El Consejo de Gobierno del Banco de España ha aprobado la circular sobre supervisión y solvencia de las entidades de crédito, que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a las normas europeas derivadas del acuerdo de Basilea III.

Según recuerda el organismo, la crisis financiera internacional produjo un cambio sustancial en la regulación financiera, cuyo mayor exponente fue el «Marco regulador global para reforzar los bancos y sistemas bancarios» (conocido como Basilea III).

Su adaptación al ordenamiento jurídico de la Unión Europea tuvo lugar a través de dos normas fundamentales: el Reglamento (UE) nº 575/2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y la Directiva 2013/36/UE, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, cuya transposición nacional se culmina ahora.

La circular, que entra en vigor el próximo miércoles, regula el régimen de las sucursales y la libre prestación de servicios en España de entidades de crédito con sede en Estados no miembros de la Unión Europea, desarrolla de forma comprensiva los requerimientos de colchones de capital, y recoge diversas disposiciones relacionadas con la organización interna y la política de remuneraciones de las entidades de crédito, entre otras disposiciones.