La Audiencia Provincial de Granada ha dado la razón a Cajasol frente a Unicaja en el procedimiento que ha venido enfrentado a ambas cajas por el uso de la marca “Cajasol.

Tras la fusión de la Caja de Ahorros Provincial San Fernando de Sevilla y Jerez y el Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla, la nueva caja resultante adoptó el nombre de “Cajasol” y por medio de su agencia de publicidad, procedió al registro de dicho nombre comercial en la Oficina Española de Patentes y Marcas. La lógica pretensión de Cajasol de registrar dicho nombre como marca en España y la Unión Europea se encontró con la frontal oposición de Unicaja, quien basada en una marca anterior de su propiedad, denominada Caja del Sol, presentó oposición contra una veintena de marcas españolas y comunitarias presentadas por Cajasol.

Todos los intentos de negociación fracasaron, ante la insistencia de Unicaja de que Cajasol renunciara a la marca del mismo nombre, por la que ya era ampliamente conocida en todo el mercado español e internacional. Como único remedio para intentar asegurar el registro de sus marcas, Cajasol se vio abocada a instar la caducidad por falta de uso de la marca Caja del Sol de Unicaja.

De acuerdo con la Ley de Marcas, si en el plazo de cinco años contados desde la fecha de publicación de su concesión, una marca no hubiese sido objeto de uso efectivo y real para los productos o servicios para los cuales esté registrada, la misma estará incursa en causa de caducidad por falta de uso.

Cajasol argumentó que la marca de Unicaja, que había servido de base para sus oposiciones a las marcas “Cajasol”, no había sido usada en la forma requerida legalmente. Unicaja presentó, a su vez, demanda de reconvención contra Cajasol, alegando competencia desleal por el uso de la marca “Cajasol” y violación de su marca “Caja del Sol”, instando la nulidad del nombre comercial “Cajasol” y otros registros de marca posteriores que contenían el término “Cajasol”.

En Primera Instancia, el Juzgado Mercantil de Granada desestimó la demanda de caducidad instada por Cajasol, estimando, por el contrario la acción de nulidad presentada por Unicaja. Cajasol recurrió la sentencia ante la Audiencia, quien ahora le ha dado la razón. La Audiencia, por sentencia dada a conocer hace una semana, ha dictaminado que la marca de Unicaja “Caja del Sol” no ha sido usada de la forma exigida por la Ley, por lo que ha procedido a caducarla. De acuerdo con la sentencia dictada el 30 de junio de 2011, la Audiencia califica el uso hecho por Unicaja de su marca ahora caducada “Caja del Sol”, durante los cinco años anteriores a la presentación de la demanda, como “cualitativamente insuficiente” e incluso “tangencial” y “marginal”.