El conjunto de las AA. PP. no alcanzará hasta 2037 el objetivo de deuda pública del 60% del PIB según el Observatorio de Deuda de cierre de 2016 elaborado por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF).
En el mismo, constata que únicamente el subsector de Corporaciones Locales (CC. LL.) alcanzará el valor de referencia previsto en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPySF) en 2020.
A finales de 2016, la ratio de deuda sobre el PIB para el conjunto de las AA. PP. se situó en el 99,4%. Según los PGE 2017, esta ratio bajaría unos cuatro puntos porcentuales en el período 2016-2019, en línea con la senda neutral prevista por AIReF.
A partir de 2017, se espera que las CC. AA. contribuyan “ligeramente” a la reducción de la ratio de deuda, aunque el mayor peso del ajuste se concentra en ACS; especialmente a partir de 2019.
La disposición transitoria primera (DT1ª) de la LOEPySF 2/2012 establece un período transitorio hasta el año 2020 para el cumplimiento de los límites de deuda establecidos para los distintos sectores: 60% del total para las administraciones públicas, 44% para la administración central, 13% para las comunidades autónomas y 3% para corporaciones locales.
Dado el stock actual y las perspectivas para los principales determinantes de la deuda en los próximos años, el único subsector que se prevé cumplirá antes de 2020 (alcanzado en 2016) con esta disposición es el de CC. LL. En cuanto al conjunto de las AAPP, el escenario neutral de riesgos no termina llegando el 60% del PIB hasta el año 2037.
A nivel de CC. AA., las mejor situadas son Madrid, Navarra y País Vasco, mientras que las que estarían más desviadas del nivel de referencia en 2020 son Cataluña, la Comunitat Valenciana, Murcia y Castilla-La Mancha, que seguirían necesitando destinar más de 70 días de trabajo adicionales respecto al nivel de referencia.
“La constatación de la no factibilidad del cumplimiento de la DT1ª llama a una revisión de la misma, de modo que prevea sendas exigentes, pero realistas, de convergencia a los niveles de referencia, en línea con lo previsto en el punto 4 de la DT1ª”, señalan desde el organismo.