{"id":69711,"date":"2016-01-20T13:10:28","date_gmt":"2016-01-20T12:10:28","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=69711"},"modified":"2016-01-20T10:14:26","modified_gmt":"2016-01-20T09:14:26","slug":"como-deben-tributar-los-socios-de-sociedades-mercantiles-en-el-irpf","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/69711\/como-deben-tributar-los-socios-de-sociedades-mercantiles-en-el-irpf\/","title":{"rendered":"C\u00f3mo deben tributar los socios de sociedades mercantiles en el IRPF"},"content":{"rendered":"

La Agencia Tributaria va resolviendo el enigma planteado sobre c\u00f3mo deben tributar los socios de sociedades mercantiles en el IRPF. A ra\u00edz de la consulta de una sociedad integrada por dos socios titulares, cada uno de ellos con el 50% de las participaciones sociales y administradores de dicha entidad, sobre la tributaci\u00f3n que corresponde a los socios por los servicios prestados a la sociedad, se ha arrojado algo m\u00e1s de luz sobre esta cuesti\u00f3n tributaria<\/strong>.<\/p>\n

La\u00a0reforma del art\u00edculo 27.1 de la Ley del IRPF establec\u00eda que\u00a0tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de rendimientos de una actividad econ\u00f3mica,\u00a0los obtenidos por un contribuyente en el que se den las siguientes circunstancias:<\/p>\n

– Aquellos que, procediendo del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de uno solo de estos factores, impliquen por parte del contribuyente la ordenaci\u00f3n por cuenta propia de medios de producci\u00f3n y\/o de recursos humanos, con la finalidad de intervenir en la producci\u00f3n o distribuci\u00f3n de bienes o servicios. En particular, tienen esta consideraci\u00f3n los rendimientos de las actividades extractivas, de fabricaci\u00f3n, comercio o prestaci\u00f3n de servicios, incluidas las de artesan\u00eda, agr\u00edcolas, forestales, ganaderas, pesqueras, de construcci\u00f3n, mineras, y el ejercicio de profesiones liberales, art\u00edsticas y deportivas.<\/p>\n

– En segundo lugar<\/strong>, que se trate de rendimientos obtenidos por el contribuyente procedentes de una entidad en cuyo capital participe y que deriven de la realizaci\u00f3n de actividades profesionales de las incluidas en la Secci\u00f3n Segunda de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Econ\u00f3micas, (Real Decreto Legislativo 1175\/1990, de 28 de septiembre); adem\u00e1s, el contribuyente deber\u00e1 estar incluido a tal efecto, en el RETA, o en una Mutualidad de previsi\u00f3n social alternativa (Disposici\u00f3n adicional decimoquinta de la Ley 30\/1995, de 8 de noviembre, de ordenaci\u00f3n y supervisi\u00f3n de los seguros privados).<\/p>\n

En este precepto legal\u00a0quedaba sin aclarar por parte del legislador el porcentaje de participaci\u00f3n que debe tener el socio para considerarse que es\u00a0el due\u00f1o de los medios de producci\u00f3n. Por tanto, esta consulta tributaria ha venido a aclarar de forma detallada que, cuando dos socios poseen cada uno de ellos el 50% del capital de la sociedad, no se puede considerar que son los due\u00f1os de los medios de producci\u00f3n, y por tanto, que los rendimientos satisfechos a \u00e9stos por el desarrollo de las actividades empresariales que constituyen el objeto de la sociedad, tienen la naturaleza de rendimientos de trabajo de los establecidos, con car\u00e1cter general, en el art\u00edculo 17.1 de la LIRPF. El motivo es que no concurren en aqu\u00e9llos los requisitos establecidos en los dos primeros p\u00e1rrafos del art\u00edculo 27.1 de la LIRPF.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

La Agencia Tributaria va resolviendo el enigma planteado sobre c\u00f3mo deben tributar los socios de sociedades mercantiles en el IRPF. A ra\u00edz de la consulta de una sociedad integrada por dos socios titulares, cada uno de ellos con el 50% de las participaciones sociales y administradores de dicha entidad, sobre la tributaci\u00f3n que corresponde a […]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[5],"tags":[18645,11852,8188,1215,28902],"wps_subtitle":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/69711"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=69711"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/69711\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=69711"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=69711"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=69711"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}