El Consejo General de  Colegios de Gestores Administrativos de España recuerda que, a partir del 1 de abril, los empleados de hogar que trabajen menos de 60 horas mensuales, podrán acordar con el contratante ocuparse de toda la tramitación correspondiente como la afiliación, las altas, las bajas y las variaciones de datos… dejando abierta para el empleador la posibilidad de solicitar la baja en caso de que se termine la relación laboral. De este modo se acaba con la compleja figura del cabeza de familia que hasta ahora era el responsable de realizar todos los trámites relacionados con la Seguridad Social.

De todas formas, el empleador seguirá haciendo las nóminas, aunque  será el empleado el responsable de liquidar de una sola vez a la Seguridad Social por todos los contratantes, complicando aún más el proceso. De no hacerlo, será él el responsable, y subsidiariamente el empleador, y las sanciones oscilarán entre los 626 y 6.250 euros. 

No obstante, los trámites continúan siendo complejos por lo que los Gestores Administrativos recomiendan acudir a unos de sus 6.000 despachos profesionales para tramitar las altas.

Qué se pagará

Las cotizaciones a la Seguridad Social de los “empleados de hogar” se incrementaron el 1 de enero de 2013. También la base de cotización varió, ya que se redujo de quince a ocho el número de tramos, y se modificó el porcentaje que se aplicaba sobre la base de cotización. Así, el que afecta al empleador pasa de 18,30% a 19,05%, y el correspondiente al empleado de 3,70% a 3,85%, añadiéndose como antes el 1,1% que se paga por contingencias profesionales. Todo esto se hace a mes vencido.

La tabla muestra la cuantía de los recibos que empezó a girar la Seguridad Social el 1 de enero. La reducción del 45% para determinadas familias numerosas se aplicará en 2013 y 2014.