En dicha convocatoria se establece como día de celebración el día 23 de octubre de 2019, así como la posibilidad de que las personas electoras ejerzan el voto por correo en los días previos a dicha fecha.
Está convocado a estas elecciones todo el sector comercial andaluz, es decir, todas las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan actividades comerciales, industriales, de servicios y navegación, con establecimientos, delegaciones o agencias en los ámbitos territoriales de las cámaras andaluzas. En la actual convocatoria cobra un especial protagonismo la transparencia de todo el proceso electoral, por lo que cada cámara deberá dar publicidad a la convocatoria electoral en su sede social y en su página web, así como a través de los medios de comunicación.
Las candidaturas a estos plenos se podrán presentan durante los diez días hábiles siguientes a la publicación de esta orden de convocatoria, es decir, hasta el próximo día 23 de septiembre. Se deberán formalizar ante la Secretaría General de la Cámara y cumplirán los requisitos establecidos en el artículo 18 del Decreto 189/2018, la normativa aprobada en octubre del año pasado que vino a sustituir a la vigente desde para adaptarse a la nueva ley básica estatal. Esta nueva norma incrementa la representación directa de las empresas y sus organizaciones, adecuándola a la realidad económica de cada territorio. Además, dota de mayor agilidad y eficiencia al proceso de elecciones.
Por otro lado, dicho decreto recoge que las cámaras de Andalucía y el Consejo Andaluz de Cámaras deberán adoptar las medidas necesarias que promuevan y faciliten la presentación de candidaturas de mujeres, garantizando una representación equilibrada en la estructura y composición del pleno respecto a las vocalías de libre elección.