El Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, publicado en el BOE del 5 de julio, recoge una amplia serie de medidas en materia fiscal y tributaria, entre las que destaca las reducción de la retenciones para autónomos y profesionales con rendimientos inferiores a 15.000 € al 15%, frente al 21% que se venía aplicando hasta ahora. Esta norma ha entrado en vigor desde el mismo día de su publicación, por lo que, el sistema de retenciones queda, de la siguiente forma:
RETENCIONES IRPF para rendimientos de actividades profesionales |
IRPF 2014 HASTA JULIO |
IRPF 2014 A PARTIR DE JULIO |
IRPF 2015 |
IRPF 2016 |
Con carácter general |
21% |
21% |
20% |
19% |
Con volumen de rendimientos íntegros inferior a15.000 euros al año |
21% |
15% |
15% |
15% |
Con esta decisión el Gobierno eleva de 12.000 €, cantidad que figuraba en el borrador de reforma fiscal, a 15.000 € los rendimientos anuales de los autónomos que podrán aplicar la retención del 15 % desde el sábado 5 de julio.
La Secretaria General de UPTA Andalucía, Inés Mazuela, ha valorado positivamente la medida, señalando, que “favorecerá a unos 280.000 autónomos, ya que al pasar de 12000 a 15000 €, setenta mil autónomos más de los previstos podrán beneficiarse de esta reducción”
No obstante, para Mazuela “esta medida debe acompañarse de la reducción de los tipos generales por debajo de las previsiones, pasando en 2015 del 20 previsto al 18% y en 2016 del 19 al 17% y así lo hemos solicitado al Gobierno en el plazo de alegaciones de la anunciada Reforma Fiscal. Esta retención se aplica sobre el monto bruto de la factura, sin tener en cuenta los gastos deducibles, por lo que su efecto en la renta de cada autónomo es al menos de un 20% más, razón por la que los tipos muy altos pueden resultar prácticamente confiscatorios”
Junto con ésta petición, UPTA ha solicitado también que no se establezcan límites de porcentaje de emisión de facturas a los Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes que por su propia naturaleza jurídica deben emitir facturas necesariamente a su empresa cliente principal, aunque muchos de los servicios sean finalmente a los consumidores. Por lo que se refiere al Régimen de Módulos, UPTA considera que los límites máximos propuestos por el Anteproyecto de 150.000 euros de facturación y 75.000 en facturas a otros empresarios para poder acceder al sistema deben modificarse al alza en el caso del transporte de mercancías. Este sector, por el alto coste de los consumos, especialmente del combustible, debe facturar en algunos casos por encima de estas cantidades para poder acceder a una renta neta suficiente.