{"id":65779,"date":"2015-08-19T13:30:39","date_gmt":"2015-08-19T11:30:39","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=65779"},"modified":"2015-08-19T13:30:39","modified_gmt":"2015-08-19T11:30:39","slug":"vehiculos-fuga","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/65779\/vehiculos-fuga\/","title":{"rendered":"Veh\u00edculos a la fuga"},"content":{"rendered":"

\"MOTOR\"El despacho de abogados Sanahuja Miranda informa de que pautas se deben de llevar a cabo en los casos en los que el veh\u00edculo causante de un accidente se d\u00e9 a la fuga o no est\u00e9 asegurado. Para ello, se debe de terner en cuenta la normativa del Consorcio de compensaci\u00f3n de Seguros (CCS) a la hora de reclamar por las lesiones sufridas.<\/p>\n

El CCS es una entidad p\u00fablica con personalidad jur\u00eddica propia cuya actividad est\u00e1 sujeta al ordenamiento jur\u00eddico privado, debiendo someter su actuaci\u00f3n a la Ley de Ordenaci\u00f3n y Supervisi\u00f3n de los Seguros Privados, y a la Ley de Contrato de Seguro. Las actividades del CCS se enmarcan en las funciones aseguradoras y no aseguradoras que legalmente tiene encomendadas, cabiendo destacar respecto de las primeras su car\u00e1cter subsidiario, siendo su actuaci\u00f3n, por lo general, la de un asegurador directo en defecto de participaci\u00f3n del mercado privado, y tambi\u00e9n la propia de un fondo de garant\u00eda en determinadas circunstancias de falta de seguro, insolvencia del asegurador, etc, cuando de forma subsidiaria y actuando como organismo de compensaci\u00f3n asumir\u00e1 el abono de la indemnizaci\u00f3n correspondiente al damnificado o v\u00edctima del suceso.<\/p>\n

As\u00ed pues, le corresponde al CCS como responsable subsidiario, dentro del \u00e1mbito territorial y hasta el l\u00edmite cuantitativo del aseguramiento obligatorio hacerse cargo como \u00f3rgano de garant\u00eda de la indemnizaci\u00f3n cuando se produzcan da\u00f1os en un accidente con nuestro veh\u00edculo en las siguientes circunstancias:<\/p>\n

1. Veh\u00edculo Desconocido<\/strong>: En este caso el CCS deber\u00e1 cubrir los da\u00f1os a las personas en aquellos siniestros ocurridos dentro del territorio Espa\u00f1ol en los que el veh\u00edculo causante se da a la fuga o es desconocido, siendo imposible anotar los datos que permitan identificarlo tales como la matr\u00edcula o las caracter\u00edsticas del mismo (marca, modelo o color).<\/p>\n

De todos modos, si como consecuencia de un accidente causado por un veh\u00edculo desconocido se hubieran derivado da\u00f1os personales significativos tales como la muerte, la incapacidad permanente o la incapacidad temporal que requiera, al menos, una estancia hospitalaria superior a siete d\u00edas, el CCS deber\u00e1 de indemnizar tambi\u00e9n los eventuales da\u00f1os en los bienes derivados del mismo accidente, pudi\u00e9ndose fijar reglamentariamente una franquicia no superior a 500 euros.<\/p>\n

2. Veh\u00edculo Sin Seguro<\/strong>: En este caso el CCS deber\u00e1 hacer frente a los da\u00f1os a las personas y en los bienes ocasionados con un veh\u00edculo que tenga su estacionamiento habitual en Espa\u00f1a, as\u00ed como los ocasionados dentro del territorio espa\u00f1ol a personas con residencia habitual en Espa\u00f1a o a bienes de su propiedad situados en Espa\u00f1a con un veh\u00edculo con estacionamiento habitual en un tercer pa\u00eds no firmante del\u00a0Acuerdo entre las oficinas nacionales de seguros de los Estados miembros del Espacio Econ\u00f3mico y de otros Estados asociados, en ambos casos cuando dicho veh\u00edculo no est\u00e9 asegurado.<\/p>\n

Por lo tanto, en caso de sufrir un accidente de circulaci\u00f3n con lesiones donde si conocemos el autor, \u00e9stas podr\u00e1n reclamarlas ante la compa\u00f1\u00eda de seguros contraria, mientras que en los otros dos casos planteados anteriormente (veh\u00edculo desconocido\/ a la fuga o veh\u00edculo sin seguro), deber\u00e1 reclamarse en ambos casos frente al CCS.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

El despacho de abogados Sanahuja Miranda informa de que pautas se deben de llevar a cabo en los casos en los que el veh\u00edculo causante de un accidente se d\u00e9 a la fuga o no est\u00e9 asegurado. Para ello, se debe de terner en cuenta la normativa del Consorcio de compensaci\u00f3n de Seguros (CCS) a […]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[3552],"tags":[38159,38160,10818,11167],"wps_subtitle":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/65779"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=65779"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/65779\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=65779"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=65779"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=65779"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}