La llegada de Pascual Maragall a la presidencia de la Generalitat de Cataluña y la formación de su Gobierno, constituido por el Partido Socialista de Cataluña, Esquerra republicana de Cataluña e Iniciativa por Cataluña, el intento del Gobierno Vasco de aprobar el Plan Ibarretxe y la inesperada victoria del PSOE. De la mano de José Luis Rodríguez Zapatero se ha abierto el debate territorial en España con el intento de reformar los distintos Estatutos de Autonomía y la búsqueda por parte de los distintos gobiernos autónomos de un nuevo sistema de financiación autonómica que consolide su gestión económica y que le permita incrementar y mejorar los servicios que prestan a sus ciudadanos.

El ciudadano de la calle y, en su mayoría, los jóvenes que no conocieron el ‘tardofranquismo’ ni el proceso de transición hacia la democracia, iniciado con la muerte del anterior jefe de Estado y la aprobación de la Constitución Española en 1978, no logran entender el complicado proceso de vertebración territorial iniciado en 1980 en España, con la puesta en marcha del Estado de las Autonomías y los sucesivos procesos de financiación del mismo.

Por ello, creo necesario realizar una rápida síntesis del mismo para comprender y visualizar dónde nos encontrábamos en el año 1975 y dónde nos situamos en el 2004.

El Estado en la historia contemporánea de España ha sido extraordinariamente centralista. Con la breve excepción de la II República y algún periodo anterior, también muy breve, la constitución de la Administración Española resultó una mala copia de modelo napoleónico francés, porque además de centralista fue autoritaria e ineficaz, resultando incapaz de integrar a los diferentes pueblos de España.
El sistema autonómico establecido por la Constitución de 1978 resulta el intento más serio de reconstruir el Estado sobre una base diferente, que combina la unidad política y el autogobierno de las diferentes nacionalidades y regiones. Los logros conseguidos durante estos 26 años (1978-2004) son, sin comparación, los más importantes de toda la historia contemporánea.

Sin embargo, nos encontramos en una situación contradictoria. En pocos años España ha pasado de ser el país más centralista de Europa a ser uno de los más descentralizados, probablemente sólo detrás de Estados Federales como Alemania y Suiza.

La constitución del Estado de las Autonomías en 1978 intentó resolver, en grandes líneas, dos tipos de problemas distintos. El primero consistió en articular un nuevo tipo de unidad política en España que permitiera la continuidad de los pueblos más diferenciados, Cataluña, el País Vasco y, quizás, en menor medida Galicia, que poseen una lengua, una cultura y una legislación civil propias, representadas parcialmente por fuerzas políticas diferentes a las del conjunto del Estado y durante la II República habían llegado a elaborar Estatutos de Autonomía.

El segundo problema estribaba en sustituir el centralismo tradicional vigente por un sistema de gobierno descentralizado para todo el país que fuera respetuoso también con los caracteres particulares de cada región y diera respuesta a la voluntad bastante generalizada en alguna forma de autogobierno. Este sentimiento tampoco era igual en todas las regiones, resultando más imperioso en unas (quizás Andalucía y Canarias) que en otras.

Probablemente los constituyentes en 1978 fueron prudentes al dejar tan abierta la configuración del Estado Autonómico, porque toda la disparidad de fuerzas y culturas políticas existentes en el momento de la transición democrática, una solución más definida podría haber provocado rechazos insalvables. Pero esta situación de provisionalidad debía resolverse pronto, porque ningún Estado puede mantener indefinida mucho tiempo su estructura de poder sin entrar en crisis. La forma en que se ha realizado este proceso de concreción explica en gran medida parte de las características de la situación actual. Esta inconcreción en la constitución del Estado de las Autonomías convierte este proceso, a la altura de 2004, en una cuestión abierta, no concreta y que produce de múltiples problemas.

Antes de entrar, en el núcleo central del artículo conviene sistematizar las principales disfunciones que han ido apareciendo en el proceso de transición del Estado Centralista al nuevo Estado de las Autonomías, así como los problemas pendientes: a) Los conflictos competenciales y la persistencia de los niveles distintos de competencias entre las comunidades autónomas (CC.AA). Autonomía de vía rápida, regulada por el artículo 151 de la Constitución: País Vasco (dispone de concierto económico), Cataluña, Galicia y Andalucía. Autonomía asimilada a la vía rápida Navarra (dispone de concierto económico), Canarias (régimen fiscal financiero) y Comunidad Valenciana. Autonomía de vía lenta, reguladas por el artículo 143 de la Constitución; b) La falta de reforma de la Administración Central y la duplicidad de Administraciones; c) La bilateralidad de las relaciones entre el Gobierno central y los Gobiernos autonómicos; d) La escasa participación de las Comunidades Autonómicas en las decisiones generales del Estado; e) La débil función del Senado como cámara autonómica; f) La posición subordinada de las entidades locales; g) La insuficiencia de la autonomía financiera de las comunidades autonómicas y la ausencia de corresponsabilidad fiscal, resulta parcialmente en el último acuerdo de financiación autonómica firmado en el 2002.

Posiblemente lo más novedoso que incorporó la Constitución de 1978, con una cierta ambigüedad pero, al mismo tiempo, con voluntad de romper el tradicional centralismo del Estado español, fue la nueva estructura y organización del Estado de las Autonomías. Es indiscutible que en este campo se ha avanzado mucho en cuanto a la descentralización administrativa y en parte, también, en la estructura política, aunque en diversos sectores perviva la lógica centralista. A pesar de ello el proceso ha ido adelante y ha permitido mejorar sustancialmente la vida de los ciudadanos de nuestro país.
La descentralización del gasto público es la expresión más palpable de la reforma política que se ha producido en estos últimos 26 años: España, organizada hasta la Constitución de 1978 en provincias y municipios, se ha estructurado, además, en 17 comunidades autónomas y 2 ciudades autónomas, cuyo poder es administrado a través de 17 gobiernos y parlamentos, y está regulado en sus respectivos Estatutos de Autonomía.

Esta reforma ha consolidado un modelo territorial que ha servido para articular la convivencia en un país plural, acercando las decisiones de los ciudadanos y mejorando los servicios públicos. Como botón de muestra de este cambio cabe destacar que en 1982, a dos años de puesta en marcha del Estado Autonómico, la Administración Central del Estado representaba un 79,7% del gasto público, mientras que las recién creadas CC.AA. suponía el 7,6% y los ayuntamientos y diputaciones el 12,7. Hoy en día, la Administración Central se ha reducido al 48,7%, mientras que las CC.AA. han crecido al 35,5% y los municipios y diputaciones al 15,8% .

Andalucía ha sido pieza clave en este largo proceso de transformación territorial ocurrido en España en estos últimos 26 años. La incorporación de Andalucía al proceso autonómico no ha sido fácil ni exenta de dificultades jurídica e interpretativa del Título VIII de la Constitución que trata sobre las CC.AA.

Su inclusión en el proceso autonómico se realiza por la vía rápida, es decir, por el artículo 151 de la Constitución y refrendado, el 20 de octubre de 1981 por el pueblo andaluz, permitió a Andalucía liderar este proceso y equipararse a las comunidades denominadas históricas (Cataluña, País Vasco y Galicia) y ser el referente del resto de las CC.AA. que accedieron a la autonomía, por la vía lenta, o artículo 143.

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