{"id":96036,"date":"2019-01-08T11:13:32","date_gmt":"2019-01-08T10:13:32","guid":{"rendered":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=96036"},"modified":"2019-01-08T09:27:51","modified_gmt":"2019-01-08T08:27:51","slug":"finaliza-plazo-solicitar-ayudas-alquiler-andalucia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/96036\/finaliza-plazo-solicitar-ayudas-alquiler-andalucia\/","title":{"rendered":"Este mi\u00e9rcoles finaliza el plazo para solicitar las ayudas al alquiler en Andaluc\u00eda"},"content":{"rendered":"

Con una dotaci\u00f3n de 57 millones <\/span><\/h2>\n

La Consejer\u00eda de Fomento y Vivienda mantiene abierto hasta este mi\u00e9rcoles, 9 de enero, el plazo para solicitar en cualquier sede de la Junta de Andaluc\u00eda las ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situaci\u00f3n de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a j\u00f3venes, correspondientes a la convocatoria de 2018.<\/p>\n

Estas ayudas cuentan con una dotaci\u00f3n de 57 millones de euros y se conceder\u00e1n por un plazo de tres a\u00f1os<\/strong>, adem\u00e1s de gestionarse como novedad en r\u00e9gimen de concurrencia no competitiva lo que agilizar\u00e1 su proceso de tramitaci\u00f3n.<\/p>\n

Hasta ahora estas ayudas eran concedidas por un a\u00f1o y ahora se ampl\u00eda a tres, por lo que se controlar\u00e1 el mantenimiento y cumplimiento de los requisitos por parte de los beneficiarios de estas ayudas, que se nutre de recursos auton\u00f3micos y estatales. Atendiendo al n\u00famero estimado de ayudas que podr\u00e1n concederse al a\u00f1o, se prev\u00e9 14.050 familias beneficiadas<\/strong>, lo que se traduce en un total de 42.150 ayudas concedidas al final del periodo. De ellas, 11.150 ayudas corresponder\u00e1n a tipo general o a mayores, 2.900 ayudas para j\u00f3venes, pudiendo complementarse unas 2.150 ayudas a personas en situaci\u00f3n de especial vulnerabilidad.<\/p>\n

Podr\u00e1n solicitar y ser beneficiarias de las subvenciones las familias arrendatarias, con ingresos limitados, titular de un contrato de arrendamiento de vivienda con destino a residencia habitual y permanente. Forman parte de la unidad de convivencia las personas que est\u00e9n empadronadas en una misma vivienda durante todo el periodo subvencionable, existan o no lazos familiares.<\/p>\n

Los requisitos y condiciones de aplicaci\u00f3n deber\u00e1n ser cumplidos por la persona solicitante de la ayuda. En caso de contratos de arrendamiento con varias personas titulares, todas ellas deber\u00e1n constar como miembros de la unidad de convivencia y figurar como tales en la solicitud, salvo que acrediten documentalmente no tener atribuido el derecho de arrendamiento.<\/p>\n

Los ingresos de la unidad familiar no podr\u00e1 superar 2,50 veces el Indicador P\u00fablico de Renta de Efectos M\u00faltiples (IPREM) con car\u00e1cter general, 3,00 veces el IPREM en caso de que se trate de una familia numerosa de categor\u00eda general o que en la unidad de convivencia existan personas con discapacidad y de 3,50 veces IPREM cuando se trate de una familia numerosa de categor\u00eda especial o en la unidad de convivencia existan personas con discapacidad. En caso de que cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia haya resultado beneficiario de ayuda a personas inquilinas en anteriores convocatorias, deber\u00e1 haber presentado las pertinentes justificaciones y no haber renunciado a la percepci\u00f3n de lo pendiente de abonar. Los j\u00f3venes menores de 35 a\u00f1os alcanza el 50% Abonar\u00e1 hasta el 75% a las personas vulnerables<\/p>\n

El importe de la renta mensual de la vivienda no podr\u00e1 ser superior a 600 euros. Con car\u00e1cter general, se conceder\u00e1 una ayuda del 40% de la renta mensual a las personas beneficiarias, que alcanzar\u00e1 el 50% en caso de que hayan cumplido 65 a\u00f1os en el momento de la presentaci\u00f3n de la solicitud.<\/p>\n

Cuando se trate de personas en situaci\u00f3n de especial vulnerabilidad, esta subvenci\u00f3n puede alcanzar hasta un m\u00e1ximo del 75% de la renta de alquiler. Estas ayudas van destinadas tambi\u00e9n a los j\u00f3venes menores de 35 a\u00f1os con un importe que ser\u00e1 del 50% de la renta mensual, debiendo cumplir sus aspirantes las condiciones exigidas en estas bases en el momento de la presentaci\u00f3n de la solicitud.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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