Para operar en los mercados financieros, además de seleccionar un determinado intermediario y abrir una cuenta de valores, el inversor debe comunicar su intencionalidad, ya sea de compra o de venta, a través de lo que se conoce con el nombre de orden de valores. Se trata de mandatos e instrucciones gracias a los cuales se hace efectivo el deseo del inversor.

En la actualidad, la variedad de órdenes es tan amplia que podemos clasificarlas según distintos criterios, si bien atendiendo a su finalidad, destacamos:

l           Compraventa de valores en mercados  secundarios como la Bolsa, MEFF y el AIAF.

l           Adquisición de valores en una Oferta Pública.

l           Aceptación de una OPA.

l           Instrucciones respecto a ampliaciones  de capital.

l           Traspaso de valores entre entidades adheridas al sistema de liquidación y compensación (Iberclear).

l           Cambios de titularidad por razones de testamento, donaciones, etc.

l           Suscripción, reembolso y traspaso de  participaciones en fondos de inversión.

l           Suscripción de contratos financieros  atípicos, es decir, no negociados en mercados secundarios organizados.

Centrándonos en las primeras, y más concretamente en las órdenes bursátiles, encontramos la siguiente tipología en función del precio o cotización:

l           Limitada (Limited order): Establece un precio máximo para la compra, por lo que, en tal caso, se ejecutaría a un precio igual o inferior dicho límite, o bien una cotización mínima para la venta.

l           De mercado: Se introduce sin límite de precio y se negocia para las mejores contrapartidas existentes, barriendo pues todos los precios. Se trata de una orden muy arriesgada para el inversor por cuanto, si no se negocia en el momento de su introducción o se hace parcialmente, la parte no ejecutada permanece en el sistema al precio que desee ofertar la contraparte.

l           Por lo mejor: Al igual que la anterior, se introduce sin límite de precio y se negocian para las mejores ofertas existentes. La diferencia estriba en que, caso de no existir contrapartida suficiente, la parte no negociada queda limitada a ese precio.

Atendiendo a un criterio de volumen, las órdenes bursátiles se clasifican en:

l           De ejecución mínima: Especifica una cantidad mínima de valores que debe ser ejecutada; el resto se trata como una orden sin restricciones. En caso de no darse el volumen suficiente para atender el mínimo fijado, la orden automáticamente es excluida del sistema.

l           Todo o nada: Se ejecuta en su totalidad o se rechaza. Es una orden de ejecución mínima donde el mínimo es la totalidad de las acciones.

l           Ejecutar o anular: Se hace efectiva automáticamente y la parte no ejecutada se elimina del sistema.

l           Volumen oculto: Se introduce mostrando al sistema sólo una parte del volumen a negociar. Una vez realizada, el resto va aflorando al mercado en paquetes previamente definidos.

Además, algunas entidades ofrecen otro tipo de órdenes a los inversores como las stop-loss (limitan la pérdida), o las stop-profits (moderan la ganancia), si bien, en estos casos, dichas entidades deben establecer los mecanismos necesarios para asegurar la prestación efectiva de tales servicios por no estar contemplados, a priori, en la plataforma SIBE (Sistema de Interconexión Bursátil Español).

Respecto al plazo de vigencia, mientras no conste un plazo de manera explícita, las órdenes expirarán en el intradía. En caso contrario, el plazo máximo de vida nunca podrá superar los 90 días naturales desde su introducción. De igual forma, conviene saber que las órdenes se jerarquizan por mejor precio, es decir, aquél más alto en las compras o el más bajo en las ventas, y que, a igualdad de precio, prevalece siempre la orden más antigua.

El esquema anexo ilustra sobre el recorrido de las órdenes bursátiles. Nótese la labor de compensación y liquidación que desarrolla el sistema Iberclear, tres días después de la fecha de negociación.

Para terminar, me gustaría hacer hincapié en el papel relevante de las órdenes en el proceso de interacción del inversor con el mercado. Conocer bien sus características e implicaciones condiciona, en última instancia, la rentabilidad final de nuestras inversiones.