{"id":82087,"date":"2017-06-05T12:50:19","date_gmt":"2017-06-05T10:50:19","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=82087"},"modified":"2017-06-05T12:33:26","modified_gmt":"2017-06-05T10:33:26","slug":"espana-cabo-verde-convenio-doble-imposicion-evasion-fiscal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/82087\/espana-cabo-verde-convenio-doble-imposicion-evasion-fiscal\/","title":{"rendered":"Espa\u00f1a y Cabo Verde se unen para evitar la doble imposici\u00f3n y prevenir la evasi\u00f3n fiscal"},"content":{"rendered":"
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El ministro de Hacienda y Funci\u00f3n P\u00fablica, Crist\u00f3bal Montoro, y el ministro de Asuntos Extranjeros y Comunidades y ministro de Defensa de Cabo Verde, Luis Filipe Tavares, han firmado un\u00a0convenio para evitar la doble imposici\u00f3n y prevenir la evasi\u00f3n fiscal en materia de impuestos sobre la renta.<\/p>\n

El convenio otorga un tratamiento tributario adecuado a las circunstancias de los contribuyentes que desarrollen actividades en el \u00e1mbito internacional, proporcionando un marco de seguridad jur\u00eddica y fiscal que favorezca los intercambios econ\u00f3micos entre los dos pa\u00edses y que facilite la cooperaci\u00f3n entre las respectivas autoridades fiscales en el desempe\u00f1o de sus funciones.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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Para ello, se garantiza la eliminaci\u00f3n de las posibles situaciones de doble imposici\u00f3n que se puedan generar y, en determinados supuestos, se reducir\u00e1 la carga fiscal soportada.<\/p>\n

El convenio, que sigue el modelo de la OCDE, entrar\u00e1 en vigor en el plazo de tres meses a partir de la fecha en que ambos Estados se notifiquen el cumplimiento de los procedimientos legales internos para que se produzca dicha entrada en vigor y consta de 28 art\u00edculos, distribuidos en siete cap\u00edtulos, y un protocolo.<\/p>\n

Principales caracter\u00edsticas<\/strong><\/p>\n

El convenio afectar\u00e1 a las personas residentes de uno o ambos Estados y resulta de aplicaci\u00f3n \u00fanicamente a los impuestos sobre la renta. Fija los criterios relativos a la imposici\u00f3n de las rentas inmobiliarias, beneficios empresariales, transporte mar\u00edtimo y a\u00e9reo, empresas asociadas, dividendos, intereses, c\u00e1nones, ganancias de capital, rentas del trabajo dependiente, participaciones de consejeros, rentas de artistas y deportistas, pensiones, funci\u00f3n p\u00fablica, profesores, estudiantes y otras rentas.<\/p>\n

Adem\u00e1s, incluye un art\u00edculo de intercambio de informaci\u00f3n alineado con el est\u00e1ndar previsto en el modelo de convenio de la OCDE, que permitir\u00e1 un amplio intercambio de informaci\u00f3n de trascendencia tributaria, incluyendo informaci\u00f3n bancaria, entre Cabo Verde y Espa\u00f1a.<\/p>\n

Asimismo, el protocolo recoge una cl\u00e1usula antiabuso general que Espa\u00f1a ha incluido en la mayor parte de los convenios para evitar la doble imposici\u00f3n que ha negociado en los \u00faltimos a\u00f1os. Esta cl\u00e1usula est\u00e1 en sinton\u00eda con el proceso de lucha contra la evasi\u00f3n fiscal impulsado en los \u00faltimos a\u00f1os a nivel internacional (OCDE, G-20, etc.), y su principal objetivo es evitar que el Convenio pueda ser utilizado para favorecer la evasi\u00f3n fiscal o la opacidad en los flujos internacionales de capitales.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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