{"id":95813,"date":"2018-12-26T17:33:30","date_gmt":"2018-12-26T16:33:30","guid":{"rendered":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=95813"},"modified":"2018-12-26T17:58:43","modified_gmt":"2018-12-26T16:58:43","slug":"autonomos-tendran-mas-proteccion-social-y-una-contribucion-seguridad-social-mas-equilibrada","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/95813\/autonomos-tendran-mas-proteccion-social-y-una-contribucion-seguridad-social-mas-equilibrada\/","title":{"rendered":"Los aut\u00f3nomos tendr\u00e1n m\u00e1s protecci\u00f3n social y una contribuci\u00f3n a la Seguridad Social m\u00e1s equilibrada"},"content":{"rendered":"

La ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, ha presentado junto a los representantes de las organizaciones representativas de los aut\u00f3nomos (ATA, UPTA, UATAE y CEAT) el acuerdo que han suscrito.<\/p>\n

Valerio, que ha calificado la reuni\u00f3n como definitiva, ha desgranado las l\u00edneas principales que, ha dicho, se incluir\u00e1 en el Real Decreto Ley que se aprobar\u00e1 el viernes. La ministra ha destacado, entre otras, la transformaci\u00f3n en obligatoria de la cobertura de todas las contingencias<\/strong>: comunes (enfermedad com\u00fan y accidente no laboral) y profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional, con la excepci\u00f3n del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA), y de los socios de cooperativas del R\u00e9gimen de Aut\u00f3nomos (RETA), siempre que tengan un sistema de prestaci\u00f3n social<\/p>\n

Asimismo, ha destacado que se convierte en obligatoria la cobertura por cese de actividad<\/strong>, y se duplican los periodos de duraci\u00f3n de la prestaci\u00f3n, “a partir de la entrada en vigor de la norma, se van a poder cobrar hasta 24 mensualidades, con un m\u00ednimo de cuatro, en funci\u00f3n de lo cotizado”. Se crea una prestaci\u00f3n adicional que corresponde a la cotizaci\u00f3n por el trabajador aut\u00f3nomo, a partir del d\u00eda 61 de la baja m\u00e9dica por incapacidad temporal. Estas cuotas ascienden a 86,26 M\u20ac y se har\u00e1n con cargo a los ingresos por cuotas en concepto de cese de actividad.<\/p>\n

Aportaciones equilibradas<\/h3>\n

Valerio ha explicado las novedades en cuanto a las aportaciones de los trabajadores aut\u00f3nomos. En 2019\u00a0 el tipo de cotizaci\u00f3n para el RETA (sin SETA), se establece un incremento del 1,25% en la base m\u00ednima de cotizaci\u00f3n.<\/p>\n

El tipo de cotizaci\u00f3n, que incluye obligatoriamente todas las contingencias, se fija en: 28,30% por contingencias comunes, incorpora la Incapacidad Temporal y se equipara al R\u00e9gimen General; el cuanto a las contingencias profesionales, ser\u00e1 el 0,9% para todos los trabajadores e inferior a la tarifa m\u00ednima del R\u00e9gimen General; para Cese de Actividad, el tipo se fija en el 0,7%, inferior a la cotizaci\u00f3n por desempleo de los asalariados, y por \u00faltimo, se establece el 0,1%\u00a0 para Formaci\u00f3n\u00a0 y Prevenci\u00f3n.<\/p>\n

A partir del pr\u00f3ximo a\u00f1o, la subida se aplicar\u00e1 escalonadamente con los siguientes tramos: en 2019, ser\u00e1 del 30%; el 30,3%, en 2020; el 30,6%, en 2021 y en 2022, se fija definitivamente el el 31%.<\/p>\n

La Tarifa Plana se adapta a la obligatoriedad de la cobertura por contingencias comunes y profesionales, tanto para los aut\u00f3nomos, con car\u00e1cter general, como en los casos de discapacidad, violencia de g\u00e9nero y terrorismo. Para ello, durante los primeros 12 meses, si se cotiza por la base m\u00ednima, la cuota ser\u00e1 de 60 euros (51,50, por contingencias comunes y 8,50, profesionales). Si se cotiza por encima de la m\u00ednima, la cuota por contingencias comunes se reduce en un 80%. Finalmente, entre los meses 13 y 24 se aplicar\u00e1 una bonificaci\u00f3n sobre la cuota por contingencias comunes que corresponda.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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