{"id":90378,"date":"2018-05-21T16:58:49","date_gmt":"2018-05-21T14:58:49","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=90378"},"modified":"2018-05-21T16:58:49","modified_gmt":"2018-05-21T14:58:49","slug":"canarias-dibuja-marco-general-alquiler-vacacional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/90378\/canarias-dibuja-marco-general-alquiler-vacacional\/","title":{"rendered":"Canarias dibuja un marco general para el alquiler vacacional"},"content":{"rendered":"
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El consejero de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, Isaac Castellano, ha presentado este lunes el proyecto de borrador de decreto de alquiler vacacional que “ofrece un marco general sobre el que ayuntamientos y cabildos podr\u00e1n establecer excepciones”.<\/p>\n

Castellano, que ha estado acompa\u00f1ado por el equipo del \u00e1rea de Turismo, ha se\u00f1alado que la nueva norma se justifica en la aplicaci\u00f3n de la experiencia adquirida y la evoluci\u00f3n de este tipo de oferta en el Archipi\u00e9lago, y ha insistido en que “este texto lo que regula es la actividad tur\u00edstica, que es lo que nos compete”. “Abordamos desde ella un desarrollo sostenible, tal y como reflejan nuestras normas, aunque las garant\u00edas al acceso a la vivienda no depender\u00e1n solo de su entrada en vigor, sino de pol\u00edticas transversales que afectan a todas las administraciones p\u00fablicas”.<\/p>\n<\/div>\n

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Las cuestiones b\u00e1sicas<\/strong> que han regido la elaboraci\u00f3n de esta norma, seg\u00fan explic\u00f3 son “la sostenibilidad del modelo tur\u00edstico; la compatibilidad o incompatibilidad de los usos tur\u00edsticos y residenciales; el derecho a la vivienda de los residentes; las garant\u00edas laborales y el empleo del sector”.<\/p>\n

El consejero de Turismo, Cultura y Deportes ha explicado que ese marco general determina, en l\u00ednea con el anterior decreto, que el alquiler vacacional se circunscribe a suelos de uso residencial no incluido en zonas tur\u00edsticas, aunque “ser\u00e1n los cabildos y ayuntamientos quienes desarrollar\u00e1n el planeamiento y podr\u00e1n definir est\u00e1ndares de implantaci\u00f3n”.<\/p>\n

“El fen\u00f3meno del alquiler vacacional no se desarrolla de la misma manera en todas las islas ni en todos los municipios, por lo que la soluci\u00f3n debe ser flexible”, algo que “solo se conseguir\u00e1 si se incorpora a los cabildos y ayuntamientos a trav\u00e9s de sus instrumentos de planificaci\u00f3n en ejercicio de sus competencias”.<\/p>\n

Otra de las novedades que incluye este proyecto de borrador, seg\u00fan ha explicado el consejero de Turismo, Cultura y Deportes, es que, hasta que se apruebe el planeamiento urban\u00edstico, no se permitir\u00e1 el uso vacacional de las viviendas cuya solicitud de licencia de construcci\u00f3n tenga lugar con posterioridad a la entrada en vigor del presente decreto<\/strong>.<\/p>\n

Adem\u00e1s, tal y como se anunci\u00f3 en su d\u00eda, el actual texto, que ahora ha de ser sometido a informaci\u00f3n p\u00fablica y a dictamen tanto de otros departamentos del Gobierno como de la Fecai y la Fecam, establece la diferencia entre el propietario que posee una o dos viviendas vacacionales y el explotador profesional, dado que considera que, a partir de que se comercialicen tres viviendas vacacionales, la actividad es profesional<\/strong>.<\/p>\n

Del mismo modo, el proyecto de borrador de decreto incluye la necesidad de respetar los convenios colectivos tambi\u00e9n para los trabajadores del alquiler vacacional y establece unos equipamiento y est\u00e1ndares m\u00ednimos que se han de cumplir. “Por ejemplo”, manifest\u00f3, “en todo momento el propietario de la vivienda deber\u00e1 estar localizable tanto para el turista como para la comunidad”.<\/p>\n

Otra de las novedades del proyecto de borrador es que se fomenta la colaboraci\u00f3n interadministrativa<\/strong> con relaci\u00f3n a la instauraci\u00f3n de un procedimiento telem\u00e1tico que se pondr\u00e1 a disposici\u00f3n de los cabildos insulares a fin de garantizar la eficacia en las tareas administrativas de inscripci\u00f3n y control.<\/p>\n

En relaci\u00f3n los canales de oferta tur\u00edstica, estos ser\u00e1n responsables de la veracidad de la publicidad e informaci\u00f3n que faciliten respecto al alquiler de viviendas vacacionales, deben incluir el n\u00famero de inscripci\u00f3n en el registro general tur\u00edstica de la comunidad aut\u00f3noma en todo tipo de publicidad y deber\u00e1n prestar colaboraci\u00f3n a las administraciones p\u00fablicas. Adem\u00e1s, deber\u00e1n retirar la publicidad de aquellas ofertas que la administraci\u00f3n p\u00fablica canaria les comunique que est\u00e1n en situaci\u00f3n de ilegalidad.<\/p>\n

Castellano insisti\u00f3 en que “las l\u00edneas de trabajo que se han seguido para la redacci\u00f3n del proyecto de decreto tratan de adaptar la oferta alojativa a la realidad del mercado incrementando la calidad y la competitividad del destino; armonizar la oferta de viviendas vacacionales con las necesidades de la poblaci\u00f3n y turistas, as\u00ed como compatibilizar los nuevos usos con los recursos y respetar su implantaci\u00f3n proporcional y su integraci\u00f3n en el entorno econ\u00f3mico, cultural, social y ambiental de cada isla, municipio y n\u00facleo tur\u00edstico”.<\/p>\n

El periodo de adaptaci\u00f3n a la nueva normativa ser\u00e1 de seis meses<\/strong> desde su publicaci\u00f3n y las viviendas que en ese momento est\u00e9n adecuadamente dadas de alta quedar\u00e1n consolidadas. De esta normativa, tal y como establece la Ley de las Islas Verdes, quedan excluidas las islas de La Palma, El Hierro y La Gomera.<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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