El régimen se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2022 y tendrá un presupuesto anual provisional de 91,88 millones

La Comisión Europea ha aprobado, en virtud de las normas sobre ayudas estatales de la UE, un régimen español para compensar parcialmente a las empresas de elevado consumo energético por los costes incurridos para financiar la producción de energía renovable en España, la cogeneración de alta eficiencia en España, y la generación de electricidad en territorios españoles no peninsulares.

El régimen, que se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2022 y tendrá un presupuesto anual provisional de 91,88 millones de euros, beneficiará a las empresas que operan en España en sectores particularmente intensivos en energía (y por lo tanto con un elevado consumo de electricidad en relación con el valor añadido de la producción) y más expuestos al comercio internacional.

Los beneficiarios obtendrán una compensación de hasta un máximo del 85% de su contribución a la financiación del apoyo a la producción de energías renovables, cogeneración de alta eficiencia y generación de electricidad en los territorios no peninsulares de España.

La Comisión evaluó la medida con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, en particular las Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía 2014-2020, que se han prorrogado hasta finales de 2021.

Las Directrices autorizan reducciones, hasta un determinado nivel, de las contribuciones recaudadas a las empresas de elevado consumo energético que operan en determinados sectores y están expuestas al comercio internacional, con el fin de garantizar su competitividad global.

La Comisión constató que la compensación solo se concederá a las empresas de elevado consumo energético expuestas al comercio internacional, de conformidad con los requisitos de las Directrices. La medida promoverá los objetivos energéticos y climáticos de la UE y garantizará la competitividad global de los usuarios e industrias de elevado consumo energético, sin falsear indebidamente la competencia. Sobre esta base, la Comisión concluyó que la medida se ajusta a las normas sobre ayudas estatales de la UE.

En relación con este régimen, las autoridades españolas también han notificado a la Comisión una medida de concesión de garantías en relación con los acuerdos de compra de electricidad a largo plazo celebrados por empresas de elevado consumo energético para electricidad procedente de fuentes de energía renovables, el denominado «Fondo de Reserva para la Garantía de grandes consumidores de electricidad» (FERGEI). Este sistema de garantía tiene por objeto facilitar la producción de energía a partir de fuentes renovables. La Comisión evaluó la medida con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, en particular la Comunicación de la Comisión de 2008 relativa a las ayudas estatales otorgadas en forma de garantía, y concluyó que el régimen de garantía estatal no constituye ayuda a tenor del artículo 107, apartado 1, del TFUE.