{"id":74375,"date":"2016-07-18T10:13:15","date_gmt":"2016-07-18T08:13:15","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=74375"},"modified":"2016-07-18T10:13:15","modified_gmt":"2016-07-18T08:13:15","slug":"espana-adelanta-el-cierre-del-ejercicio-presupuestario-para-combatir-el-deficit","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/74375\/espana-adelanta-el-cierre-del-ejercicio-presupuestario-para-combatir-el-deficit\/","title":{"rendered":"Espa\u00f1a adelanta el cierre del ejercicio presupuestario\u00a0para combatir el d\u00e9ficit"},"content":{"rendered":"

\"Hacienda.Interior\"<\/a>El Bolet\u00edn Oficial del Estado ha publicado este s\u00e1bado la Orden Ministerial por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2016 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias. Esta Orden regula las operaciones de cierre del ejercicio 2016 relativas a la contabilidad del presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias tanto en la Administraci\u00f3n General del Estado, como en los Organismos Aut\u00f3nomos del Estado, Agencias Estatales y otros Organismos p\u00fablicos.<\/p>\n

La pr\u00e1ctica habitual es que la Orden de Cierre regule las fechas m\u00e1ximas en las que pueden llevarse a cabo las distintas actuaciones de gasto con el fin de ordenar el cierre del ejercicio. Para ello, se viene estableciendo como fecha m\u00e1xima en la que se pueden iniciar las actuaciones de gasto los primeros d\u00edas de noviembre, con el fin de que el gasto pueda ser comprometido y ejecutado, complet\u00e1ndose el procedimiento dentro del ejercicio.<\/p>\n

No obstante, el Gobierno en funciones ha decido este a\u00f1o adelantar a finales del mes de julio el cierre del presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias con el objetivo de hacer efectivos los compromisos adquiridos con la Comisi\u00f3n Europea de cara a asegurar el cumplimiento de los objetivos de Estabilidad Presupuestaria.<\/p>\n

Con esta iniciativa, el Gobierno en funciones\u00a0pretende\u00a0controlar el gasto p\u00fablico. Esta decisi\u00f3n har\u00e1 que los distintos ministerios no incurran en gastos que no son prioritarios y servir\u00e1 para seguir avanzando en la consolidaci\u00f3n fiscal.\u00a0De este modo, el Gobierno limitar\u00e1\u00a0el gasto p\u00fablico de todas las Administraciones P\u00fablicas en los pr\u00f3ximos meses seg\u00fan indican para cumplir con los Objetivos de Estabilidad.<\/p>\n

La orden publicada este s\u00e1bado establece que a partir del 20 de julio, cuatro meses antes de lo que es habitual, la Administraci\u00f3n del Estado no podr\u00e1 iniciar nuevos gastos, a excepci\u00f3n de aquellos que se deriven del cumplimiento de normas legales o reglamentarias (entre las que se incluyen, por ejemplo, pensiones y desempleo), los autorizados o aprobados por Consejo de Ministros, as\u00ed como los gastos de personal o deuda p\u00fablica, entre otros. Iniciado el procedimiento de gasto, el 29 de julio ser\u00e1 la fecha m\u00e1xima en que la Administraci\u00f3n podr\u00e1 remitir a la Intervenci\u00f3n para su fiscalizaci\u00f3n los compromisos de gasto con un tercero.<\/p>\n

Este adelanto en la fecha m\u00e1xima en que la Administraci\u00f3n puede iniciar y comprometer gastos no afecta al pago de los compromisos ya asumidos hasta la fecha, que podr\u00e1n realizarse hasta el 30 de diciembre. De esta forma, la orden no va a generar facturas pendientes de pago, ya que act\u00faa sobre las fases iniciales del gasto, impidiendo que surjan compromisos o que se realicen prestaciones de los cuales pudieran derivarse posteriormente deudas para la Administraci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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