{"id":67135,"date":"2015-10-07T16:05:52","date_gmt":"2015-10-07T14:05:52","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=67135"},"modified":"2015-10-07T16:05:52","modified_gmt":"2015-10-07T14:05:52","slug":"el-pe-adopta-medidas-para-facilitar-el-cobro-transfronterizo-de-pequenas-deudas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/67135\/el-pe-adopta-medidas-para-facilitar-el-cobro-transfronterizo-de-pequenas-deudas\/","title":{"rendered":"El PE adopta medidas para facilitar el cobro transfronterizo de peque\u00f1as deudas"},"content":{"rendered":"

M\u00e1s empresas y particulares podr\u00e1n utilizar el mecanismo europeo para la recuperaci\u00f3n de deudas de escasa cuant\u00eda en otro Estado miembro gracias a los cambios adoptados por el Parlamento este mi\u00e9rcoles.<\/p>\n

Las modificaciones, que todav\u00eda deben ser aprobadas formalmente por los ministros de la UE, elevan el importe m\u00e1ximo de las deudas que pueden acogerse a este procedimiento de 2.000 a 5.000 euros<\/strong>.<\/p>\n

\u201cSimplificar los procesos judiciales y reducir los costes de las reclamaciones transfronterizas de peque\u00f1as deudas es especialmente importante para los consumidores y las peque\u00f1as empresas. El procedimiento de demanda de deudas de escasa cuant\u00eda ha rebajado las costas judiciales de estos procesos hasta un 40% y la duraci\u00f3n de los litigios de m\u00e1s de dos a\u00f1os a una media de cinco meses. Estoy satisfecha de que en el futuro m\u00e1s casos vayan a poder beneficiarse de este sistema”, se\u00f1al\u00f3 la ponente del texto, Lidia Joanna Geringer de Oedenberg<\/a><\/span> (S&D, Polonia).<\/p>\n

El procedimiento europeo de reclamaci\u00f3n de peque\u00f1as deudas, en vigor desde 2009, es un mecanismo simplificado opcionado basado en formularios estandarizados para la demanda de deudas de escasa cuant\u00eda cuando el deudor y el acreedor est\u00e1n en diferentes pa\u00edses de la UE. Los cambios legales para modernizar este procedimiento y extender su uso salieron adelante con 650 votos a favor, 26 en contra y 28 abstenciones.<\/p>\n

Los cambios fundamentales pretenden:<\/p>\n

– Permitir su uso en m\u00e1s casos: <\/strong>el umbral de deuda que se podr\u00e1 reclamar sube de los actuales 2.000 euros a 5.000 euros.<\/p>\n

– Tasas judiciales proporcionales: <\/strong>las tasas por el uso del procedimiento deber\u00e1n adecuarse al importe de deuda reclamado y no podr\u00e1n rebasar las tasas aplicadas en procedimientos simplificados a escala nacional. Los Estados miembros tambi\u00e9n tendr\u00e1n que garantizar que se pueden utilizar m\u00e9todos de pago a distancia para liquidar las tasas.<\/p>\n

– Incentivar el uso de los medios de comunicaci\u00f3n telem\u00e1ticos durante los procesos: <\/strong>se animar\u00e1 a las partes en litigio a utilizar herramientas de comunicaci\u00f3n como videoconferencias para las vistas orales siempre que sea posible.<\/p>\n

– Ofrecer asistencia pr\u00e1ctica: <\/strong>las autoridades nacionales deber\u00e1n asegurar que las partes reciben asistencia gratuita para rellenar los formularios e informaci\u00f3n sobre el procedimiento y el tribunal competente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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