{"id":737,"date":"2008-05-29T15:42:44","date_gmt":"2008-05-29T15:42:44","guid":{"rendered":"http:\/\/informaria.info\/?guid=73c374da13ca8d963c023b4489ee7dfc"},"modified":"2018-01-09T18:14:29","modified_gmt":"2018-01-09T17:14:29","slug":"la-titularidad-del-arte","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/737\/la-titularidad-del-arte\/","title":{"rendered":"La titularidad del arte"},"content":{"rendered":"

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La revalorizaci\u00f3n de las obras de arte es m\u00e1s que significativa en los \u00faltimos a\u00f1os. El dividendo emocional del arte es indiscutible, pero tambi\u00e9n la concepci\u00f3n mercantilista que est\u00e1 adquiriendo, una perspectiva irritante para muchos. Tras el auge de la demanda de las obras de arte -especialmente de pintura, la mitad de las operaciones de compraventa registradas- hay diversas circunstancias. Al propio desarrollo cultural se suma la utilizaci\u00f3n del arte como valor refugio ante la fuerte inestabilidad que azota la bolsa, sin olvidar el dinero negro aflorado con la llegada del euro o el tir\u00f3n de los nuevos ricos de los pa\u00edses emergentes (China, India y Rusia). Adem\u00e1s, las inversiones en arte (evidente signo de distinci\u00f3n) se han convertido en Espa\u00f1a en un incentivo para las fortunas hechas al calor del ciclo expansivo inmobiliario; y son vistas por una nueva generaci\u00f3n de j\u00f3venes bien posicionados como una buena f\u00f3rmula para diversificar su patrimonio; sin olvidar las ventajas fiscales que obtienen las empresas por crear fundaciones. En Espa\u00f1a hay colecciones privadas que figuran entre las 200 m\u00e1s relevantes del mundo.<\/p>\n

Ante este marco, debemos preguntarnos qui\u00e9n debe ejercer la titularidad de las obras de arte. Para responder, hay que considerar que el objetivo general debe ser el disfrute de todo el p\u00fablico de la mayor parte de este patrimonio colectivo y que es fundamental poder garantizar la conservaci\u00f3n de las obras. Dejando a un lado el caso de la Iglesia, instituci\u00f3n que mayor patrimonio art\u00edstico posee, es evidente que ser\u00eda deseable que el Estado ostentara la titularidad de las grandes obras, los restos arqueol\u00f3gicos y buena parte de los edificios singulares. En efecto, la resoluci\u00f3n del expolio del tesoro del pecio Nuestra Se\u00f1ora de las Mercedes, perteneciente a la Armada Espa\u00f1ola y hundido en octubre de 1804, a cargo de la empresa estadounidense Odyssey, o la recuperaci\u00f3n de once de las 16 obras robadas (mapas y otras piezas) de la Biblioteca Nacional, sin olvidar la recuperaci\u00f3n de miles de piezas de yacimientos arqueol\u00f3gicos, reafirman este deseo. M\u00e1s cerca, podemos recordar las inversiones en compra de obras de arte de la Junta de Andaluc\u00eda en 2007 y la protecci\u00f3n ejercida sobre edificios BIC (se est\u00e1n catalogando m\u00e1s de 1.000 obras arquitect\u00f3nicas del siglo XX en Andaluc\u00eda).<\/p>\n

Una f\u00f3rmula h\u00edbrida es la que el Estado puede alcanzar con grandes coleccionistas, caso de los Thyssen, que ceden de forma temporal sus obras de arte para una gesti\u00f3n semi-p\u00fablica, garantizando el disfrute colectivo de piezas de gran valor. Tambi\u00e9n la iniciativa privada se est\u00e1 implicando en la rehabilitaci\u00f3n de edificios hist\u00f3ricos junto a administraciones p\u00fablicas y ciudadan\u00eda (el \u00faltimo caso, el intento de recuperaci\u00f3n de la Iglesia de San Pedro de Alc\u00e1ntara y la capilla de la Orden Tercera Franciscana, dos joyas del barroco sevillano). Adem\u00e1s, son muchos los pleitos abiertos por las Administraciones contra los due\u00f1os de edificios singulares para su expropiaci\u00f3n, caso del Palacio Franciscano de los Cobos, edificio mandado a construir en el siglo XVI por el secretario del emperador Carlos V y en manos de la Fundaci\u00f3n Casa Ducal de Medinaceli, pese a los diez a\u00f1os de pleitos con el Ayuntamiento de \u00dabeda. <\/p>\n

Pero, \u00bfqu\u00e9 ocurre con los peque\u00f1os coleccionistas particulares? La tendencia es que el Estado tenga la opci\u00f3n preferente de compra en los casos de subastas de obras art\u00edsticas, si bien nadie puede evitar -ni se pretende- que piezas de gran valor se mantengan en manos de coleccionistas circunstanciales o que muchas personas posean piezas de gran valor recibidas por herencia familiar. Aunque la legislaci\u00f3n es muy complicada en este sentido y la expropiaci\u00f3n ser\u00eda complicada y quiz\u00e1 inapropiada, deber\u00eda subyacer la tendencia al disfrute colectivo del arte. Dicho sea de paso, tambi\u00e9n \u00e9ste debe ser el objetivo principal de las administraciones, que no pueden cerrar sus museos en d\u00edas festivos, como ocurri\u00f3 el pasado 1 de mayo con el Bellas Artes de Sevilla, dejando fuera a propios y extra\u00f1os.<\/p>\n

susanam.mu\u00f1oz@hotmail.com<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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