La pregunta, a priori, resulta como mínimo sorprendente y poco frecuente. Sin embargo, a través de este artículo, veremos cómo es más sencilla de responder de lo que podemos imaginar

Todo lo que habitualmente escuchamos acerca de la economía circular responde a cuestiones relacionadas con la eficiencia de los recursos, la sostenibilidad: extraer el máximo valor y uso de todas las materias primas, productos y residuos, fomentando el ahorro energético y reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero; conservar los recursos valiosos y explotar plenamente todo el valor económico que atesoran. Pero, ¿y si a ese ‘valor económico’ las empresas pudieran también darle un sentido a través de su carga fiscal? Efectivamente, tiene cierta lógica que así sea, y así es; sin embargo, muchas empresas andaluzas desconocen todas las ventajas que pueden obtener de las deducciones fiscales por medioambiente y por I+D+i.

El principal objetivo de las deducciones fiscales por I+D+i es premiar el esfuerzo que hacen las empresas por el desarrollo de actividades innovadoras, que redundan en una mejora de los procesos y de los productos (o servicios), reforzando esa transición hacia una economía más circular. En algunos casos, permiten minorar la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades hasta en un 100%, por lo que es una herramienta nada desdeñable para las empresas. Sin embargo, muchas empresas españolas no se benefician de las deducciones fiscales por I+D+i o por medioambiente. ¿Y por qué no acceden a este incentivo, si es posible hacerlo tanto para las empresas que están en beneficios como en pérdidas?

Las causas son variadas (recursos a emplear para beneficiarse de ellas, seguridad del sistema…), pero el desconocimiento sobre el incentivo y la dificultad del proceso son las más habituales.

En la actualidad, existen tres vías de aplicación del incentivo: deducción del importe correspondiente del pago del Impuesto de Sociedades, guardarlo como crédito fiscal o monetizar el importe para reinvertirlo en actividades de I+D+i (cash-back). El cash-back permite aplicar la deducción con un 20% de descuento sin límites de minoración de cuota hasta dejarla a cero y solicitar el abono del resto de deducción no aplicada, incluso en caso de insuficiencia de cuota.

El cash-back se trata, por tanto, de una posibilidad de gran interés para las empresas con cuotas negativas en el impuesto o para empresas con deducciones superiores a su cuota, ya que les permite obtener financiación inmediata que de otro modo no podrían obtener.

Pero, paralelamente, la dificultad del proceso se incrementa porque los medios para llegar a las tres vías de aplicación del incentivo son variados. Por un lado, la empresa puede optar por la realización de autoliquidaciones y ser la propia entidad la que consigne sus datos en el impuesto, bien para deducirse o guardarlo como crédito fiscal, (en este caso no se puede optar por el cash-back).

Como segunda vía, las empresas pueden realizar consultas directamente a Hacienda y, como tercera, optar por los Informes Motivados Vinculantes. Conviene explicar bien esta última opción, porque los Informes Motivados Vinculantes son uno de los medios más atractivos para las empresas: son informes emitidos por el Ministerio de Economía y Competitividad que vinculan en cuanto a la naturaleza de sus actividades a la Agencia Tributaria. Además, para beneficiarse del incentivo del cash-back, las empresas deben tener un Informe Motivado Vinculante, lo cual hace que la utilización de esta vía vaya en aumento.

Eso sí, para la gestión y obtención de los Informes Motivados Vinculantes, el proceso tiene una serie de pasos intermedios, agentes y tiempos que hay que gestionar de la forma adecuada.

Para agilizar y facilitar este proceso, la mayoría de las empresas cuentan con el asesoramiento especializado de consultoras externas que conocen de primera los detalles y pasos necesarios.

Por otro lado, las deducciones fiscales por inversiones medioambientales son usadas para recuperar las inversiones privadas en proyectos que lleven a cabo una mejora sobre el propio cumplimiento de la normativa medioambiental, permitiendo a las empresas recuperar entre un 2 y un 10% de las inversiones realizadas.

Aunque la reforma del Impuesto sobre Sociedades eliminó este incentivo a partir de 2015, las empresas están aún a tiempo de recuperar las deducciones por este concepto realizadas en años anteriores a 2015.

Desde los 30 años de experiencia de ZABALA Innovation Consulting hemos constatado que los incentivos fiscales a la I+D+i son una herramienta útil y fiable. ZABALA asesora a más de 525 empresas en deducción fiscal por I+D+i y medioambiente y gestiona más de 820 Informes Motivados Vinculantes.

La deducción fiscal por actividades en I+D+i es uno de los instrumentos más utilizados para fomentar la actividad innovadora. En la actualidad, 20 de los 34 países de la OCDE cuentan con sistemas de incentivos fiscales. Por tanto, se trata de uno de los ingredientes imprescindibles para incrementar la competitividad.

 

Rafael Legasa

Director del área de Deducción Fiscal de Zabala Innovation Consulting

(www.zabala.es)

 

ARTÍCULO INCLUIDO EN LA REVISTA DE OCTUBRE DE AGENDA DE LA EMPRESA. CONSECUENCIAS ECONÓMICAS DEL CAMBIO CLIMÁTICO. ¿QUÉ COSTES TENDRÁ EL CALENTAMIENTO GLOBAL? ¿QUÉ OPORTUNIDADES DE NEGOCIO GENERARÁ?