El Tribunal de Justicia de la UE ha considerado que el aumento de competencias de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), que permitió poner condiciones a las opas de E.On y de Enel y Acciona sobre Endesa, viola las normas comunitarias.

El régimen español, que somete la compra participaciones en empresas de energía a la autorización previa de la CNE, "constituye una restricción a la libre circulación de capitales ya que puede disuadir a inversores" de otros países de la UE de comprar participaciones en empresas energéticas, según señala la sentencia.

Además, este régimen "entraña una restricción a la libertad de establecimiento", añadió en un comunicado el tribunal, que estudió el caso tras una denuncia de la Comisión Europea. El tribunal señala que la mera adquisición de participaciones en empresas que realizan actividades reguladas en el sector de la energía "no puede, en principio, considerarse en sí misma como una amenaza real y suficientemente grave par la seguridad del suministro". Afirma que "España no ha demostrado" que el régimen de autorización previa "constituya una medida adecuada para garantizar que se alcance el objetivo" de la seguridad del suministro energético.

El Gobierno español amplió los poderes del regulador en mayo de 2006, mediante un Real Decreto-Ley urgente, tras conocerse que el gigante eléctrico alemán E.On pretendía hacerse con la eléctrica española Endesa. Los nuevos poderes de la CNE permitieron a este organismo fijar condiciones tanto a la OPA que lanzó E.On como a la que posteriormente lanzaron conjuntamente la italiana Enel y la española Acciona, que finalmente se hicieron con la mayor parte de los activos de Endesa.