{"id":85239,"date":"2017-11-14T13:27:22","date_gmt":"2017-11-14T12:27:22","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=85239"},"modified":"2018-01-27T02:47:53","modified_gmt":"2018-01-27T01:47:53","slug":"junta-desestima-recurso-sancion-banco-mare-nostrum-clausulas-abusivas-hipotecas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/85239\/junta-desestima-recurso-sancion-banco-mare-nostrum-clausulas-abusivas-hipotecas\/","title":{"rendered":"La Junta desestima el recurso contra la sanci\u00f3n impuesta a Banco Mare Nostrum por cl\u00e1usulas abusivas en hipotecas"},"content":{"rendered":"

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andaluc\u00eda ha acordado desestimar el recurso de reposici\u00f3n interpuesto por Banco Mare Nostrum, contra la sanci\u00f3n de 1,58 millones de euros impuesta el pasado 25 de julio<\/strong> a esta entidad por introducir cl\u00e1usulas abusivas en contratos de pr\u00e9stamos hipotecarios y por incumplimiento de la informaci\u00f3n de prestaci\u00f3n de servicio.<\/p>\n

En su acuerdo de desestimaci\u00f3n, el Consejo ratifica las razones y los hechos probados que motivaron la resoluci\u00f3n del procedimiento sancionador, iniciado en 2016 tras la recepci\u00f3n de 356 denuncias de particulares, que fueron tramitadas en el marco de una campa\u00f1a de control de la Inspecci\u00f3n de Consumo contra la inclusi\u00f3n de \u2018cl\u00e1usulas suelo\u2019 en las escrituras.<\/p>\n

La sanci\u00f3n incluy\u00f3 700.000 euros por infracciones muy graves contra la legislaci\u00f3n vigente de defensa de los consumidores y, adem\u00e1s, el comiso del beneficio il\u00edcito obtenido, cuantificado en casi 886.000 euros.<\/p>\n

De acuerdo con la normativa vigente, se consideran cl\u00e1usulas abusivas aquellas que causan un desequilibrio en la posici\u00f3n entre el consumidor y el empresario, reservando a este facultades para interpretar, modificar o resolver unilateralmente el contrato. Imponen garant\u00edas desproporcionadas al riesgo asumido y, entre otros aspectos, establecen la renuncia del prestatario al derecho a la notificaci\u00f3n en caso de cesi\u00f3n del pr\u00e9stamo. Esta pr\u00e1ctica conlleva una sanci\u00f3n de 350.000 euros.<\/p>\n

De igual importe fue la multa por incumplir el deber de informaci\u00f3n de prestaci\u00f3n de servicio y, concretamente, sobre las \u2018cl\u00e1usulas suelo\u2019. Estas se introducen en los contratos de pr\u00e9stamo hipotecario a inter\u00e9s variable (fundamentalmente eur\u00edbor) y prev\u00e9n que, aunque el tipo se sit\u00fae por debajo de un determinado umbral (suelo) establecido en la propia hipoteca, la persona consumidora seguir\u00e1 abonando lo correspondiente a ese umbral y no la cantidad equivalente a la bajada del eur\u00edbor.<\/p>\n

Para la fijaci\u00f3n de las cuant\u00edas, el Gobierno andaluz tuvo en cuenta como circunstancias agravantes el perjuicio causado a los consumidores, valorable en m\u00e1s de 50.000 euros, y la reiteraci\u00f3n, toda vez que la entidad ya hab\u00eda sido sancionada en firme en los dos a\u00f1os anteriores por otras infracciones tipificadas en la Ley de Defensa y Protecci\u00f3n de los Consumidores y Usuarios de Andaluc\u00eda.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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