Caralin Group, compañía especializada en la externalización de servicios de otras empresas y en la intermediación comercial, aporta las claves de cómo prevenir la morosidad y qué hacer ante un impago.

Según un estudio publicado por la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme), el 44% de las pymes española tiene facturas pendientes de cobro. De estas, el 11% tiene más del 10% de sus ventas sin cobrar y algo más del 13% se encuentra en la misma circunstancia con el 5% de sus ventas.

Para Caralin Group estas cifras son inaceptables y están agravando la situación actual de crisis de autónomos y pymes. Para ello, este grupo empresarial aporta algunas claves que permitan prevenir y si eso no es posible, saber cómo actuar:

¿Cómo prevenir la morosidad?

362372661. Verificar quién es el cliente. Averiguar si los datos empresariales dados (razón social, CIF, administrador) son reales antes de cerrar una operación de importancia con un cliente nuevo.

2. Limitar el riesgo de las operaciones atendiendo al grado de solvencia e importe de la operación.

3. Todo jurídicamente bien atado redactando un contrato en el que se reflejen las condiciones generales de venta, de compra, forma de pago, plazos establecidos, duración, etcétera.

4. Y documentado. Ninguna deuda será reconocida judicialmente sin pruebas documentales, tanto de las condiciones generales de compraventa como de cada transacción (contrato, facturas, correos electrónicos con ordenes concretas, etcétera)

5. Actualizar los datos que conocemos de la empresa cada cierto tiempo por si la situación empresarial hubiera cambiado.

Actuaciones ante el impago

Ante el impago es conveniente poner en marcha de inmediato un protocolo de actuación estándar y uniforme, teniendo siempre en cuenta los plazos y las diferentes vías de comunicación con el deudor.

1. Vía amistosa. Podemos empezar con una amistosa reclamación al deudor a través de una comunicación escrita, o por teléfono, si deseamos averiguar cual ha sido el motivo del impago. Si no fuera fructífero, la mediación de un abogado interponiendo un burofax reclamando la deuda suele ser efectivo en muchos de los casos. Es importante documentar inmediatamente la deuda y mostrar al moroso la existencia de la deuda para reclamarlo posteriormente así como utilizar medios fehacientes de reclamación como burofax certificado o correos electrónicos.

2. Vía Judicial. Si hablamos de adeudos con un pagaré, letra de cambio o cheques se puede solucionar mediante un juicio cambiario. En estos casos se dispone de una protección especial y la opción de un juicio rápido que permite embargar las propiedades del deudor como medida preventiva. Si la cantidad adeudada es inferior a 30.000 euros y no se considera conveniente contratar a un abogado, existe la posibilidad de recurrir a un proceso monitorio.

Si esto no diera resultado se podrá armar un proceso judicial con un abogado. Aunque en un primer momento, esto asusta al empresario ya que existen costes, estos oscilan entre el 15% y el 20 % sobre el total de la deuda que se recupera. Por otra parte, es el único procedimiento que permite al acreedor recuperar el IVA repercutido en facturas impagadas. Además, tiene la posibilidad de desgravar los costes judiciales hasta un máximo del 16%.