Casi con total seguridad su caja de ahorros o banco de confianza, le ha propuesto abrir un plan de pensiones antes de final de año, con la excusa de amortiguar un poco la carga fiscal que supone el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a declarar en los meses de mayo-junio de este dos mil cinco y correspondiente a 2004.

Una vez terminada esta época del año, las entidades financieras vuelven a la búsqueda y captura de clientes potenciales, vía macro campañas publicitarias esta vez con otro producto estrella los ‘Fondos de Inversión’. Nos encontramos en plena campaña de Fondos de Inversión, y como tal nos interesa conocer bien donde podemos o no depositar nuestro dinero.

Parece ser que la Comisión Nacional del Mercado de Valores, ha estrechado el cerco a los otros chiringuitos financieros -léase Gescartera u otros similares-, siendo este producto más fiable que hace unos años.

Un Fondo de Inversión podría definirse teóricamente como “el patrimonio formado por las aportaciones dinerarias de una pluralidad de inversores -llamados partícipes-, administrado por una sociedad gestora y que es invertido en los mercados financieros de acuerdo con una política de inversión definida”.

Dentro de esa definición podríamos diferenciar una serie de actores. En primer lugar el ‘partícipe’ del fondo de inversión, es aquella persona cliente que realiza aportaciones al mismo, siendo desde ese momento quien tiene el derecho de propiedad del fondo, representada esa titularidad mediante suscripciones de participaciones.

La ‘entidad gestora’ del fondo es generalmente una sociedad anónima cuyo objeto es la gestión y administración del patrimonio del fondo.

Diariamente, la gestora calcula el valor de los activos que forman la cartera del fondo de inversión, suscribiéndose y reembolsándose las participaciones al valor liquidativo de cada día.

Existen tres tipos de fondos de inversión, ramificándose estos a su vez en varias modalidades, pudiéndose diferenciar los siguientes:
* IAMM: Fondo de inversión en activos del mercado monetario, son aquellos que invierten su patrimonio en activos de renta fija a corto plazo, es decir, letras del tesoro, pagarés a corto plazo de empresa… A título de ejemplo podemos citar los Fondtesoro que invierten en deuda pública (bonos obligaciones…), o los FIAMM de inversión libre que invierten en deuda privada.
* FIM: Fondo de inversión mobiliario, son aquellos que las inversiones de su patrimonio se realizan en función del tipo de fondo, es decir, los de renta fija a corto, medio y largo plazo (bonos, obligaciones…), y los de renta variable en acciones de empresas privadas.
* FII: Fondo de inversión inmobiliario, invierten su patrimonio en viviendas, oficinas, locales comerciales o naves industriales para explotarlas en régimen de alquiler.

Podemos enumerar también los Fondos Garantizados, en los que el banco asegura una rentabilidad al partícipe si mantiene su inversión durante un plazo determinado de tiempo. Pueden ser de Renta Fija o garantizados a Bolsa.

En cuanto a la fiscalidad de los fondos de inversión, la retención será del 15% de la plusvalía una vez sea reembolsado el mismo, siendo esta retención como pago a cuenta del IRPF.

La plusvalía obtenida en el reembolso tributará como ganancia o pérdida patrimonial, en función del tiempo de permanencia del fondo, aplicándose el tipo marginal del IRPF si es inferior a un año y el tipo fijo del 15% si es superior al año.

Como particularidad fiscal, están exentas de retención y tributación las plusvalías generadas siempre que el importe obtenido sea reinvertido inmediatamente en otro fondo de inversión.

Los fondos de inversión gozan de una serie de ventajas que los hacen muy atractivos, tales como seguridad, rentabilidad, liquidez, tratamiento fiscal… etc.

¡Ojo!, todas las ventajas juntas no suelen reunirse en un mismo fondo. A mayor rentabilidad mayor riesgo, es simplemente una de las leyes de la economía.

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