{"id":82343,"date":"2017-06-13T18:12:05","date_gmt":"2017-06-13T16:12:05","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=82343"},"modified":"2017-06-13T16:58:12","modified_gmt":"2017-06-13T14:58:12","slug":"declaracion-municipio-turistico-beneficios-poblaciones-menos-100-000-habitantes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/82343\/declaracion-municipio-turistico-beneficios-poblaciones-menos-100-000-habitantes\/","title":{"rendered":"La declaraci\u00f3n de Municipio Tur\u00edstico extender\u00e1 sus beneficios a todas las poblaciones de menos de 100.000 habitantes"},"content":{"rendered":"

La norma sutituye a la vigente desde 2002<\/h3>\n

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andaluc\u00eda ha aprobado el nuevo Decreto de Municipio Tur\u00edstico, que actualiza la regulaci\u00f3n de esta figura vinculada al apoyo econ\u00f3mico y t\u00e9cnico de la Junta por el esfuerzo adicional que realizan los ayuntamientos de poblaciones con gran afluencia de visitantes.<\/p>\n

La norma, que sustituye a la vigente desde 2002, tambi\u00e9n establece las medidas para garantizar la calidad en la prestaci\u00f3n de los servicios, la preservaci\u00f3n del entorno y la competitividad de la oferta de estas localidades.<\/p>\n

La principal novedad es la supresi\u00f3n de la anterior exigencia de una poblaci\u00f3n superior a los 5.000 habitantes para obtener la declaraci\u00f3n de Municipio Tur\u00edstico. Con ello, cualquier ayuntamiento de la comunidad aut\u00f3noma podr\u00e1 acceder a sus beneficios, siempre que cumpla con los requisitos establecidos y la poblaci\u00f3n de referencia sea inferior a 100.000.<\/p>\n

\"Nerja\"<\/a>
Nerja<\/figcaption><\/figure>\n

Entre los requisitos necesarios<\/strong> para acceder a la declaraci\u00f3n destaca el del m\u00ednimo de poblaci\u00f3n visitante asistida por la entidad local solicitante, que debe acreditarse bien mediante la cifra de pernoctaciones bien por la de visitas. De este modo, la media de estancias en establecimientos de alojamiento deber\u00e1 superar el 10% de la poblaci\u00f3n total o alcanzar este porcentaje durante al menos tres meses al a\u00f1o. En cuanto a los visitantes, su n\u00famero tendr\u00e1 que ser cinco veces superior al de vecinos inscritos en el padr\u00f3n al menos durante treinta d\u00edas al a\u00f1o, para lo que se justificar\u00e1n las visitas diarias al recurso tur\u00edstico que registre mayor afluencia en el municipio.<\/p>\n

La localidad que quiera acceder a la declaraci\u00f3n tambi\u00e9n deber\u00e1 acreditar la existencia de un plan municipal de calidad tur\u00edstica<\/strong> y de una oferta consistente y atractiva basada en recursos patrimoniales, naturales, culturales, etnogr\u00e1ficos, deportivos y de ocio, y dotada de unas infraestructuras m\u00ednimas para atender a los visitantes.<\/p>\n

Adem\u00e1s de estos requisitos, la valoraci\u00f3n de las solicitudes exige tambi\u00e9n el cumplimiento de al menos diez de un total de 17 condiciones<\/strong>. Entre ellas destacan que el ayuntamiento destine un presupuesto espec\u00edfico a promoci\u00f3n e infraestructuras tur\u00edsticas; la existencia de oficinas de turismo; las iniciativas de defensa y restauraci\u00f3n del patrimonio; la relevancia de los recursos tur\u00edsticos del t\u00e9rmino municipal, especialmente los bienes de inter\u00e9s cultural; el desarrollo de planes vinculados al sector o de accesibilidad; la ubicaci\u00f3n en un espacio natural protegido; los servicios sanitarios que se prestan, o un adecuado planeamiento urban\u00edstico.<\/p>\n

Para la ponderaci\u00f3n de estos elementos, el nuevo decreto establece la creaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n, \u00f3rgano interdepartamental de la Junta que se encargar\u00e1 de evaluar las solicitudes, una vez pronunciados el Consejo Andaluz del Turismo y el Consejo Andaluz de Gobiernos Locales. La comisi\u00f3n actuar\u00e1 tambi\u00e9n para intensificar la implicaci\u00f3n de las distintas consejer\u00edas de la Administraci\u00f3n auton\u00f3mica en el apoyo a los municipios tur\u00edsticos, que obtendr\u00e1n esta catalogaci\u00f3n mediante acuerdo del Consejo de Gobierno.<\/p>\n

Mecanismos de apoyo<\/strong><\/p>\n

La declaraci\u00f3n tendr\u00e1 car\u00e1cter indefinido e implicar\u00e1 la inscripci\u00f3n de oficio en el Registro de Turismo de Andaluc\u00eda. Conllevar\u00e1 la menci\u00f3n de la condici\u00f3n de Municipio Tur\u00edstico en las acciones promocionales del destino que desarrolle la Junta, as\u00ed como la posibilidad de firmar convenios de colaboraci\u00f3n en los que, como novedad, podr\u00e1n participar otros departamentos del Gobierno auton\u00f3mico, adem\u00e1s de la Consejer\u00eda de Turismo y Deporte.<\/p>\n

A trav\u00e9s de estos acuerdos, la Junta se compromete a prestar el apoyo financiero y los ayuntamientos a llevar a cabo sus proyectos, fundamentalmente en los \u00e1mbitos de ordenaci\u00f3n urban\u00edstica, accesibilidad a los recursos, promoci\u00f3n, informaci\u00f3n, se\u00f1alizaci\u00f3n, protecci\u00f3n del entorno, formaci\u00f3n de trabajadores y mejora de servicios. Este respaldo tambi\u00e9n se dirige a la prestaci\u00f3n de asesoramiento y asistencia en las materias de organizaci\u00f3n, planificaci\u00f3n, fomento y promoci\u00f3n.<\/p>\n

El decreto se completa con el procedimiento de revocaci\u00f3n de la catalogaci\u00f3n y con el de adaptaci\u00f3n de los municipios declarados con anterioridad, que dispondr\u00e1n de un plazo de dos a\u00f1os para acreditar el cumplimiento de los nuevos requisitos. Actualmente est\u00e1n reconocidas las siguientes localidades: Roquetas de Mar (Almer\u00eda); Chiclana de la Frontera, Conil de la Frontera, Chipiona, Rota y Tarifa (C\u00e1diz); Almu\u00f1\u00e9car (Granada); Almonte y Aracena (Huelva); Baeza y Cazorla (Ja\u00e9n); Benalm\u00e1dena, Fuengirola, Nerja, Ronda y Torremolinos (M\u00e1laga), y Santiponce (Sevilla).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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