Mercedes Sampedro Mercedes WEB

Abogada y Asesora Fiscal

LinkedIn: Mercedessampedrocristobal

 

– ¿Quién es? 

– Inspección de Hacienda. ¡Abra por favor! 

– ¡Pero este es mi domicilio! ¡Estoy comiendo con mi familia!

No, no es ciencia ficción. Aunque no parece una situación real podría empezar a darse pronto.

Ya hemos comentado en ocasiones anteriores las dificultades económicas por las que atraviesa el erario público, cada vez con más obligaciones asumidas y con menos recursos disponibles, y las vueltas de tuerca que Hacienda está dando a los contribuyentes. Pues ésta es una más…

Hacienda está pidiendo que se realicen los cambios legislativos necesarios para que la Inspección pueda entrar en empresas y domicilios sin previo aviso.

El Tribunal Supremo ya se pronunció en contra de que la Inspección pudiese entrar en una empresa solo con indicios estadísticos y sin pruebas reales de la comisión de un fraude. Por ejemplo, no podría hacerlo basándose solo en que las declaraciones de una empresa son inferiores a los ingresos que declaran otras empresas de la competencia en su mismo sector, porque esos ingresos más bajos podrían tener una explicación, deberse a otros factores y estar justificados, sin que se trate de un fraude necesariamente.

Por ello, parece que la Agencia Tributaria está moviendo los hilos para que se cambie la normativa de entrada y registro en domicilios, con el fin de recabar más pruebas de una supuesta actuación fraudulenta sin dar tiempo al contribuyente a prepararse o a ocultar pruebas.

Está claro que Hacienda necesitaría autorización judicial en todo caso, pero lo que se busca es la actuación sin aviso previo al interesado para evitar, como decimos, que éste pueda prepararse o eventualmente ocultar o destruir pruebas.

No debemos olvidar que el domicilio es inviolable según la Constitución. Es un derecho fundamental para garantizar que nadie entra en nuestro domicilio sin nuestro consentimiento o sin una orden judicial. Esto es aplicable a la policía y, con más razón, a Hacienda.

A su vez, para que pueda haber una autorización judicial deberán presentarse unos indicios bien sólidos, no meras especulaciones o corazonadas, porque cualquier petición de autorización que no esté debidamente fundamentada será denegada, y cualquier actuación que no se ajuste a Derecho será anulada por los tribunales.

Por desgracia, ya vemos por dónde van los tiros. Para evitar que todo se “judicialice” (esa expresión que ahora está tan de moda…) no cabe otra cosa que cambiar la ley. ¿Habrá el consenso necesario para ello?

 

Artículo incluido en la edición de febrero de Agenda de la Empresa