Sin título-3Durante los primeros días de marzo de 2015 fue presentado en Madrid el Informe “OECD Environmental Performance Reviews: Spain 2015”. Este documento confirma el hecho de que España “ha mejorado su desempeño ambiental de forma notable desde el año 2000”, destacando la reducción de la intensidad de la economía en consumo de energía y carbono, el descenso de la contaminación industrial, o la disminución de la generación de residuos per cápita. Sin embargo, el informe también advierte que, “a medida que la economía repunte, el crecimiento de la producción industrial podría ejercer nuevas presiones sobre el medio ambiente”.

Y, para que España pueda asegurarse de que su recuperación económica no revierta estos progresos, se proponen 28 recomendaciones que pueden ayudar a que nuestro estado sea más competitivo y respetuoso con el medio ambiente. Entre ellas destaca la necesidad de que España revise las medidas fiscales y las subvenciones “económicamente ineficientes y perjudiciales para el medio ambiente”. En este sentido, el informe apoya una reforma que amplíe y aumente los impuestos ambientales, como pueden ser los que existen sobre el diésel, hasta el nivel correspondiente a la gasolina, o bien simplificar y racionalizar la regulación ambiental, que sigue imponiendo a las empresas una carga burocrática gravosa.

En la misma línea se pronunció el 14 de marzo de 2014 la Comisión de Expertos para la Reforma del Sistema Tributario nombrada por el gobierno español en sus conclusiones, que fueron recogidas en el famoso “Informe Lagares” , que proponen “proteger el medio ambiente y hacer que pague quien contamine”, y donde recomiendan “incrementar los impuestos indirectos y medioambientales” mediante la reformulación de la imposición especial y medioambiental. Por tanto, ahora que parece que el fin de la crisis está más cerca, los expertos recomiendan una subida de los impuestos ambientales para consolidar el crecimiento de nuestra economía y continuar en la mejora de nuestro desempeño ambiental como país. Pero, ¿realmente es necesaria esta subida en este tipo de impuestos?. ¿Ciertamente esta nueva imposición puede llegar a suponer un estímulo en los bolsillos de nuestros ciudadanos y empresas?

Analizando la situación actual de la imposición ambiental se observa que existen, de manera general y no exhaustiva, en el estado español los siguientes impuestos:

– Impuesto sobre Hidrocarburos e Impuesto sobre el Carbón: el primero difiere en función del tipo de hidrocarburo de que se trate y el segundo posee una larga serie de exenciones.

– Impuesto sobre la Electricidad: con un gran número de reducciones y exenciones.

– Canon por la utilización de aguas continentales para la producción de energía eléctrica.

– Impuesto sobre producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos, e Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado.

– Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y otros relacionados con el transporte terrestre.

– Tributos estatales de uso del agua: Canon de regulación, Tarifa de utilización del agua, Canon de utilización de los bienes de dominio público hidráulico, Canon de control de vertidos.

– Impuesto sobre gases fluorados de efecto invernadero.

– Otros impuestos aparentemente ambientales de determinadas Comunidades Autónomas: Canon eólico, Impuesto sobre el agua embalsada, Impuesto sobre grandes superficies comerciales, Impuesto sobre emisión de dióxido de carbono, Impuesto sobre emisiones atmosféricas, Impuesto sobre depósito e incineración de residuos, Impuesto sobre bolsas de plástico desechables, Impuesto sobre el impacto paisajístico, Tasas turísticas…

En el marco estadístico armonizado desarrollado en 1997 conjuntamente por Eurostat, la Comisión Europea, la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OECD) y la Agencia Internacional de la Energía (IEA), se definen los impuestos ambientales como aquellos cuya base imponible consiste en una unidad física (o similar) de algún material que tiene un impacto negativo, comprobado y específico, sobre el medioambiente. Esto incluye todos los impuestos sobre la energía y el transporte, y excluye los impuestos del tipo valor añadido.

Por tanto, el objetivo último de esta imposición no es otro que establecer un incentivo a la protección ambiental, compensando los daños ocasionados al medio ambiente (las externalidades) por los sujetos que soportan la carga tributaria. Así pues, estos impuestos buscan corregir estas externalidades negativas, que suponen que el coste de la producción y/o consumo de algún bien o servicio no se refleje en el precio de mercado de los mismos.

Sin embargo, ¿se están compensando efectivamente estas externalidades con la actual dispersión impositiva?. La llamada “Reforma Fiscal Verde”, que en la última década del pasado siglo ha tenido lugar en diversos países europeos aún está pendiente en España, pero, más que incidir en una nueva imposición ambiental que simplifique y armonice la multitud de normas al respecto, y que sea utilizada de manera correcta, es decir, eficiente, eficaz, neutral y coordinada; parece que los organismos nacionales e internacionales ponen su acento en la parte recaudadora de dicha Reforma.

¿Es ésta la mejor manera de incentivar conductas favorables al medio ambiente vinculadas a políticas de crecimiento y de transición a una economía baja en carbono?

En la otra cara de la moneda se encuentra el Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono, mediante el que cada vez más organizaciones se inscriben públicamente, justificando los cálculos de sus respectivas Huellas de Carbono corporativas.

En consecuencia, ¿no es este cálculo de la Huella de Carbono corporativa una manera de medir las externalidades de una compañía? Las organizaciones no sólo determinan su impacto negativo en su entorno, sino que proponen mecanismos de compensación de los mismos. Por tanto, las externalidades son determinadas y los daños, compensados, y todo de forma voluntaria.

Este tipo de iniciativas no solamente ayudan a proteger y conservar nuestro medio ambiente, sino que, a su vez, promueven la competitividad y la mejora de nuestras empresas y organizaciones, a través de instrumentos como la información, la transparencia y la responsabilidad, y van en sintonía con el “Principio de Prevención”.

Al hilo de esta apuesta del gobierno, ya comienzan a verse esfuerzos muy serios de cálculo y armonización de criterios relativos a las Huellas Hídricas, Huellas Químicas, o Huellas Ambientales de las organizaciones, constituyéndose como una nueva área de conocimiento y de diferenciación y valor añadido.

Quizás ha llegado la hora de apostar más por este segundo tipo de instrumentos, a la vista de que la imposición ambiental aún sigue dejando mucho que desear, en nuestro afán por conseguir un mundo mejor. Quizás, en las políticas ambientales que rigen nuestra economía y sociedad ha llegado la hora de elegir la zanahoria.

Éstos, entre otros temas, son también tratados en el Master de Gestión del Medio Ambiente en la Empresa de EOI-Escuela de Organización Industrial.

 

Daniel Castañeda

Socio Director en tu-entorno calidad y medio ambiente

Profesor de EOI-Escuela de Negocios