Los trabajadores que hayan agotado su prestación contributiva por desempleo, su subsidio por desempleo o la renta activa de reinserción entre el 14 de marzo y el 30 de junio de 2020, podrán solicitar el subsidio especial por desempleo durante el plazo adicional de un mes a partir de la publicación del Real Decreto-Ley que acaba de aprobar el consejo de ministros.