El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de Ley de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía, que desarrolla el nuevo marco competencial derivado del Estatuto de Autonomía. Esta norma actualizará la legislación sobre la materia para adaptarla a los nuevos objetivos de planeamiento urbanístico y de protección ambiental del litoral y hacer frente a las necesidades del sistema portuario autonómico en su triple vertiente comercial, pesquera y deportiva.

El proyecto, articulado en seis títulos y 14 disposiciones, fija las bases para la planificación del sistema como elemento de desarrollo socioeconómico, refuerza las medidas para garantizar el dominio público, establece un nuevo régimen sancionador y modifica la estructura administrativa con la creación de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía. Esta nueva entidad de derecho público sustituirá a la actual Empresa Pública de Puertos (EPPA), siguiendo así el modelo que se aplica en la Administración central.

Según explicó la consejera de Obras Públicas y Transportes, Concepción Gutiérrez, tras la reunión del Consejo de Gobierno, en el capítulo medioambiental, el texto dispone que la programación y construcción de nuevas instalaciones se realizará de acuerdo con los principios de desarrollo sostenible, protección del dominio público e integración en el entorno. Entre otras novedades, el proyecto permite a la Administración el establecimiento de zonas de exclusión para la implantación de instalaciones. Además, determina la aplicación del principio de vertido cero en el dominio portuario, la entrega obligatoria de los residuos generados por las embarcaciones y la exigencia de instalaciones para su recepción, especialmente en el caso de sustancias químicas y petroquímicas.

Otros requisitos fijados con el fin de garantizar la protección del litoral son la necesidad de autorización, por parte de la Agencia Pública de Puertos, para dragados en el dominio público. De acuerdo con la futura ley, los nuevos puertos que se construyan deberán ser declarados de interés de la comunidad autónoma y estar obligatoriamente previstos en los planeamientos territorial y urbanístico.

En relación con el dominio público portuario, el texto prohíbe los usos hoteleros de nueva implantación (salvo autorización excepcional del Consejo de Gobierno), así como la creación de derechos de usos exclusivos sobre superficie de agua. El acceso será libre en los puertos deportivos, sin más limitaciones que las requeridas por razones de seguridad o explotación. Por su parte, en los comerciales y pesqueros, que serán de acceso libre dentro del horario establecido, deberán señalizarse los espacios abiertos al uso general.

Planificación

Con el fin de garantizar el crecimiento sostenible del sistema portuario, serán los planes de ordenación del territorio de ámbito subregional los que incluyan la localización de nuevos puertos o la ampliación de los existentes. Estos mismos planes podrán establecer zonas de exclusión para intervenciones portuarias con el fin de asegurar el uso racional de los recursos, la conservación de los ecosistemas costeros y la protección del patrimonio paisajístico e histórico.

El proyecto establece un modelo de planificación cuya pieza básica será el Sistema Portuario de Andalucía. Este instrumento de carácter general, con incidencia en la ordenación territorial y urbana, prestará especial atención a los objetivos de desarrollo sostenible, conservación del litoral y de gestión medioambiental. Sus determinaciones prevalecerán sobre la ordenación urbanística municipal en los aspectos relativos a la protección del dominio público portuario, la elección de emplazamientos y los sistemas de comunicaciones.

Las normas del Sistema serán desarrolladas en cada puerto a través de planes especiales y, en un nivel más funcional, por los planes de usos de los espacios portuarios, en los que se establecerá la ordenación pormenorizada de las distintas zonas.

Respecto al régimen sancionador, el proyecto establece una regulación precisa de aspectos hasta ahora tratados de forma insuficiente a través de la legislación supletoria y la jurisprudencia, sobre todo en lo referido a las infracciones leves. Asimismo, y en consonancia con los nuevos objetivos de protección ambiental, incluye como infracción de carácter muy grave el vertido no autorizado de embarcaciones a las aguas portuarias.

Las sanciones económicas, que irán acompañadas de la adopción de medidas cautelares, se clasifican en leves (hasta 60.000 euros), graves (hasta 200.000) y muy graves (hasta 1,2 millones de euros).

Andalucía cuenta actualmente con 88 instalaciones portuarias. Siete están declaradas de Interés General del Estado y 81 son de competencia autonómica y son las que estarán reguladas por la nueva ley. De estas últimas, 42 son deportivas, 30 pesqueras y nueve comerciales, a las que se añaden los refugios repartidos a lo largo de los 871 kilómetros de la costa andaluza.

Las previsiones de la Junta en cuanto a crecimiento de la oferta se refieren fundamentalmente a los puertos deportivos, cuyos puntos de atraque se duplicarán desde los 14.000 actuales a los 30.000 en 2015.