en el BOE bajo una misma y \u00fanica marca agroalimentaria, que queda certificada y protegida por el propio Ministerio de Agricultura, Alimentaci\u00f3n y Medio Ambiente\u201d, lo que \u201cservir\u00e1 \u2013finaliz\u00f3- para \u201cun mayor desarrollo econ\u00f3mico, gastron\u00f3mico, tur\u00edstico, y tambi\u00e9n cultural, tanto de la comarca como de la provincia de Huelva\u201d.<\/p>\n

RESOLUCION QUE PUBLICA EL BOE<\/strong><\/p>\n

La resoluci\u00f3n firmada el d\u00eda 30 de julio por la Direcci\u00f3n General de Industria Agroalimentaria y que publica el BOE de hoy s\u00e1bado, d\u00eda 1 de agosto, hace constar: \u201cCon fecha 10 de septiembre de 2008 tuvo entrada en la entonces Direcci\u00f3n General de Industria y Mercados Alimentarios del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino la propuesta del Consejo Regulador de la Denominaci\u00f3n de Origen Protegida (DOP) \u00abJam\u00f3n de Huelva\u00bb de modificaci\u00f3n de su pliego de condiciones, incluyendo el cambio de nombre a \u00abJabugo\u00bb e introduciendo una serie de modificaciones de car\u00e1cter t\u00e9cnico.<\/p>\n

Dicha solicitud dio lugar al correspondiente expediente que, por sus tr\u00e1mites, entre los que figuraba el per\u00edodo de oposici\u00f3n durante el cual varias entidades mercantiles se opusieron a la modificaci\u00f3n del pliego de condiciones en lo que respecta al cambio de nombre, seguidos de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1069\/2007, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento para la tramitaci\u00f3n de las solicitudes de inscripci\u00f3n en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geogr\u00e1ficas protegidas y la oposici\u00f3n a ellas, dio lugar a la Resoluci\u00f3n de 21 de enero de 2010, de la Directora General de Industria y Mercados Alimentarios, que no estim\u00f3 justificado el cambio de nombre de \u00abJam\u00f3n de Huelva\u00bb a \u00abJabugo\u00bb, aunque s\u00ed las modificaciones t\u00e9cnicas propuestas, otorg\u00e1ndose, en consecuencia, decisi\u00f3n favorable parcial a la modificaci\u00f3n a la modificaci\u00f3n del pliego de condiciones de la DOP.<\/p>\n

Interpuesto recursos de alzada por la interesada, fue inadmitido mediante resoluci\u00f3n de 14 de mayo de 2012, asimismo recurrida ante la jurisdicci\u00f3n contencioso-administrativa, por el Consejo Regulador de la denominaci\u00f3n, lo que ha dado lugar a la sentencia 448, de 25 de julio de 2014 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, mediante la cual y con anulaci\u00f3n de la Resoluci\u00f3n impugnada, se reconoce la modificaci\u00f3n del pliego de condiciones en lo relativo al cambio de nombre, que deber\u00e1 tramitarse ante la Comisi\u00f3n Europea y, asimismo, la protecci\u00f3n nacional transitoria a la Denominaci\u00f3n de Origen Protegida \u00abJabugo\u00bb prevista en el art\u00edculo 5.6 del Reglamento (CE) 510\/2006.<\/p>\n

En consecuencia, dando cumplimiento a la citada sentencia, de conformidad con lo prevenido en los art\u00edculos 53 y 49.4 del Reglamento (UE) 1151\/2012, de 21 de noviembre de 2012, sobre los reg\u00edmenes de calidad de los productos agr\u00edcolas y alimenticios, y de acuerdo con las facultades atribuidas a esta Direcci\u00f3n General por el Real Decreto 1335\/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitaci\u00f3n de las solicitudes de inscripci\u00f3n de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geogr\u00e1ficas protegidas en el registro comunitario y la oposici\u00f3n a ellas, resuelvo adoptar decisi\u00f3n favorable a la modificaci\u00f3n del pliego de condiciones de la Denominaci\u00f3n de Origen Protegida (DOP) \u00abJam\u00f3n de Huelva\u00bb, incluyendo el cambio de nombre a \u00abJabugo\u00bb, las modificaciones de car\u00e1cter t\u00e9cnico solicitadas por el Consejo Regulador de la denominaci\u00f3n y adapt\u00e1ndolo a la nueva normativa sectorial, el Real Decreto 4\/2014, de 10 de enero, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jam\u00f3n, la paleta y la ca\u00f1a de lomo ib\u00e9rico, y ordenar la publicaci\u00f3n de esta resoluci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n

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