{"id":98316,"date":"2019-03-25T13:48:55","date_gmt":"2019-03-25T12:48:55","guid":{"rendered":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/?p=98316"},"modified":"2019-03-25T19:40:51","modified_gmt":"2019-03-25T18:40:51","slug":"ce-multa-nike-con-125-millones-restringir-ventas-transfronterizas-productos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agendaempresa.com\/98316\/ce-multa-nike-con-125-millones-restringir-ventas-transfronterizas-productos\/","title":{"rendered":"La CE multa con 12,5 M\u20ac a Nike por restringir las ventas transfronterizas de productos"},"content":{"rendered":"

La Comisi\u00f3n Europea ha impuesto a Nike una multa de 12,5 millones de euros por prohibir a comerciantes la venta de productos sujetos a licencia a otros pa\u00edses del Espacio Econ\u00f3mico Europeo (EEE). Esta restricci\u00f3n afecta a los productos de merchandising de algunos de los clubs y federaciones de f\u00fatbol m\u00e1s conocidos de Europa, de los que Nike tiene la licencia.<\/p>\n

Bruselas se\u00f1ala que las pr\u00e1cticas ilegales de la compa\u00f1\u00eda afectaron en grados diversos a los productos de merchandising con licencia con marcas de clubs como el FC Barcelona, Manchester United, Juventus, Inter de Mil\u00e1n y AS Roma, as\u00ed como a federaciones nacionales como la federaci\u00f3n francesa de f\u00fatbol.<\/p>\n

La Comisi\u00f3n ha descubierto que los contratos de licencia y distribuci\u00f3n no exclusivos de Nike han infringido las normas de defensa de la competencia de la UE. As\u00ed, impuso una serie de medidas directas que restring\u00edan las ventas fuera del territorio de los licenciatarios<\/strong>, tales como cl\u00e1usulas de prohibici\u00f3n de este tipo de ventas, obligaci\u00f3n de remitir los pedidos de ventas de fuera del territorio a Nike y cl\u00e1usulas de doble imposici\u00f3n de c\u00e1nones a las ventas fuera del territorio.<\/p>\n

Adem\u00e1s, apunta que la compa\u00f1\u00eda adopt\u00f3 medidas indirectas<\/strong> para aplicar las restricciones a las ventas fuera del territorio, como la amenaza a los licenciatarios de poner fin al contrato por ventas fuera del territorio, la denegaci\u00f3n del suministro de hologramas de \u00abproductos oficiales\u00bb si sospechaba que las ventas pod\u00edan dirigirse a otros territorios del EEE y la realizaci\u00f3n de auditor\u00edas para garantizar la observancia de estas restricciones.<\/p>\n

En algunos casos, tambi\u00e9n Nike utiliz\u00f3 a los licenciatarios principales de cada territorio para conceder sublicencias para el uso de los distintos DPI a terceras partes. Para garantizar la pr\u00e1ctica a lo largo de la totalidad de la cadena de distribuci\u00f3n, impuso medidas directas e indirectas a los licenciatarios principales<\/strong>. A trav\u00e9s de estas medidas, oblig\u00f3 a sus licenciatarios principales a circunscribirse a sus territorios y a aplicar restricciones a sus sublicenciatarios.<\/p>\n

La CE tambi\u00e9n apunta que incluy\u00f3 cl\u00e1usulas que prohib\u00edan expl\u00edcitamente a los licenciatarios suministrar productos de merchandising a clientes, a menudo vendedores al por menor, que pudieran estar vendiendo fuera de los territorios asignados. Adem\u00e1s de obligar a los licenciatarios a incluir a su vez estas prohibiciones<\/strong> en sus contratos, interven\u00eda en ocasiones para asegurarse de que los minoristas (tiendas de ropa, supermercados, etc.) dejaban de adquirir productos de otros licenciatarios en otros territorios del EEE.<\/p>\n

“La Comisi\u00f3n ha concluido que las pr\u00e1cticas ilegales de Nike, que duraron aproximadamente 13 a\u00f1os (desde el 1 de julio de 2004 al 27 de octubre de 2017), segmentaron el mercado \u00fanico e impidieron a los licenciatarios en Europa la venta transfronteriza de productos en detrimento, en \u00faltima instancia, de los consumidores europeos”.<\/p>\n

Nike cooper\u00f3 con la Comisi\u00f3n “m\u00e1s all\u00e1 de su obligaci\u00f3n jur\u00eddica de hacerlo, en particular facilitando informaci\u00f3n que permiti\u00f3 a la Comisi\u00f3n ampliar el alcance de la investigaci\u00f3n” y, “por lo tanto, la Comisi\u00f3n concedi\u00f3 a Nike una reducci\u00f3n del 40% de la multa a cambio de su cooperaci\u00f3n”.<\/p>\n

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